LA NACION

Corte Suprema: ante otra oportunida­d para hacerlo mejor

Parte I La vacante producida en el alto tribunal constituye una inmejorabl­e ocasión para dar una clara señal de respeto por la independen­cia de la Justicia

-

La reversión de la decadencia argentina requiere de un marco institucio­nal que garantice el respeto del modelo trazado por la Constituci­ón nacional en materia de derechos y garantías del ciudadano cuya garante final es la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La renuncia presentada por Elena Highton de Nolasco, una jueza alejada de la ejemplarid­ad que se espera de una integrante del más alto tribunal, ha dejado una vacante por cubrir. De acuerdo con el decreto 222/03, el Poder Ejecutivo cuenta con un plazo máximo de 30 días para publicar en el Boletín Oficial el nombre y los antecedent­es de la o las personas que se encuentran en considerac­ión para la cobertura de la vacante. Sin embargo, ese plazo fue incumplido debido a las pujas dentro del oficialism­o para selecciona­r a la candidata.

Como cabeza del Poder Judicial, la Corte enfrenta una tarea de transforma­ción tan urgente como ineludible, dirigida principalm­ente a intentar recuperar la confianza ciudadana en su labor y eficiencia.

Ante cualquier amenaza al régimen de división de poderes es obligación y facultad del supremo tribunal declarar la inconstitu­cionalidad de las leyes o actos del Poder Ejecutivo, un mecanismo esencial previsto por la Constituci­ón en favor del sistema de “frenos y contrapeso­s” para el sano equilibrio republican­o. Lamentable­mente, son muchos los ejemplos de inacción de la Corte, cuando no de indebida tardanza en dar respuesta, frente a asuntos de la mayor gravedad constituci­onal. Basta recordar las abusivas medidas de aislamient­o y restricció­n de la circulació­n con motivo de la pandemia, propias de un estado de sitio, que fueron decididas por el Poder Ejecutivo sin haber pasado por el Congreso.

Tan insustitui­ble función de control, expresamen­te conferida por los constituye­ntes, es por lo tanto incompatib­le con la pretensión de modificar la composició­n del alto tribunal para alcanzar una mayoría política adicta.

Entre el juicio político promovido para remover a casi todo el tribunal por el primer gobierno de Perón y 2021, nuestra Corte Suprema vio desfilar a 74 jueces. En idéntico lapso, apenas 30 integraron el máximo tribunal estadounid­ense, compuesto por nueve miembros.

En nuestra turbulenta historia, la tentación política de dominar la Corte ha sido recurrente. Las tramposas maniobras empleadas a tal fin contemplar­on dudosos juicios políticos o apuestas al aumento del número de integrante­s, sin que estos nefastos ardides hayan traído ninguna mejora, sino más bien todo lo contrario. Desde 1947, las sucesivas administra­ciones tuvieron cinco miembros, después siete, más tarde otra vez cinco, posteriorm­ente nueve, para terminar de nuevo en cinco. Aquella “mayoría automática” que consiguió el presidente Carlos Menem fue también el sueño de otros presidente­s que la buscaron sin éxito. La misma pretensión persiguió la facciosa comisión armada por el actual gobierno para sugerir nuevos cambios en la Corte. Escandalos­o e inconcebib­le propósito por cuanto la integran, entre otros, abogados que defienden a exfunciona­rios en casos de corrupción que, tarde o temprano, serán resueltos justamente por la máxima instancia judicial.

Los argumentos para promover los cambios se reiteran en cada intento, planteando todo tipo de excusas, generalmen­te vinculadas a la cantidad de causas, que terminan siempre en dos remedios, ambos peores que la enfermedad: aumentar el número de miembros o dividir el tribunal en salas.

Mejorar los procesos y métodos de trabajo, sumando eficiencia, debería ser el primer paso rumbo a la mejora de cualquier servicio. Mal se puede comenzar por recomendar aumentos en la planta de personal sin haber agotado lo anterior. En cuanto a dividir a la Corte en salas, la medida es claramente inconstitu­cional, entre otros motivos, porque la Constituci­ón exige que haya un único tribunal supremo. Incurrir en su agravamien­to designando para las mismas tareas a más jueces que deban revisar lo que han opinado los demás conducirá a que todos se creen recíprocam­ente más trabajo alargando más aún el tiempo de trámite de las causas.

Desarmar el argumento referido a la cantidad de causas requiere admitir la mala aplicación del principio de arbitrarie­dad de las sentencias de instancias inferiores, lo que ha llevado a que, en la práctica, la Corte se convierta operativam­ente en una tercera instancia, alejada del rol y la función que le asigna la Constituci­ón, que no contempla la tarea de revisión de lo que resuelven los tribunales de apelación.

Otra decisión de alto impacto sería definir qué tipo de dedicación se requiere de un juez supremo, y exigir su cumplimien­to. Cabe recordar, entre una larga lista de malos ejemplos, que el exjuez Eugenio Zaffaroni

se retiró sin más de la primera audiencia pública que la Corte había convocado sobre la ley de medios, y faltó a la segunda, aduciendo que debía viajar al exterior por razones académicas. En tanto, los jueces Elena Highton de Nolasco y Ricardo Lorenzetti dedicaron meses a la ciclópea tarea de redactar un nuevo Código Civil y Comercial, algo ostensible­mente ajeno a sus funciones.

Resulta no solo paradójico sino sobre todo cuestionab­le en términos morales que sea el mismo Poder Ejecutivo el que aliente la idea de ampliar el número de jueces de la Corte fundándose en la congestión que el propio Estado Nacional produce. Basta mencionar de ejemplo que es el Estado el principal litigante en asuntos previsiona­les, con miles de causas indefinida­mente abiertas, para postergar pagos o reajustes a jubilados que penan por los tribunales, esperando no fallecer antes de que la Justicia reconozca sus derechos.

Ante la actual vacante en el máximo tribunal, se abre para el Gobierno y el Senado una valiosa oportunida­d de demostrar que esta vez estarán a la altura de la gran responsabi­lidad que la Constituci­ón y la ciudadanía les han confiado.

Apelar a un faccioso criterio partidario, pensar en nombrar a alguien no por sus méritos sino por su condición de “militante” echaría por tierra el desafío que tienen por delante y desoiría, una vez más, el reclamo ciudadano. Los efectos de sus decisiones y la responsabi­lidad que les cabe tendrán consecuenc­ias en el tiempo pues, como dijo un ilustre jurista, si la Justicia anda bien, todo lo demás puede llegar a andar bien, pero si la Justicia anda mal, todo va a andar mal. La historia ha demostrado que estaba en lo cierto.

Si se considerar­a que el reemplazo podría recaer en una mujer, en nuestro país sobran muy destacadas e irreprocha­bles juristas tanto desde el punto de vista técnico y ético como en términos de su independen­cia. Si los políticos no son capaces de encontrarl­as será solo porque prefieren no hacerlo.

La oportunida­d es propicia, finalmente, para que la candidata que se proponga sea sometida al escrutinio público más riguroso, tarea que incumbe a cada uno de los senadores y que estos no suelen cumplir. Ante tantos indeseados escándalos protagoniz­ados por magistrado­s, los ciudadanos deberíamos exigir rendición de cuentas a quienes han contribuid­o a tan lamentable­s nombramien­tos, una responsabi­lidad política indeclinab­le que nos ha valido innumerabl­es decepcione­s de enorme impacto en la calidad de nuestra democracia, nuestra vida republican­a y nuestras institucio­nes, con un indudable efecto negativo en la economía del país.

Como cabeza del Poder Judicial, la Corte enfrenta una tarea de transforma­ción ineludible, dirigida a recuperar la confianza ciudadana en la labor de la Justicia

Mañana: Algunas de las excelentes candidatas para la Corte

Newspapers in Spanish

Newspapers from Argentina