Boudou ya quedó en libertad por la reducción de la pena
Le otorgaron un beneficio por haber hecho cursos en prisión
La Justicia le otorgó ayer la libertad condicional al exvicepresidente Amado Boudou, quien ya gozaba del beneficio de una prisión domiciliaria que le había evitado volver a la cárcel. La excarcelación se dispuso después de que le redujeron el tiempo de condena por haber hecho cursos de filosofía, organización de eventos y electricidad mientras cumplía la pena. Boudou fue condenado en 2018 a 5 años y 10 meses de prisión por una maniobra para quedarse con la imprenta Ciccone, que fabrica papel moneda.
La Justicia le concedió ayer la libertad condicional al exvicepresidente Amado Boudou, quien se encontraba cumpliendo en su casa una condena a 5 años y 10 meses de prisión por intentar quedarse con el 75% de las acciones de la imprenta Ciccone, que fabrica papel moneda.
El juez Ricardo Basílico dispuso que la medida se hiciera efectiva desde anoche, por haber hecho en prisión domiciliaria cursos de filosofía, organización de eventos y electricidad que impactaron sobre la progresividad de su régimen penitenciario. Asimismo, el magistrado ordenó comunicar a Boudou que debe residir en el lugar que declaró, que para mudarse debe pedir autorización por escrito al tribunal, que no debe cometer nuevos delitos y debe someterse al control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal (Decaep), dependencia que supervisó su arresto domiciliario. Cada dos meses ese organismo de control debe emitir informes y comunicar al juez si hay incumplimientos. También se le prohibió a Boudou salir del país sin autorización previa y por escrito del juez y se notificó a la Dirección Nacional de Migraciones que tome note de esta decisión.
El juez Basílico le pidió al jefe de la Delegación Avellaneda de la Policía Federal Argentina que, una vez que reciba esta comunicación, vaya a la casa de Boudou para notificarlo y labrar un acta, que fue enviada por correo electrónico al tribunal pasadas las 19.30. Asimismo, el juez le mandó un oficio al Programa de Asistencia a Personas Bajo Vigilancia Electrónica para que le retiren a Boudou la tobillera electrónica. Además de la pena de cinco años y diez meses, Boudou fue condenado a pagar una multa de 90.000 pesos y tiene inhabilitación especial perpetua para ocupar cargos públicos.
El juez dejó a salvo su opinión en contra de otorgar esta libertad condicional, pero dijo que en tanto hay un consentimiento del fiscal, no puede oponerse. Como lo sostuvo en el caso de José López, en esta causa dijo que los cómputos le dan a Boudou para pedir este beneficio y que la fiscalía lo consintió, pero que la Argentina suscribió tratados internacionales que la obligan a la lucha contra la corrupción y a sancionar estos delitos. La Cámara de Casación ya estableció –dijo– que su límite es el dictamen de la fiscalía; no obstante, entendió que por la gravedad del delito Boudou debería permanecer cumpliendo su condena detenido en prisión.
El juez recordó que Boudou cuenta con informes favorables de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal (Decaep) –el antiguo patronato de liberados– y de un comité interdisciplinario que analizó su caso. La Decaep, luego de hacer referencia a la experiencia laboral y situación familiar de Boudou, dijo que el condenado “expresó su voluntad de idear un proyecto laboral y económico basado en su profesión, junto a otros colegas, para reinsertarse en el mercado laboral. Además, le manifestó con claridad su deseo de continuar sus vínculos afectivos junto a su compañera y sus dos hijos menores y aclaró el impacto positivo que tendría en los niños poder realizar actividades y salidas al aire libre”.
Por otro lado, los psicólogos y terapistas que lo entrevistaron concluyeron: “No se advierten indicadores al momento actual que permitan inferir que quien nos ocupa pueda constituir un riesgo cierto e inminente de daño para sí y/o para terceros (…) quien nos ocupa cuenta con recursos propiciatorios para su reintegración al medio libre”.
“Sustancial gravedad”
Así las cosas, el juez Basílico aclaró que los cómputos le dan al condenado para este beneficio porque la progresividad del régimen penal de Boudou se redujo en 11 meses, porque se le reconocieron estudios en prisión. Pero aclaró que debe sumarse al análisis otro parámetro, pues la Argentina suscribió la Convención Interamericana contra la Corrupción. “Los hechos por los cuales Boudou fue condenado resultan de sustancial gravedad y ello de algún modo obstaculiza la posibilidad de otorgar una libertad anticipada, de acuerdo con los compromisos internacionales que el Estado suscribió para aunar los esfuerzos y poder prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción en el ejercicio de las funciones públicas”, aseguró.
No obstante dijo que debe otorgar la libertad condicional porque “no hay contradicción entre el pedido de la defensa y la postura favorable del Ministerio Público Fiscal” y porque “lo solicitado por el fiscal constituye el límite que tiene el órgano jurisdiccional para pronunciarse y, consecuentemente, el Tribunal no puede ir más allá de la pretensión requerida por la acusación”. El 3 de diciembre pasado, la Corte Suprema de Justicia había confirmado la condena a Boudou por cohecho pasivo.