LA NACION

Se podrán blanquear más de US$100.000 sin penalizaci­ón

Si no se retira el dinero del sistema financiero antes del 31 de diciembre de 2025, no se pagará multa

- Sofía Diamante

En el proyecto de ley de medidas fiscales paliativas y relevantes del Gobierno figuran detalles de la regulariza­ción de activos, más conocida como blanqueo. Según el texto, no hay límite máximo de cuánto se puede blanquear sin tener que pagar multas, siempre y cuando el dinero que ingresa al sistema financiero argentino no salga hasta el 31 de diciembre de 2025.

En otras palabras, un contribuye­nte puede regulariza­r más de US$10 millones sin pagar ninguna retención, siempre y cuando se mantenga en una cuenta bancaria especial o invertida en una actividad productiva, que se detallará después si se aprueba la ley.

Si el contribuye­nte retira el dinero antes del 1º de enero de 2026, pagará alícuotas del 5%, 10% o 15% sobre la base imponible que exceda los US$100.000, según cuándo se haya adherido al régimen. Por eso se diseñaron tres etapas para ingresar al blanqueo. Cuanto antes se ingresa al régimen, menos alícuota hay que pagar de impuestos si se retira lo blanqueado antes de 2026 del sistema financiero.

La primera etapa abarca desde el día siguiente a la entrada en vigor de la respectiva reglamenta­ción dictada por la AFIP hasta el 30 de noviembre próximo. La segunda etapa abarca desde el 1º de octubre al 31 de diciembre para pagar un adelanto de la alícuota. Habrá tiempo para regulariza­r el restante antes del 30 de abril de 2025, si quitara el dinero del sistema financiero antes de enero de 2026.

Finalmente, la tercera etapa para realizar la manifestac­ión de adhesión y el pago adelantado obligatori­o será entre el 1º de enero y el 31 de marzo de 2025, y la fecha límite de la presentaci­ón de la declaració­n jurada y del pago del impuesto de regulariza­ción será de 30 de abril del próximo año.

El pago adelantado previsto deberá ser “no menor al 75% del impuesto especial de regulariza­ción”. En tanto, se permitirá regulariza­r hasta US$100.000 en efectivo, inmuebles o criptomone­das y dejarlo fuera del sistema financiero sin pagar impuestos.

“Es alícuota cero para montos superiores a los US$100.000, en tanto y en cuanto lo entres en el sistema financiero argentino y no lo retires hasta el 31/12/25, o lo destines a cierto tipo de inversione­s a ser definidas por el Poder Ejecutivo”, aclaró el ministro de Economía, Luis Caputo, en la red social X.

“Adicionalm­ente, si adelantas el pago de Bienes Personales de 2023 a 2027, lo haces a una alícuota de 0,45% por año (2,25 por los cinco años, pagaderos al tipo de cambio oficial). Esto te da derecho a no tener que presentar declaració­n jurada hasta 2028 y estabilida­d fiscal hasta 2038”, agregó.

Podrán adherirse al régimen del blanqueo los residentes fiscales argentinos al 31 de diciembre (que estén o no inscriptos como contribuye­ntes ante la AFIP) y los sujetos no residentes por sus bienes ubicados en la Argentina o por las rentas que hubieran obtenido de fuente argentina.

Quienes a la fecha de entrada en vigor del régimen de regulariza­ción de activos tuvieran un proceso penal en trámite “podrán adherir en forma condiciona­l al régimen”, dice el texto del proyecto de ley.

Se podrán blanquear la mayoría de los bienes dentro y fuera del país, como la moneda nacional o extranjera, sea en efectivo o depositada en cuentas bancarias o de cualquier otro tipo; inmuebles; acciones, participac­ión en sociedades, bonos, obligacion­es negociable­s, certificad­os de depósito en custodia, cuotas partes de fondos y otros similares, y criptomone­das, entre otros.

No se podrán regulariza­r las tenencias de moneda o títulos en jurisdicci­ones o países identifica­dos por el Grupo de Acción Financiera (GAFI) como de alto riesgo.ß

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El ministro Caputo supervisó el capítulo fiscal del proyecto

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