Rechazaron la excarcelación a los detenidos por la causa UOCRA
El juez de Garantías Nº 2, Guillermo Mércuri, resolvió rechazar el pedido de excarcelación respecto de la totalidad de los acusados en la investigación penal.
El monto de la pena prevista para los delitos que les imputan, la imposibilidad de que la sanción resulte de cumplimiento condicional y la existencia de peligro de fuga, fueron los tres elementos tomados en cuenta para rechazar el pedido de excarcelación de los 14 sindicalistas de la UOCRA detenidos en el marco de la causa por asociación ilícita y extorsión.
La resolución fue adoptada en la víspera por el juez de Garantías Nº 2, Guillermo Mércuri, a partir de la solicitud presentada por la defensora oficial Fabiana Vannini, quien representa a Roberto Sabino Ríos, arrestado el lunes pasado tras presentarse en la fiscalía.
Esta situación determinó que el magistrado debiera pronunciarse también respecto del resto de los procesados en la investigación que lleva adelante el fiscal Gustavo Zorzano.
Estos son Humberto Monteros, José Burgos, Pablo David Gutiérrez, Nelson Damián Cabrera, Carlos Ariel Carrillo, Mario Matías González, Raúl Ernesto Erbín, Sergio Daniel Vázquez, Aníbal Alejandro Aranda, David Ezequiel Muñoz, Guillermo Molina, Sebastián Canale y Walter Paiz.
Mércuri consideró que de acuerdo a la escala penal prevista para los hechos imputados no se cumple el requisito establecido por el artículo 169 del Código Procesal Penal provincial, que establece la posibilidad de acceder al beneficio cuando el delito que se atribuye contempla una sanción máxima que no supere los 8 años.
Del mismo modo, sostuvo que "conforme el mínimo legal, tampoco podría encuadrarse la situación en las previsiones del inciso 3º del citado artículo, ya que de recaer condena la misma sería indefectiblemente de cumplimiento efectivo, sumado a la pluralidad de hechos de extorsión y el concurso real de delitos, teniendo en cuenta que en ambos casos el mínimo de la pena parte de cinco años y se extiende con respecto a la totalidad de los mismos hasta un máximo de 50 años".
Por otra parte, el juez señaló que a esta altura es “razonable sostener la presencia de un riesgo cierto de fuga”.
En este sentido, indicó que resulta válido presumir que si el imputado recuperara la libertad “se verían frustrados los fines del proceso”.
En el caso de Ríos, además de rechazar las postulaciones de su abogada en cuanto a que no sería miembro de una asociación ilícita y que en caso de ser condenado le podría corresponder una pena condicional, indicó que pesaba sobre su persona una orden de captura desde el 12 de enero.
Mencionó también que la repercusión del caso en medios locales, provinciales y nacionales determinó la imposibilidad de que no conociera esa situación.
Refirió que el acusado apareció como “públicamente prófugo” en el video que llegó a los medios locales días previos a presentarse en la fiscalía.
Por todo ello, Mércuri decidió no hacer lugar a la excarcelación de los imputados.
Finalmente, trascendió que hasta el 10 de febrero el fiscal Zorzano tiene tiempo para solicitar la prisión preventiva de los acusados.