De cuánto sería la devolución de lo ya descontado en 2021
La iniciativa de ley prevé que la suba del piso para tributar rija desde enero; cuáles serán los efectos
El oficialismo en el Congreso está dispuesto a aceptar que, en forma contraria a lo que planteaba el proyecto de ley original para subir el piso desde el cual se tributa Ganancias, los cambios que se aprueben rijan para los ingresos de todo 2021, y no solo para los que se perciban a partir de la sanción de la nueva normativa. Varios tributaristas habían advertido que, si bien en otras oportunidades se hicieron cambios sin disponer sus efectos para un año completo, Ganancias es un impuesto “de ejercicio” porque, más allá de que haya descuentos mes a mes, el cálculo es sobre los ingresos de todo un año, por lo que consideran que corresponde que las modificaciones no sean solo por un período parcial.
La iniciativa que se analiza en Diputados plantea que haya una deducción especial que provoque que quienes tengan una remuneración de hasta $150.000 (un salario neto de hasta $124.500) no paguen el impuesto. Para determinar si se llega cada mes a esa cifra no se cuenta el aguinaldo, por lo cual ese concepto estaría al margen de la imposición.
Tal como está redactada, la iniciativa provocará distorsiones entre los asalariados. Y, además, ampliará las brechas que existen con los autónomos, que se ven más impactados por el impuesto que los dependientes.
En principio, todos los asalariados que queden alcanzados por Ganancias tributarán con las alícuotas más elevadas. El texto prevé una corrección de los “saltos” que habría para quienes ganen hasta $173.000 brutos ($143.500 netos); en esos casos habría deducciones especiales para que se pague menos que ahora, aunque el texto no establece cómo serían las modificaciones, sino que faculta al Poder Ejecutivo para hacerlas.
De no haber correcciones, alguien con una remuneración de $160.000, por ejemplo, pasaría a cobrar de bolsillo unos $3700 menos que quien tenga un salario bruto de $150.000. Para los que cobran más de $173.000 no habrá cambios, con lo cual, por caso, con un sueldo bruto de $175.000 se cobrará en mano $4500 más que con uno de $150.000.
Con el efecto retroactivo, los asalariados y jubilados alcanzados por las modificaciones recibirán la devolución de lo que se les haya descontado hasta el momento en que se pongan en marcha las nuevas reglas. Por ejemplo, si la ley estuviera vigente desde los salarios de abril, se reintegraría lo retenido por los ingresos de los tres primeros meses del año.
¿Cuáles serán los efectos concretos y cuánto se devolvería en caso de aprobarse así la ley? A continuación, algunos ejemplos. Una cuestión a tener en cuenta es que en lo ya descontado está incluida una parte del impuesto correspondiente al aguinaldo, porque la carga fiscal por ese concepto se distribuye en el año. *Un asalariado que no deduce a ningún familiar y tiene una remuneración mensual de $125.000 tributaría este año, de no haber modificaciones, un total de $48.894. El descuento de tres meses que eventualmente se devolverá será de $12.224.
*Si con igual situación familiar e igual ingreso se declara, como concepto deducible, $30.000 mensuales de alquiler, lo que dejaría de pagarse en el año sería de $22.571 y la devolución por tres meses de los descuentos ya hechos sería de $5643. *Con dos hijos a cargo (y sin deducir al cónyuge), un empleado con un salario bruto de $150.000 dejaría de tributar en el año $74.235 y el reintegro por tres meses llegaría a $18.559.
*Si en el mismo caso anterior se agregara una declaración de $10.000 como deducción por pagos en el régimen del servicio doméstico, la carga fiscal anual que ya no estaría sería de $47.390, en tanto que la devolución por tres meses sería de $11.848.
*Un trabajador sin cargas de familia, con una remuneración de $100.000, dejaría de pagar $7000 por todo el año y tendría una devolución de $1750.
*Si la persona del ejemplo anterior declara una deducción por servicio doméstico por $9000 mensuales o bien por alquiler de vivienda de $30.000 mensuales, no quedaría alcanzada por el impuesto tal como está el esquema ahora y, por tanto, las modificaciones previstas no tendrán impacto en sus ingresos. *En el caso de un asalariado sin deducciones, con una remuneración de $150.000, el impuesto anual sin cambios sería de $115.686 y el reintegro por enero, febrero y marzo llegaría a $28.921.