LA NACION

Por la nueva modalidad de reajustes, las jubilacion­es subirán en mayo un 11%

Según lo establecid­o, los haberes aumentan siguiendo la variación de precios de dos meses atrás; cómo quedan los montos

- Silvia Stang

Los haberes previsiona­les del sistema que gestiona la Anses tendrán un reajuste del 11% en mayo. Será así porque el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 274, referido a la actualizac­ión de las jubilacion­es, estableció que en ese mes los ingresos tendrán una suba de un porcentaje equivalent­e a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de marzo, es decir, un aumento igual a la inflación. El Indec informó ayer que el índice del tercer mes del año fue, justamente, de 11%.

De esta manera, la jubilación mínima pasará de $171.283,31 a un monto de alrededor de $190.124, en tanto que la máxima subirá de $1.152.574,47 a $1.279.358. Los números mencionado­s son valores en bruto y aproximado­s (muy probableme­nte sean algo más elevados), porque las cifras exactas dependerán de los decimales que tenga el índice que finalmente se utilice. Antes de mayo deberán oficializa­rse los números con una resolución.

La recomposic­ión del 11%, que será para todos los niveles de ingresos, se aplicará sobre los haberes de este mes, que, a su vez, tienen incluido un aumento de 27,4% respecto de las cifras de marzo. Entre marzo, abril y mayo, el incremento acumulado será de 79,9%. Ese es el reajuste, en rigor, acumulado desde el inicio del año, ya que en enero y en febrero no hubo ninguna mejora.

En los primeros tres meses de 2024 la inflación fue de 51,6%, según consigna el informe del Indec difundido ayer por la tarde; en marzo las prestacion­es tuvieron su primera suba en el año, y en ese mes los jubilados pudieron comprar con sus ingresos, tomando como referencia el IPC del Indec, un 16% menos de lo que habían podido adquirir en diciembre pasado con lo percibido en ese entonces (en febrero, la pérdida contra el último mes de 2023 había trepado al 26,8%).

El aumento otorgado en marzo fue de 27,18%, porque ese fue el resultado de la fórmula de movilidad vigente desde 2021, que ahora el Gobierno busca dejar atrás. Para el actual mes se estableció, por DNU, un alza de 27,4%, un índice que resulta de acumular un “incremento extraordin­ario” (tal como lo llama el decreto) de 12,5% y el porcentaje de variación del IPC de febrero, que fue de 13,2%. Y en mayo, tal como se consignó, correspond­erá un 11%.

Sin definición sobre el bono

Si bien puede conocerse ya el porcentaje de la suba del mes próximo, aún no se sabe qué ocurrirá con los bonos que cobra mensualmen­te un grupo de jubilados y pensionado­s. Para el mes actual, el primero en el cual los haberes propiament­e dichos se actualizan por inflación, el Gobierno decidió mantener el monto hasta $70.0000, luego de que en marzo lo había incrementa­do en un porcentaje muy similar al de la suba de los ingresos por movilidad.

Si se decide seguir a partir de mayo con la misma cantidad de pesos, el refuerzo se seguirá licuando. Y la suba efectiva del ingreso total de bolsillo para quienes cobran la mínima o un poco más, no será de 11%, sino de un nivel inferior (este mes, al no incrementa­rse el bono, la suba del total percibido por quienes tienen el haber básico es de 18%, en lugar de 27,6%).

Luego de años de pérdida de poder adquisitiv­o con la vigencia de dos fórmulas de movilidad y con decisiones discrecion­ales tomadas en 2020 por el gobierno de Alberto Fernández, el DNU 274, de marzo último, establece una nueva modalidad para la actualizac­ión de las jubilacion­es y otras prestacion­es gestionada­s por la Anses.

El decreto publicado en el Boletín Oficial del 25 de marzo dispone la utilizació­n del IPC como valor de referencia para incrementa­r mensualmen­te los haberes, en reemplazo de la fórmula de movilidad de la ley 27.609, que contempla subas trimestral­es, basadas en la variación de lo salarios y de la recaudació­n, y que tiene un tope que en 2023 perjudicó fuertement­e a los jubilados.

La nueva modalidad de reajustes, según se establece, regirá desde julio. Pero la norma del Poder Ejecutivo también incluye disposicio­nes para un período de transición o “empalme”, que se extenderá entre abril y junio. Para ese trimestre, que es el actual, se estableció que se darán aumentos mensuales por IPC, además del ya mencionado incremento extraordin­ario en abril. Concretame­nte, se decidió tomar como referencia la inflación de febrero para la suba de abril, la de marzo para el reajuste de mayo, y la de abril para el incremento de junio.

En el sexto mes del año, el aumento acumulado entre abril y junio se comparará con el resultado de la fórmula de la ley 27.609. Si de este

El mes próximo el haber mínimo será de un monto algo superior a $190.100

El pago de bonos depende de una decisión discrecion­al del Poder Ejecutivo

Los ingresos acumularán un reajuste de 79,9% entre marzo y mayo

cálculo surge un porcentaje superior al de la mejora aplicada, se les pagará la diferencia a los jubilados. Si el índice, en cambio, es inferior, no se modificará nada y las alzas dadas quedarán incorporad­as a los haberes mensuales.

Si bien con la nueva modalidad de aumentos se frena la pérdida de las jubilacion­es frente a la suba de precios, lo cierto es que en los últimos tiempos se acumuló una muy fuerte caída. En el período de 12 meses finalizado en febrero, el valor real de los ingresos cayó 29%, 47% o 44%, dependiend­o de la situación frente a los bonos: si se los percibió en todo el período considerad­o (entre marzo de 2023 y febrero de 2024), si se los cobró durante unos meses y luego ya no, o si nunca hubo acceso a ellos. Entre diciembre de 2019 y ese mes de 2023 el deterioro acumulado fue de entre 32,4% y 44,6%.ß

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archivo Desde el actual mes de abril, las jubilacion­es y pensiones suben siguiendo el IPC

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