“Soluciones más respetuosas”
El procurador fiscal ante el superior tribunal, Víctor Abramovich, fue el primero en fijar su posición.
Explicó que el Código Civil y Comercial asigna el conocimiento de los procesos relativos a menores al tribunal en el cual se sitúa su centro de vida, entendido como el lugar donde los menores hubiesen transcurrido en condiciones legítimas la mayor parte de su existencia.
"La elección debe hacerse sopesando cuál de ellos (los padres) estará en mejores condiciones para alcanzar el amparo integral de los derechos fundamentales de este niño. En esa tarea, no puede soslayarse que los niños residen establemente con su madre y se encuentran escolarizados en Tres Arroyos, marco en el cual la proximidad de la que gozan los jueces locales constituye un arbitrio ciertamente relevante en el plano de la efectividad de la labor tutelar", sostuvo Abramovich.
Antes de darle paso a la Corte, y teniendo en cuenta el tenor del conflicto y "la duplicidad" de las órdenes judiciales referidas al mismo caso, aconsejó que "los padres, en primer término, y los jueces en su ministerio ordenador, profundicen esfuerzos para llegar lo antes posible a las soluciones más respetuosas de los derechos de J.M.C. y C.C.".
Una vez que recibió el caso, la semana pasada, la Corte adhirió al planteo del procurador, para que en el caso intervenga el fuero de Familia de Tres Arroyos. Lo votaron los doctores Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.
Antes de cerrar el fallo, también exigieron que "este tribunal (el tresarroyense) deberá profundizar esfuerzos para alcanzar -con la celeridad que el caso ameritaaquellas soluciones más respetuosas de los derechos de los niños J. M. C. y C.C.".