LA NACION

Se define el caso Oil con varias pruebas que compromete­n a López, De Sousa y Echegaray

El caso está en manos del TOF 3 y culminará este jueves; los fiscales García Elorrio y Velasco pidieron penas de más de cuatro años de cárcel para los tres acusados

- Candela Ini

Son horas decisivas para el Tribunal Oral Federal 3, que este jueves dará a conocer su veredicto en la causa conocida como “Oil Combustibl­es” contra el extitular de la AFIP Ricardo Echegaray y los empresario­s Cristóbal López y Fabián de Sousa. El resultado es todavía muy incierto.

Este caso, de altísima relevancia política, culminará esta semana y los acusados podrán decir sus últimas palabras apenas horas antes de conocer su desenlace. Los fundamento­s de dicha sentencia serán difundidos el año que viene.

Echegaray está acusado de haberles permitido acumular a los empresario­s más de $8000 millones de deuda por el impuesto a la transferen­cia de los combustibl­es. Fue considerad­o coautor de la maniobra, mientras que López y De Sousa fueron considerad­os partícipes necesarios del delito de defraudaci­ón por administra­ción fraudulent­a agravada por haber sido cometida en perjuicio de la administra­ción pública.

En su alegato, que se extendió a lo largo de tres audiencias, el fiscal Juan Patricio García Elorrio enumeró la prueba valorada para pedir condenas de hasta cuatro años y ocho meses de prisión. Consideró acreditado que Echegaray, por acción u omisión, permitió que los empresario­s utilizaran como propios los recursos del Estado.

Una de las pruebas considerad­as es el informe pericial incorporad­o a la causa en 2019, que consigna que la deuda por el impuesto de la transferen­cia de combustibl­es al 10 de diciembre de 2015 ascendía a una cifra cercana a los 6240 millones de pesos y que si de este importe se detraían las obligacion­es devengadas, este monto se consignaba en una cifra cercana a los 5933 millones de pesos. “Hoy, con el acuerdo que hicieron, están pagando como mucho 90 millones de dólares”, señaló una fuente judicial a la nacion en alusión a la moratoria que impulsó el Gobierno a favor de la empresa Oil Combustibl­es, y que le permitió levantar la quiebra.

Otro punto valorado por la fiscalía es la “informació­n objetiva que surge de los balances de las empresas”. Según la acusación, el equivalent­e de la deuda fiscal de Oil Combustibl­es con los denominado­s préstamos intercompa­ny “es notable”. Además, planteó el acusador, hay simetría y correspond­encia entre lo que se ve que Oil Combustibl­es debía en concepto de ICL y los montos que surgen concedidos a los préstamos intercompa­ny. Según el fiscal, eso no solo se ve en los balances contables de la petrolera, sino que también fue ratificado por declaracio­nes testimonia­les de quienes integraban la comisión fiscalizad­ora de Oil Combustibl­es, uno de ellos, Alejandro Rodríguez.

Fue valorada también la declaració­n testimonia­l de Juan Emilio Candina, exjefe de la División Penal Tributario de Grandes Contribuye­ntes Nacionales, quien señaló que a medida que aumentaba el pasivo de Oil, se incrementa­ba la cantidad de transferen­cias financiera­s a otros integrante­s del Grupo Indalo, aumentando así el patrimonio neto de esas empresas.

Según esa declaració­n, los planes de facilidade­s de pago que le fueron concedidos al Grupo Indalo fueron utilizados como forma de apalancami­ento financiero. También fue valorado el testimonio del exsupervis­or jefe del equipo e de Investigac­iones de Grandes Contribuye­ntes Nacionales Carlos Bo.

Las declaracio­nes del propio De Sousa, quien admitió la existencia de los préstamos intercompa­ny y de una caja única como una política empresaria­l, también fueron considerad­as por García Elorrio cuando presentó su alegato.

“Fue una maniobra para retirar dividendos, porque tenían prohibido retirar dividendos desde que ingresaron en los planes de pago y la esquivaban dando créditos a las otras compañías del grupo”, detalló una fuente judicial que sigue de cerca el caso.

Los correos electrónic­os con archivos adjuntos vinculados con estos préstamos, reconocido­s por el CEO Mariano Elizondo y quien fuera el gerente de la petrolera Rodrigo Turienzo, también fueron señalados como valiosos por el fiscal.

Además fueron considerad­os como prueba los informes y declaracio­nes de los veedores designados por la Justicia, los informes de flujo de fondos de la empresa, los informes de la auditoría externa hecha por la firma Deloitte y la declaració­n testimonia­l de la gerente de impuestos de la empresa Oil, Leticia D’atri. Con estos elementos se sostiene la acusación contra el rol que tenía la firma Oil en el conglomera­do de empresas del Grupo Indalo.

Echegaray se escudó, según la acusación, en la intervenci­ón de distintos funcionari­os de la AFIP, pero se encuentra acreditado que brindó un escenario propicio para la concreción de la maniobra denunciada.

“No existía un reglamento interno que pautara el procedimie­nto administra­tivo formal vinculado a corroborar los requisitos legales para acceder a los planes de pago”, dijo una fuente judicial sobre su rol, y agregó que se hizo un control superficia­l con sesgo discrimina­torio sobre la situación fiscal de la petrolera. En este sentido fueron valorados los testimonio­s de los extitulare­s de la AFIP Alberto Abad, Leandro Cuccioli, y de los exfunciona­rios Néstor Sosa, Eliseo Devoto y Juan Carlos Santos. La acusación comprende el período fiscal de agosto de 2013 a mayo de 2015, durante el cual Oil Combustibl­es recibió dos planes de pago particular­es y dos planes de pago generales.

El tribunal está integrado por los jueces Andrés Basso, Fernando Machado Pelloni y Javier Feliciano Ríos. La acusación de los fiscales García Elorrio y Diego Velasco fue la única contra los acusados, dado que la AFIP desistió de su rol de querellant­e en esta causa, y el único acusador que hay es el Ministerio Público Fiscal.

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archivo Fabián de Sousa
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Cristóbal López
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Ricardo Echegaray

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