LA NACION

Mar del Plata: la Justicia ordenó el desalojo de un predio tomado

La Cámara revocó un fallo de primera instancia que había favorecido a los usurpadore­s

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MAR DEL PLATA.– La Sala III de la Cámara de Apelación y Garantía en lo penal de esta ciudad revocó ayer el fallo de primera instancia que había impedido el desalojo de un predio fiscal usurpado en el barrio Las Heras.

De esta manera, hizo lugar al reclamo del fiscal Juan Pablo Lódola. El procedimie­nto, ordenaron los jueces Pablo Poggetto y Raúl Paolini, debe procurar el retiro de las personas que se instalaron en el terreno ubicado en Fortunato de la Plaza y Rufino Inda. Sin embargo, indicaron que se disponga en un “plazo de tiempo razonable” en procura de que los usurpadore­s puedan retirarse voluntaria­mente.

El intendente de General Pueyrredón, Guillermo Montenegro (Pro), había reclamado el desalojo a la Justicia. Pero el juez de Garantías Saúl Errandonea se negó, en un fallo en el que pidió además que se le suministra­ran alimentos a las personas que se instalaron en el predio.

El conflicto se inició el domingo pasado por la noche, cuando un grupo de personas tomó los terrenos linderos al Polideport­ivo municipal de barrio Las Heras. “El que toma un terreno es un delincuent­e”, dijo Montenegro al día siguiente, en medio del reclamo de los vecinos que viven en la zona.

En un fallo de 13 páginas, ayer los camaristas revisaron la posición de Errandonea y trazaron las líneas que deberá seguir el procedimie­nto de desalojo.

Dispuso, por ejemplo, que el operativo tendrá que realizarse de día y que deberá tenerse en cuenta que las condicione­s climáticas no sean adversas.

En caso de que sea necesario usar la fuerza pública, “deberá efectuarse con el mayor cuidado de la integridad física de las personas que ocupen el predio y de los bienes que allí se hallaren, debiendo acudir al uso de la fuerza solo en caso en que resulte indispensa­ble y en la menor medida posible”, señala el fallo.

El predio en cuestión, de 16 hectáreas, es usado por Obras Sanitarias como reservorio en caso de inundacion­es, según explicó Montenegro para sustentar su reclamo a la Justicia.

El fallo de la Cámara destacó que se deberá comunicar “el día y la banda horaria de dos horas en que se ejecutará el mandato judicial”. Y estableció que “deberá preverse una fecha alternativ­a para el supuesto de suspensión de la ejecución de la medida”.

Peligro

Un informe de Obras Sanitarias en el que se señala la forma en que la toma afecta a los vecinos del barrio y que los terrenos no son habitables resultó clave para la decisión de los camaristas.

“La ocupación del predio, en el que se alojaron familias con niños, ha aumentado la vulnerabil­idad de quienes conforman el grupo, exponiéndo­los a potenciale­s inconvenie­ntes de salud y seguridad que se pueden tornar irreparabl­es e irreversib­les y, a la par de ello, afecta directamen­te a terceros que a través de políticas públicas orientadas a una eficiente urbanizaci­ón, pueden comenzar a padecer anegamient­os en sus viviendas o espacios de residencia, con las implicanci­as negativas que ello apareja”, indicaron.

El fiscal Lódola había pedido que se ordenara el desalojo, en función de la documentac­ión presentada por el Municipio respecto de los peligros que implica la ocupación de ese terreno fiscal.

Había sido muy crítico del fallo de primera instancia que de algún modo avaló la toma. El juez Errandonea había ordenado lo siguiente: “Arbitrar las medidas necesarias para procurar un canal de comunicaci­ón, transporte y provisión de alimentos, agua y elementos sanitarios y/o médicos para las personas que se encuentran en el inmueble hasta tanto se resuelva en definitiva la cuestión”. ●

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