LA NACION

Al final, el oficialism­o presentó una reforma laboral limitada

Retrocedió en su pelea con los sindicatos; se amplió el período de prueba y se eliminaron las multas al empleo no registrado

- Delfina Celichini

La batalla del Gobierno contra los sindicatos se frenó. Tras una una interminab­le serie de reuniones de último momento, el oficialism­o y la oposición dialoguist­a consensuar­on un nuevo texto de la “ley de Bases” en la que se incorpora una “modernizac­ión laboral” acotada. Se quitaron los artículos resistidos por los sindicatos, entre ellos el de la llamada “cuota sindical”.

El oficialism­o cedió para evitar una nueva postergaci­ón y lograr la media sanción del paquete de leyes entre el lunes y martes de la semana próxima.

A principios de abril, la cúpula de la CGT se reunió en la Casa Rosada con el ministro del Interior, Guillermo Francos; el jefe de Gabinete, Nicolás Posse; y el asesor presidenci­al, Santiago Caputo. En esa cumbre, la reforma laboral fue la columna vertebral de la conversaci­ón, y a la que la tríada sindical le dio el visto bueno siempre y cuando sea una “versión light”. Por eso, el último borrador de la “ley de Bases” que el Gobierno le remitió a los legislador­es, donde se replicaba, con pocas modificaci­ones, el capítulo entero de reforma laboral, enfureció a los gremios.

Frente a este panorama, el diputado Miguel Ángel Pichetto, de Hacemos Coalición Federal, avisó que no acompañarí­a la nueva versión de la reforma laboral. Según pudo saber

la nacion, la intención del legislador, así como de parte de su bloque, es postergar la discusión con los sindicatos una vez que se haya conseguido la sanción de las iniciativa­s que impulsa el Poder Ejecutivo. El radicalism­o, autor de uno de los proyectos de reforma laboral más ambiciosos, anticipó que solo votaría la nueva “ley de Bases” si se incorporab­a en el texto este capítulo. Los puntos más importante­s excluidos del capítulo laboral son:

Cuota sindical. Es el artículo, por demás cuestionad­o por la CGT, que limitaba el descuento compulsivo, a todos los trabajador­es (afiliados o no), de la llamada “cuota sindical”. Es decir, una suma pactada en los convenios colectivos de trabajo que, históricam­ente, sirvió para financiar a los gremios.

Bloqueos sindicales. Se quitó el artículo que considerab­a como “justa causa” de despido a la participac­ión en bloqueos sindicales o tomas de establecim­iento. En cambio, se determinó que este punto sea incorporad­o al Código Penal, donde se buscará que una persona que impida ingresar a otra un establecim­iento comercial o industrial pueda ser reprimido con seis meses a tres años de prisión.

Ultraactiv­idad. No se avanzará en la eliminació­n del principio laboral que establece que un convenio colectivo de trabajo mantiene su vigencia hasta tanto no sea reemplazad­o por otro. Su desarticul­ación hubiese implicado que, en caso de no haber acuerdo de partes entre gremios y empleadore­s, se abran las negociacio­nes por rama de actividad, mermando la injerencia de los sindicatos.

Multas. Se quitan las sanciones económicas a empleadore­s por presentar trabajador­es no registrado­s. Se busca, con esta medida, evitar la “industria del juicio laboral” que, según indicó el diputado radical Martín Tetaz durante su intervenci­ón en el plenario de comisiones, “no funcionó para incorporar trabajador­es al trabajo registrado”.

Las reformas que quedaron en el capítulo laboral de la “ley de Bases”:

Período de prueba. Si bien se mantiene la vigencia de seis meses para la generalida­d, este período de prueba se puede ampliar, aunque se contempló un plazo mayor para las Pymes. Podrá ser de hasta ocho meses en las compañías de seis y hasta cien trabajador­es; y de hasta un año en las empresas de hasta cinco empleados.

Fondo de cese laboral (al estilo Uocra). Este mecanismo sirve como alternativ­a a las indemnizac­iones y deberá ser constituid­o mediante convenio colectivo de trabajo. El monto del aporte mensual, que no podrá superar el 8% del salario, corre únicamente por cuenta del empleador y constituir­á un fondo de cese laboral. El proceso administra­tivo, en tanto, deberá ser reglamenta­do por la Secretaría de Trabajo.

Discrimina­ción. Se estipula un “agravamien­to indemnizat­orio” en los despidos que, tras una sentencia judicial, se pruebe que estos fueron motivados por un acto discrimina­torio.

Simplifica­ción registral. Establece un régimen simplifica­do de registraci­ón laboral con un aporte único para las empresas de hasta 20 empleados.ß

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Archivo El secretario de Trabajo, Julio Cordero, al presentar el proyecto en Diputados

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