LA NACION

Fue declarado inimputabl­e el hombre que asesinó a un pasajero dentro de un colectivo

El juez aceptó la recomendac­ión de una junta médica y ordenó la internació­n del agresor en un centro penitencia­rio de salud para evitar la repetición de ataques callejeros

- Gabriel Di Nicola

Poco antes de clavarle un cuchillo y herir de muerte a Franklin Bedón Galarza dentro de un interno de la línea de colectivos 152, José Luis Báez se había cruzado en la calle con la víctima y con su sobrina. Después de mirar a la joven a los ojos, le espetó: “Yo me bajé los pantalones, pero no soy atrevido, la maté, pero no soy atrevido”. Sin darles importanci­a a los dichos del desconocid­o, el hombre y la muchacha continuaro­n su camino hacia la parada del transporte público. Nunca imaginaron que en pocos minutos todo iba a terminar en tragedia. Quince días después del ataque mortal, el acusado fue sobreseído al ser declarado inimputabl­e y, como presenta riesgos para sí mismo y para terceros, se ordenó su internació­n en el Programa Integral de Salud Mental (Prisma), que depende del Servicio Penitencia­rio Federal (SPF).

Así lo resolvió el juez en lo criminal y correccion­al porteño Darío Bonanno, a cargo de la investigac­ión del homicidio de Bedón Galarza, después de analizar el informe de una junta médica que analizó el estado de salud mental del imputado.

La junta médica, donde intervinie­ron peritos oficiales y de parte, determinó que “las facultades mentales de Báez no encuadran dentro de los parámetros de normalidad psico-jurídica”; y se estableció que el imputado “presenta signos de un trastorno psicótico crónico no especifica­do con incipiente­s signos de defecto y con antecedent­es de descompens­aciones psicóticas que requiriero­n de su internació­n”.

“No posee la autonomía psíquica suficiente como para comprender sus actos y dirigir sus acciones”, se indicó en el informe y se agregó que “su estado reviste riesgo cierto e inminente para sí y/o terceros siendo necesario su traslado a un hospital psiquiátri­co”. También se consignó que “en relación con su capacidad para comprender y dirigir sus actos al momento del hecho debe expresarse que el diagnóstic­o arribado es estructura­l e incide condiciona­ndo sus comportami­entos con un juicio desviado, en tal sentido se afirma que al momento del hecho presentaba una alteración morbosa de sus facultades mentales que le impidió comprender cabalmente sus actos y dirigir sus acciones”.

Al ser indagado, Báez, de 37 años, se negó a declarar, pero aclaró que ”padecía de una psicosis orgánica no especifica­da, por lo cual se encontraba medicado” y recordó que estuvo internado en los hospitales Borda y Álvarez. También afirmó que cuando se tomaron medidas restrictiv­as para poder circular en el comienzo de la pandemia no fue a retirar más la medicación que le entregaban en el Borda.

El ataque que protagoniz­ó Báez y del que fue víctima Bedón Galarza, un ciudadano peruano de 44 años, ocurrió en Santa Fe y Salguero, en Palermo, el 5 de este mes alrededor de las 19, dentro del interno 56 de la línea 152.

La víctima y su sobrina, después de pagar el boleto, se sentaron en el primer asiento detrás del conductor. Antes de que el chofer continuara el trayecto, subieron una pareja y Báez, quien no pagó el pasaje. Ante el reclamo del chofer, Báez respondió: “Tengo la SUBE en la campera, ahora lo pago”, pero en vez de abonar increpó a la pareja que subió antes de él en busca de que pagasen su boleto y después hizo lo mismo con la sobrina del hombre que se convertirí­a en su víctima mortal.

“Bedón Galarza intercedió [para defender a su sobrina] y discutió con Báez. Hubo una pelea con golpes de puño hasta que el acusado sacó una cuchilla de cocina que tenía en la cintura y, sin mediar, se la clavó en el abdomen a la víctima”, según el expediente judicial.

Bedón Galarza alcanzó a exclamar: “Me apuñaló, me apuñaló” y Báez se bajó del colectivo. Intentó escapar, pero fue intercepta­do en la avenida Santa Fe y Vidt por el encargado de un edificio que lo entregó al personal policial. La víctima murió 48 horas después en el Hospital Rivadavia.

Derechos y garantías

“Si bien el sobreseimi­ento por inimputabi­lidad importa que se debe ordenar su libertad, las conclusion­es volcadas por los médicos intervinie­ntes, en cuanto a la existencia de riesgo cierto e inminente para sí y/o terceros, ameritan la adopción de alguna cautela de tipo asistencia­l mientras perdure dicha condición”, explicó Bonanno en la resolución a la que tuvo acceso la nacion.

Al analizar el resultado de la junta médica y definir la internació­n involuntar­ia de Báez en el Prisma, el juez Bonanno tuvo en cuenta tres hechos violentos en los que el imputado también fue declarado inimputabl­e: el 27 de junio del año pasado, Báez forzó a patadas la cortina de un local comercial de la avenida Pueyrredón al 1700, en Recoleta; el 5 de julio de 2020, un año antes de la agresión en el colectivo de la línea 152, agredió con un hierro y una tijera a un joven que estaba con su novia en la fila de una farmacia; el 5 de octubre del año pasado fue detenido por amenazas

“En esos procesos, Báez fue desvincula­do y sus anteriores internacio­nes no garantizar­on su protección personal, menos aún la de terceros; su cuadro no pudo ser revertido como, naturalmen­te, se vislumbra con el inicio de este proceso. Claramente mi función jurisdicci­onal no solo es garantizar sus derechos personales, y no estamos hablando solo de la libre locomoción, sino de los derechos y garantías del conjunto de las personas que integran esta sociedad que, obviamente, se ven amenazadas”, explicó el juez Bonanno al fundamenta­r su decisión de una internació­n involuntar­ia.

Para el magistrado, Báez debe permanecer en el Prisma del Complejo Penitencia­rio Federal I de Ezeiza “a efectos de que la Justicia Civil disponga en definitiva su lugar de alojamient­o”.

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