Cómo quedarán los haberes con el nuevo régimen de movilidad
El ingreso mínimo jubilatorio sería de $171.216, sin considerar el bono, y el máximo, de $1.152.122; qué cambio se aplicará con el último DNU anunciado
El Gobierno confirmó que, con un decreto de necesidad y urgencia (DNU), dejará sin efecto la fórmula de movilidad previsional incluida en la ley 27.609, que rige desde 2021, para reemplazarla por un sistema de reajustes mensuales por inflación. A partir de abril los haberes jubilatorios del sistema general de la Anses se actualizarán siguiendo la variación del índice de precios al consumidor (IPC) que publica el Indec. Y el mes próximo, por única vez, al incremento determinado según ese criterio se adicionará un 12,5% “en concepto de reparación por el daño ocasionado por la fórmula previsional del gobierno anterior”, según expresa el escrito emitido.
De esta manera, como el haber bruto mínimo es este mes de $134.445,30, en abril quedaría en $171.216, cifra a la que se llega considerando un aumento, según el IPC de febrero último, de 13,2%, y la anunciada suba adicional de 12,5%. El ingreso previsional máximo, en tanto, pasaría de $904.689,54 a $1.152.122, siempre que la letra definitiva del DNU confirme que se aplicarán ambos aumentos. Quien este mes tiene un haber de $250.000, por ejemplo, percibiría $318.375, y quien cobra un ingreso mensual de $500.000 recibiría $636.750.
El reajuste según el índice de precios más la compensación de 12,5% (que no alcanza para cubrir los daños provocados por la inflación) llevaría a un aumento de 27,35% para los haberes de abril. Como este mes se aplicó un 27,18% (y no 30%, como dijo anoche el ministro Luis Caputo), la suba total respecto de lo cobrado a fines de 2023 acumularía un 62% (y no 64%); sin embargo, ese porcentaje sería más reducido en el caso de lo efectivamente percibido por quienes tienen el haber mínimo, ya que, según trascendió, no se actualizaría el monto del bono o refuerzo, que este mes es de $70.000. El comunicado de la Oficina del Presidente, difundido por redes sociales cerca de las 22 del viernes, señala que el 12,5% será “un incremento adicional único” para el mes de abril. No se especifica si lo surgido de ese reajuste extraordinario quedará definitivamente incorporado a los haberes.
Después de abril, el plan del Gobierno es que la recomposición de los ingresos previsionales se haga siguiendo el índice de inflación con dos meses de rezago. La razón para que así sea es que en el momento de iniciarse cada mes el calendario de pagos de las prestaciones a cargo de la Anses no se conoce todavía la variación del índice de precios del período inmediato anterior.
Un punto que no quedó aclarado es qué ocurrirá con el pago de bonos, si bien fuentes del Gobierno afirmaron que continuarán. El jueves último se publicó en el Boletín Oficial el decreto 268, que define el pago de una “ayuda económica previsional” de hasta $70.000 para abril; es decir, un refuerzo igual al cobrado en este tercer mes del año.
El decreto reciente establece que cobrarán el bono completo de $70.000 quienes tengan un haber de hasta $134.445,30, y dispone que quienes tengan un ingreso superior al básico y de hasta $204.445,30 percibirán el monto que haga falta para completar esta última cifra. Como según lo anunciado en abril el monto del haber mínimo será superior, esa norma tendría que ser modificada para adecuar sus disposiciones a los nuevos valores de los ingresos.
Si queda ratificado que habrá un bono y que será de hasta $70.000, quienes cobran solo un haber mínimo tendrán un ingreso en abril de $241.516, en términos brutos.
Por la aplicación de la fórmula de movilidad aún vigente, basada en la variación de los salarios y de la recaudación de impuestos que derivan recursos al pago de prestaciones de la Anses, este mes los ingresos tuvieron un reajuste de 27,18%. Es un porcentaje pronunciadamente menor que la inflación esperada para el actual trimestre, de alrededor de 55% según las proyecciones de los economistas que participan del Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) del Banco Central. Así, la pérdida de poder adquisitivo del primer trimestre rondaría el 18%.
Al no otorgar ninguna suba ni bono adicional a los jubilados pese a la muy alta inflación (se abonó en enero y en febrero el mismo refuerzo que se había pagado en diciembre), el Gobierno de Milei logró un superávit en las cuentas públicas en los dos primeros meses de este año, en buena medida por la licuación del gasto previsional.
En 2023 la caída de la capacidad de compra de los haberes fue de entre 14,2% (en el caso del haber mínimo y si se consideran los bonos de cada período, otorgados justamente por la insuficiencia de la fórmula a un grupo de jubilados y pensionados) y 37,4% (en el caso del grupo que percibía un refuerzo en una parte del año, pero dejó de cobrar lo en septiembre ). Los prestatarios que no accedieron nunca a los adicionales en compensación por la inflación perdieron, en tanto, un 32,3%.
Pérdidas acumuladas
Entre 2020 y 2023 la pérdida fue de 32,4% para quienes tienen el haber mínimo (teniendo en cuenta los bonos de cada período); de alrededor de 42% para un grupo de ingresos medios, y de 44,6% para quienes perciben, dados los aportes hechos en su vida laboral, el haber máximo del sistema (en este caso influyó, además de la discrecionalidad en el pago de bonos, la suba diferencial otorgada en marzo de 2020, por decisión del gobierno de Alberto Fernández y Cristina Kirchner).
Con la aceleración de la suba de precios ocurrida en los últimos meses se profundizó la caída del poder adquisitivo. Si se considera lo cobrado en febrero último y se lo compara con lo percibido en ese mismo mes de 2023, quienes cobran el ingreso mínimo tuvieron un poder de compra casi un 29% inferior este año. Un jubilado con un haber bruto de $126.540, que cobró un bono parcial, perdió más de 36% de su poder de compra, en tanto que alguien que en febrero tuvo un haber bruto de $210.900 pudo comprar, con el dinero percibido, un 47,6% menos que lo que podía adquirir con lo cobrado un año atrás, siempre según cálculos hechos por que consideran los reajustes otorgados y la variación del índice de precios.
La actual fórmula de movilidad determina no solo la actualización de las jubilaciones y pensiones del régimen general contributivo de la Anses. También se rige por el índice que resulta del cálculo las pensiones no contributivas, la Asignación Universal por Hijo (AUH), los pagos por hijos y por diferentes acontecimientos correspondientes al salario familiar del sistema de empleo formal, los aportes previsionales de los autónomos, las remuneraciones mínima y máxima para el cálculo de los aportes a la seguridad social y los valores del régimen del monotributo.ß