Dudas y críticas empresarias por los alcances del nuevo gravamen
Cuestionan que se superponga con otros impuestos y el impacto en la inversión productiva
El proyecto a las grandes fortunas desató una ola de críticas empresariales. Las mayores dudas que despierta el plan tienen que ver con la cantidad de contribuyentes que estarán afectados, a pesar de que el oficialismo siempre dijo que alcanzaría a un universo no mayor a 12.000 personas físicas. Es clave determinar qué valor del dólar se tomará para el cálculo de los bienes: si es el de fines de 2019 ($63) o el del día de la promulgación de la ley (ya está encima de los $80 ).
Como se paga por patrimonios superiores a 200 millones de pesos, la base de afectados será mayor con un tipo de cambio más alto, si se tiene en cuenta la influencia de activos nominados en dólares.
Quiénes deberían pagar
-El proyecto señala que están alcanzadas por el aporte extraordinario “las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país”, los argentinos con residencia fiscal en paraísos fiscales y los argentinos que tienen residencia en el exterior (pero en este caso exclusivamente por sus bienes en el país) cuando sus bienes declarados superen los 200 millones de pesos. En principio el dictamen que se debate establece como fecha de valuación el día de promulgación de la ley.
-La redacción final deja afuera a las empresas, uno de los puntos que más controversia había generado al anunciarse la idea. Sin embargo, las participaciones en empresas sí cuentan, lo que podría implicar un desaliento a la inversión, como denuncia la oposición. El Foro de Convergencia lo consideró “confiscatorio”.
La UIA advirtió que el impuesto “terminará descapitalizando a empresas”. “La redacción actual del proyecto de ley no diferencia entre la composición de los patrimonios personales formados por capital productivo –empresas, máquinas e inversión tecnológica en el país– de la proporción compuesta por activos financieros o inmuebles”, afirmó un comunicado de prensa de la Unión Industrial Argentina.
Cómo se calcula la cifra a pagar
-Por patrimonios declarados entre 200 y 300 millones de pesos, se pagará una alícuota de 2% sobre el total de los bienes. Es decir, cada contribuyente en esa categoría debería abonar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) entre 4 y 6 millones de pesos.
-A quienes tienen declarados entre $300 y $400 millones les tocaría pagar $6 millones más un 2,25% sobre el excedente de $300 millones. O sea, que podría incrementarse el tributo en hasta otros $2,2 millones.
-Para patrimonios entre $400 y $600 millones se incrementa el pago a $8,25 millones más un 2,5% sobre el excedente de $400 millones.
-Hay más escalas hasta llegar a la última, para patrimonios superiores a $3000 millones, a quienes se les cobrará una base de $88,5 millones más un 3,5% sobre el excedente.
-El proyecto no contempla la existencia de una doble tributación, como denuncian empresarios, contadores y dirigentes de la oposición, ya que esos patrimonios ya están alcanzados por el impuesto a los bienes personales.
-Por el total de bienes en el exterior se tributará un recargo del 50% sobre la alícuota correspondiente. Pero se abre una ventana para evitar ese salto tributario: repatriar al menos un 30% de las tenencias declaradas fuera del país en un término de 30 días.