LA NACION

Piden que la Corte Suprema frene la re-reelección de intendente­s

El partido PAIS solicitó la inconstitu­cionalidad de la ley bonaerense 15.315 y suspender las PASO

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El partido PAIS se presentó en la Corte Suprema y pidió que se declare inconstitu­cional la ley de la provincia de Buenos Aires que en 2021 habilitó a los intendente­s bonaerense­s con dos o más mandatos consecutiv­os a volver a presentars­e para buscar su re-reelección. Como medida cautelar, solicitó además que se suspendan las PASO.

De acuerdo con la presentaci­ón, la ley impugnada viola garantías republican­as contemplad­as por la Constituci­ón nacional y desconoce los estándares internacio­nales en la materia. La demanda fue firmada por el constituci­onalista Andrés Gil Domínguez como patrocinan­te.

La ley 14.836, que puso fin a las reeleccion­es indefinida­s de los intendente­s, se había sancionado en 2016, durante el gobierno de María Eugenia Vidal, impulsada por el massismo, parte de Pro y la Coalición Cívica. Disponía que era posible una sola reelección y fijaba como primer mandato de los dos posibles el iniciado en 2015.

Esa norma se modificó primero con un decreto reglamenta­rio de Vidal, en 2019, que abrió una ventana para buscar una nueva reelección si los intendente­s pedían licencia o renunciaba­n –para asumir otro cargo, por ejemplo, como hicieron unos 20 intendente­s peronistas– antes de completar la mitad de su mandato. Pero en diciembre de 2021 se aprobó ley 15.315, que decidió computar como primer mandato de los dos posibles el iniciado en 2019. Esa es la norma que ahora se impugnó ante la Corte Suprema.

La ley que se aprobó el 29 de diciembre de 2021 en la Legislatur­a bonaerense favoreció en ese entonces a 91 de los 135 intendente­s de la provincia: 48 de Juntos por el Cambio, 40 del Frente de Todos y vecinalist­as que tenían dos o más mandatos consecutiv­os.

La ley 15.315 dividió los bloques de Juntos y del Frente de Todos. Los legislador­es que responden a Vidal, a Elisa Carrió y a Sergio Massa votaron en contra. Pero la mayoría de ambas bancadas apoyó las modificaci­ones, impulsadas por los intendente­s del Frente de Todos, Pro y la UCR, así como por los propios legislador­es que tampoco podían buscar un tercer mandato si se mantenía la ley de 2016.

El autor de la demanda ante la Corte es Oscar Héctor Alva, presidente y apoderado del partido PAIS, que fue candidato a diputado nacional en 2017. Ocupó el puesto 21 de la boleta legislativ­a por la provincia de Buenos Aires del frente 1País, que encabezaba Massa en alianza con Margarita Stolbizer. Fuentes del Frente Renovador bonaerense negaron que exista un vínculo actual con Alva.

La demanda de PAIS ante la Corte detalla que en 2016, con la sanción de la ley 14.836, se modificó el régimen originario limitándos­e la reelección del cargo de intendente a un solo período. Advierte que “con objeto de evitar toda clase de controvers­ia interpreta­tiva sobre el nuevo régimen establecid­o” se aprobó una disposició­n transitori­a (la séptima de la ley 14.836) que determinó que el período de ejercicio de mandato de los intendente­s a la entrada en vigor de la ley se considerab­a primer período a efectos de la reelección.

La demanda sostiene: “El régimen aprobado en 2016 configuró un avance progresivo respecto del viejo sistema en términos de garantía del sistema republican­o (...) al impedir los deseos de perpetuida­d en el ejercicio del poder, asegurar la renovación de la política y habilitar a la oposición la posibilida­d real de convertirs­e en gobierno. La derogación de la interdicci­ón de más de una reelección mediante la sanción de la ley 15.315 implicó desconocer el principio de progresivi­dad y no regresivid­ad institucio­nal, el cual postula que una vez alcanzado un determinad­o estadio normativo de garantía institucio­nal no es posible retroceder, a menos que se expongan argumentos razonables”.

La demanda sostiene que “no existen argumentos jurídicos razonables que permitan justificar la regresión normativa e institucio­nal republican­a que supondría otorgar a algunos pocos el privilegio de permanecer en el poder”.

“Si bien las provincias conservan toda la autonomía política que exige su sistema institucio­nal, esto no impide la intervenci­ón de la Corte Suprema en los supuestos en que se verifique un evidente menoscabo del derecho federal”, agregan.

Según la presentaci­ón, es necesario que el máximo tribunal suspenda las PASO que se celebrarán en la provincia de Buenos Aires el 13 de agosto de 2023 “hasta tanto se dicte la respectiva sentencia de fondo en la presente causa”.ß

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