Regularización de deudas previsionales del sistema de salud
En este momento es determinante la aprobación de una ley como esta que ya tuvo media sanción del Senado.
El Proyecto de ley del 12 de noviembre de 2013 y la media sanción del Senado del 3 de diciembre de 2014, denominado Regularización de deudas previsionales del sistema de salud, faltó la aprobación por Diputados en 2015, año electoral.
Entiendo que en este momento es determinante la aprobación de una ley como esta que tuvo media sanción del Senado, por las circunstancias ya descriptas en los fundamentos, expuestos en el proyecto de ley ingresado en el senado el 12 de noviembre de 2013, a los cuales al día de hoy debemos sumarle los efectos que dejó la pandemia de Covid-19.
Los efectores de salud más afectados son aquellos que podemos denominar como semipúblicos ya que el 40 o 50% de su ingreso proviene de PAMI y la obra social Provincial (IOMA) y llegan al 85% de su recaudación mensual con la recaudación de obras sociales Sindicales o no prepagas.
El nuevo proyecto de Ley debiera ser igual en plazo 180 meses y en tasa de interés del 6% anual, incluir en el plan hasta los aportes correspondientes al mes que entra en vigencia la Ley y un plazo de gracia de 6 meses para comenzar a pagar la cuota correspondiente al plan, que se pagaran mensualmente de acuerdo al sistema de amortización denominado Alemán invertido.
Es de destacar que este plan no necesita aporte de dinero de parte del Estado, el cual recaudará el importe de las cuotas del plan y el sistema dejará de acumular deuda que no podrá pagar de otra forma y contribuirá a la estabilidad del sistema de salud.
Los efectores de salud más afectados son aquellos que podemos denominar como semipúblicos.