Seguirá en la cárcel una mujer acusada de administrar un “quiosco” de drogas
Confirman un fallo que negó el beneficio a la condenada Milagros Rojas. Hace dos meses recibió otra pena por formar parte de una banda que preocupaba a Ingeniero White.
I de la Cámara Penal confirmó que Milagros Daiana Rojas continuará en la cárcel. Ya tiene dos condenas por venta de drogas.
Las denuncias y reclamos ante las autoridades, realizados por varios vecinos de Ingeniero White, permitieron recientemente condenar a siete personas vinculadas con la venta de drogas en esa localidad.
Una de ellas es Milagros Daiana Rojas, a quien a mediados del año pasado le revocaron el arresto domiciliario y ahora recibió su segunda sentencia por delitos vinculados con estupefacientes.
En las últimas horas, la Sala I de la Cámara Penal rechazó una presentación del defensor oficial Alejandro Figueroa Prieto y confirmó la decisión del juez de Ejecución Penal Nº 1, Claudio Brun, quien negó el beneficio de salidas transitorias para la joven.
Rojas fue sentenciada el 7 de octubre de 2019, por el Tribunal en lo Criminal Nº 2, a 6 años de prisión como coautora del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en dosis fraccionadas para consumo.
Tiempo después le otorgaron una morigeración de su detención y fue trasladada a su domicilio, aunque el 6 de julio de 2020 la medida fue revocada (confirmada por la Cámara) y regresó a la Unidad Penal Nº 4 de Villa Floresta.
A fines de mayo, en el marco de otra causa analizada por el Tribunal en lo Criminal Nº 1, recibió en un juicio abreviado una nueva pena, de 6 años y medio de prisión.
Los motivos
Los camaristas Gustavo Barbieri y Pablo Hernán Soumoulou analizaron la apelación presentada por el defensor de la mujer y coincidieron en que “no se encuentra en condiciones de gozar del beneficio requerido”.
Señalaron que al momento de rechazar el pedido, el juez de Ejecución Penal valoró las conclusiones de los profesionales del Departamento Técnico Criminológico de la cárcel bahiense, que resultaron desfavorables respecto al otorgamiento de las salidas transitorias.
Indicaron que más allá “de sostener una satisfactoria adaptación en el marco de su proceso de encierro”, el inmueble propuesto para contenerla está habitado por una persona que sufre discapacidad cognitiva y que se encuentra al cuidado de otra que permanece allí con arresto domiciliario por un delito de características similares al que la condenaron.
Por ello, consideran “di
ficultoso establecer el grado de contención que pudieran brindarle en caso de egreso”.
También tomaron en cuenta el beneficio que le revocaron a mediados del año pasado.
"Faltó a la confianza"
Los jueces sostuvieron que los conceptos de los peritos “distan de ser una apreciación basada en aspectos relacionados a una posición moral en relación al hecho por el que se la condenara, ni tampoco resultan insuficientes”.
Señalaron además la razón por la que debe ser considerado el informe, mencionando que los “cuestionamientos y motivos” expuestos por el defensor “no pasan de ser una opinión divergente a la sustentada por el magistrado de Ejecución”.
También destacaron que Brun ponderó la revocatoria del arresto domiciliario, lo que comparten y señalan como una acción “demostrativa de que ha faltado a la confianza jurisdiccional otorgada”.
En este sentido, refirieron que el juez valoró “la importante y positiva evolución de Rojas en las condiciones de encierro penitenciario", aunque resultan “insuficientes frente a los demás aspectos evaluados”.
Por todo ello, resolvieron rechazar la apelación de la defensa y confirmar el fallo que negó a la mujer el pedido de salidas transitorias.