Se define el caso Oil con varias pruebas que comprometen a López, De Sousa y Echegaray
El caso está en manos del TOF 3 y culminará este jueves; los fiscales García Elorrio y Velasco pidieron penas de más de cuatro años de cárcel para los tres acusados
Son horas decisivas para el Tribunal Oral Federal 3, que este jueves dará a conocer su veredicto en la causa conocida como “Oil Combustibles” contra el extitular de la AFIP Ricardo Echegaray y los empresarios Cristóbal López y Fabián de Sousa. El resultado es todavía muy incierto.
Este caso, de altísima relevancia política, culminará esta semana y los acusados podrán decir sus últimas palabras apenas horas antes de conocer su desenlace. Los fundamentos de dicha sentencia serán difundidos el año que viene.
Echegaray está acusado de haberles permitido acumular a los empresarios más de $8000 millones de deuda por el impuesto a la transferencia de los combustibles. Fue considerado coautor de la maniobra, mientras que López y De Sousa fueron considerados partícipes necesarios del delito de defraudación por administración fraudulenta agravada por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública.
En su alegato, que se extendió a lo largo de tres audiencias, el fiscal Juan Patricio García Elorrio enumeró la prueba valorada para pedir condenas de hasta cuatro años y ocho meses de prisión. Consideró acreditado que Echegaray, por acción u omisión, permitió que los empresarios utilizaran como propios los recursos del Estado.
Una de las pruebas consideradas es el informe pericial incorporado a la causa en 2019, que consigna que la deuda por el impuesto de la transferencia de combustibles al 10 de diciembre de 2015 ascendía a una cifra cercana a los 6240 millones de pesos y que si de este importe se detraían las obligaciones devengadas, este monto se consignaba en una cifra cercana a los 5933 millones de pesos. “Hoy, con el acuerdo que hicieron, están pagando como mucho 90 millones de dólares”, señaló una fuente judicial a la nacion en alusión a la moratoria que impulsó el Gobierno a favor de la empresa Oil Combustibles, y que le permitió levantar la quiebra.
Otro punto valorado por la fiscalía es la “información objetiva que surge de los balances de las empresas”. Según la acusación, el equivalente de la deuda fiscal de Oil Combustibles con los denominados préstamos intercompany “es notable”. Además, planteó el acusador, hay simetría y correspondencia entre lo que se ve que Oil Combustibles debía en concepto de ICL y los montos que surgen concedidos a los préstamos intercompany. Según el fiscal, eso no solo se ve en los balances contables de la petrolera, sino que también fue ratificado por declaraciones testimoniales de quienes integraban la comisión fiscalizadora de Oil Combustibles, uno de ellos, Alejandro Rodríguez.
Fue valorada también la declaración testimonial de Juan Emilio Candina, exjefe de la División Penal Tributario de Grandes Contribuyentes Nacionales, quien señaló que a medida que aumentaba el pasivo de Oil, se incrementaba la cantidad de transferencias financieras a otros integrantes del Grupo Indalo, aumentando así el patrimonio neto de esas empresas.
Según esa declaración, los planes de facilidades de pago que le fueron concedidos al Grupo Indalo fueron utilizados como forma de apalancamiento financiero. También fue valorado el testimonio del exsupervisor jefe del equipo e de Investigaciones de Grandes Contribuyentes Nacionales Carlos Bo.
Las declaraciones del propio De Sousa, quien admitió la existencia de los préstamos intercompany y de una caja única como una política empresarial, también fueron consideradas por García Elorrio cuando presentó su alegato.
“Fue una maniobra para retirar dividendos, porque tenían prohibido retirar dividendos desde que ingresaron en los planes de pago y la esquivaban dando créditos a las otras compañías del grupo”, detalló una fuente judicial que sigue de cerca el caso.
Los correos electrónicos con archivos adjuntos vinculados con estos préstamos, reconocidos por el CEO Mariano Elizondo y quien fuera el gerente de la petrolera Rodrigo Turienzo, también fueron señalados como valiosos por el fiscal.
Además fueron considerados como prueba los informes y declaraciones de los veedores designados por la Justicia, los informes de flujo de fondos de la empresa, los informes de la auditoría externa hecha por la firma Deloitte y la declaración testimonial de la gerente de impuestos de la empresa Oil, Leticia D’atri. Con estos elementos se sostiene la acusación contra el rol que tenía la firma Oil en el conglomerado de empresas del Grupo Indalo.
Echegaray se escudó, según la acusación, en la intervención de distintos funcionarios de la AFIP, pero se encuentra acreditado que brindó un escenario propicio para la concreción de la maniobra denunciada.
“No existía un reglamento interno que pautara el procedimiento administrativo formal vinculado a corroborar los requisitos legales para acceder a los planes de pago”, dijo una fuente judicial sobre su rol, y agregó que se hizo un control superficial con sesgo discriminatorio sobre la situación fiscal de la petrolera. En este sentido fueron valorados los testimonios de los extitulares de la AFIP Alberto Abad, Leandro Cuccioli, y de los exfuncionarios Néstor Sosa, Eliseo Devoto y Juan Carlos Santos. La acusación comprende el período fiscal de agosto de 2013 a mayo de 2015, durante el cual Oil Combustibles recibió dos planes de pago particulares y dos planes de pago generales.
El tribunal está integrado por los jueces Andrés Basso, Fernando Machado Pelloni y Javier Feliciano Ríos. La acusación de los fiscales García Elorrio y Diego Velasco fue la única contra los acusados, dado que la AFIP desistió de su rol de querellante en esta causa, y el único acusador que hay es el Ministerio Público Fiscal.