La Nueva Domingo

Las tarjetas: otro problema que se torna recurrente

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La misma sala. A fines de 2014, la Sala I de la Cámara Civil condenó a la firma American Express por daño moral contra un ingeniero bahiense que en ese momento tenía 51 años.

Sin consumo. La firma le reclamaba una deuda por el uso de la tarjeta pero el cliente aseguró haberla recibido pero no usarla.

Veraz. Esa situación le generó trastornos económicos y de salud, puesto que fue incluido en el Veraz, como deudor incobrable. También le negaron un crédito hipotecari­o para llegar a su primera vivienda.

“Pisoteado”. El damnificad­o dijo haberse sentido “pisoteado su buen hombre y honor”.

Informació­n. Para la Cámara Civil la ley del consumidor marca, claramente, que la obligación de brindar la informació­n “es de la entidad” y por eso condenaron a American Express a pagarle al demandante 20 mil pesos más intereses.

Deber. "Quienes (...) comerciali­cen cosas o presten servicios deben suministra­r a los consumidor­es, en forma cierta y objetiva, informació­n veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las caracterís­ticas de los mismos”, refirió la Cámara sobre la normativa.

Era esencial. En este caso -agregaron los jueces- la no gratuidad del servicio de la tarjeta de crédito (le cobraron el segundo año cuando estaba bonificada por dos) "aparece como informació­n esencial".

Indicio. Fue la propia empresa la que eliminó "la deuda". "Nadie graciosame­nte, y sin razón alguna, en especial una organizaci­ón financiera cuyo norte es el lucro, cancela sin previo pago una deuda que mantenía en reclamo y que llegó a calificar de incobrable", afirmaron.

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