La figura del despachante de aduana en la actualidad del comercio exterior
El decreto del Poder Ejecutivo que establece las “Bases para la reconstrucción de la economía argentina” elimina los registros para los despachantes de aduana actuales.
El 21 de diciembre, el Poder Ejecutivo Nacional publicó el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, que establece las “Bases para la reconstrucción de la economía argentina”.
En su Título IV, relacionado con el comercio exterior y con el objetivo de facilitar el comercio internacional, se propusieron modificaciones a la Ley 22415.
Entre las modificaciones más destacadas se encuentra la eliminación de los registros para los despachantes de aduana. Estableciendo que las personas humanas y jurídicas podrán solicitar por si destinaciones aduaneras y realizar operaciones de comercio exterior sin la necesidad de inscribirse en ningún registro.
Además, se elimina la obligación de acreditar conocimientos específicos en materia aduanera para ejercer como despachante de aduana.
Considerando la definición de las funciones del despachante de aduana establecidas en el artículo 36 del Código Aduanero, estas modificaciones que suprimen los registros de despachantes de aduana, desconociendo su función como auxiliar del servicio aduanero, podrían tener consecuencias negativas en el adecuado ejercicio del control aduanero sobre las importaciones y exportaciones de mercaderías, que es el bien jurídico protegido por la aduana.
Además, el desconocimiento de la idoneidad del despachante de aduana, sin considerar la complejidad de realizar una destinación aduanera, podría acarrear problemas económicos graves para las empresas e incluso consecuencias penales para quienes documenten destinaciones que no se ajusten a la normativa vigente.
No se comprende clara
mente cuál fue el objetivo real al intentar suprimir la figura del despachante.
Si fue por facilitar el comercio, podría generar el efecto contrario al obstaculizar la labor diaria de la aduana.
Por ejemplo, desde hace varios años se delegaron en los despachantes de aduana funciones que desempeñaba el servicio aduanero en cuanto a la clasificación arancelaria y valoración de mercaderías, lo que, si bien aumentó las responsabilidades de los despachantes, también re- dujo los tiempos operativos de la aduana.
Con el decreto, se establecieron mecanismos mediante los cuales un importador puede solicitar a la aduana la valoración y clasificación arancelaria, lo que podría causar demoras significativas en los tiempos de respuesta y operativos de las aduanas, que a menudo están sobrecargagar das de trabajo.
Aunque ya existían mecanismos de consulta clasificatorios, eran la excepción y no la norma para los casos que actualmente se presentan ante la aduana de manera continua por diversos operadores que desconozcan como realizar la labor.
Por lo tanto, descartamos que el motivo real de la implementación de las reformas haya sido la facilitación del comercio. Si se buscaba reducir los costos operativos eliminando la intervención de un despachante de aduana, los honorarios de un profesional cualificado no son significativos en el costo total de una importación o exportación. Sin embargo, prescindir de personal idóneo puede acarrear diversos inconvenientes que serán muy costosos para la empresa.
Dadas las cuestiones mencionadas anteriormente, parece que esta medida se tomó más por desconocimiento de la actividad del despachante de aduana que por la facilitación del comercio o la reducción de costos operativos buscados. Los Despachantes de Aduana son un eslabón fundamental en la cadena, facilitando el comercio internacional en lude obstaculizarlo. Por lo tanto, es sumamente recomendable seguir utilizando la figura del despachante de aduana por parte de las empresas, ya que les permitirá reducir costos, tiempos operativos y evitar diversas sanciones que pueden recaer en penas que ocasionaran grandes pérdidas económicas a las empresas.
Para más información escribirnos al siguiente mail: comercioexterior@uibb.org.ar
La medida desconoce la idoneidad del despachante de aduana para cumplir las tareas del comercio internacional.