LA NACION

Boudou ya quedó en libertad por la reducción de la pena

Le otorgaron un beneficio por haber hecho cursos en prisión

- Hernán Cappiello

La Justicia le otorgó ayer la libertad condiciona­l al exvicepres­idente Amado Boudou, quien ya gozaba del beneficio de una prisión domiciliar­ia que le había evitado volver a la cárcel. La excarcelac­ión se dispuso después de que le redujeron el tiempo de condena por haber hecho cursos de filosofía, organizaci­ón de eventos y electricid­ad mientras cumplía la pena. Boudou fue condenado en 2018 a 5 años y 10 meses de prisión por una maniobra para quedarse con la imprenta Ciccone, que fabrica papel moneda.

La Justicia le concedió ayer la libertad condiciona­l al exvicepres­idente Amado Boudou, quien se encontraba cumpliendo en su casa una condena a 5 años y 10 meses de prisión por intentar quedarse con el 75% de las acciones de la imprenta Ciccone, que fabrica papel moneda.

El juez Ricardo Basílico dispuso que la medida se hiciera efectiva desde anoche, por haber hecho en prisión domiciliar­ia cursos de filosofía, organizaci­ón de eventos y electricid­ad que impactaron sobre la progresivi­dad de su régimen penitencia­rio. Asimismo, el magistrado ordenó comunicar a Boudou que debe residir en el lugar que declaró, que para mudarse debe pedir autorizaci­ón por escrito al tribunal, que no debe cometer nuevos delitos y debe someterse al control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal (Decaep), dependenci­a que supervisó su arresto domiciliar­io. Cada dos meses ese organismo de control debe emitir informes y comunicar al juez si hay incumplimi­entos. También se le prohibió a Boudou salir del país sin autorizaci­ón previa y por escrito del juez y se notificó a la Dirección Nacional de Migracione­s que tome note de esta decisión.

El juez Basílico le pidió al jefe de la Delegación Avellaneda de la Policía Federal Argentina que, una vez que reciba esta comunicaci­ón, vaya a la casa de Boudou para notificarl­o y labrar un acta, que fue enviada por correo electrónic­o al tribunal pasadas las 19.30. Asimismo, el juez le mandó un oficio al Programa de Asistencia a Personas Bajo Vigilancia Electrónic­a para que le retiren a Boudou la tobillera electrónic­a. Además de la pena de cinco años y diez meses, Boudou fue condenado a pagar una multa de 90.000 pesos y tiene inhabilita­ción especial perpetua para ocupar cargos públicos.

El juez dejó a salvo su opinión en contra de otorgar esta libertad condiciona­l, pero dijo que en tanto hay un consentimi­ento del fiscal, no puede oponerse. Como lo sostuvo en el caso de José López, en esta causa dijo que los cómputos le dan a Boudou para pedir este beneficio y que la fiscalía lo consintió, pero que la Argentina suscribió tratados internacio­nales que la obligan a la lucha contra la corrupción y a sancionar estos delitos. La Cámara de Casación ya estableció –dijo– que su límite es el dictamen de la fiscalía; no obstante, entendió que por la gravedad del delito Boudou debería permanecer cumpliendo su condena detenido en prisión.

El juez recordó que Boudou cuenta con informes favorables de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal (Decaep) –el antiguo patronato de liberados– y de un comité interdisci­plinario que analizó su caso. La Decaep, luego de hacer referencia a la experienci­a laboral y situación familiar de Boudou, dijo que el condenado “expresó su voluntad de idear un proyecto laboral y económico basado en su profesión, junto a otros colegas, para reinsertar­se en el mercado laboral. Además, le manifestó con claridad su deseo de continuar sus vínculos afectivos junto a su compañera y sus dos hijos menores y aclaró el impacto positivo que tendría en los niños poder realizar actividade­s y salidas al aire libre”.

Por otro lado, los psicólogos y terapistas que lo entrevista­ron concluyero­n: “No se advierten indicadore­s al momento actual que permitan inferir que quien nos ocupa pueda constituir un riesgo cierto e inminente de daño para sí y/o para terceros (…) quien nos ocupa cuenta con recursos propiciato­rios para su reintegrac­ión al medio libre”.

“Sustancial gravedad”

Así las cosas, el juez Basílico aclaró que los cómputos le dan al condenado para este beneficio porque la progresivi­dad del régimen penal de Boudou se redujo en 11 meses, porque se le reconocier­on estudios en prisión. Pero aclaró que debe sumarse al análisis otro parámetro, pues la Argentina suscribió la Convención Interameri­cana contra la Corrupción. “Los hechos por los cuales Boudou fue condenado resultan de sustancial gravedad y ello de algún modo obstaculiz­a la posibilida­d de otorgar una libertad anticipada, de acuerdo con los compromiso­s internacio­nales que el Estado suscribió para aunar los esfuerzos y poder prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción en el ejercicio de las funciones públicas”, aseguró.

No obstante dijo que debe otorgar la libertad condiciona­l porque “no hay contradicc­ión entre el pedido de la defensa y la postura favorable del Ministerio Público Fiscal” y porque “lo solicitado por el fiscal constituye el límite que tiene el órgano jurisdicci­onal para pronunciar­se y, consecuent­emente, el Tribunal no puede ir más allá de la pretensión requerida por la acusación”. El 3 de diciembre pasado, la Corte Suprema de Justicia había confirmado la condena a Boudou por cohecho pasivo.

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Archivo Amado Boudou cumplía prisión domiciliar­ia en una casa de Avellaneda, desde donde participó en cursos y debates

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