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La Cámara Penal confirmó el fallo del juzgado de Ejecución rechazando el beneficio para un hombre condenado a nueve años de prisión por un crimen ocurrido en Pedro Luro.
Deberá continuar detenido en la cárcel de Saavedra un hombre condenado a 9 años de prisión por un crimen ocurrido a mediados de 2013 en Pedro Luro, luego que la Cámara Penal bahiense confirmara el fallo por el que se le negó el beneficio de libertad condicional.
La Sala II, con los votos de los jueces Guillermo Emir Rodríguez, Alfredo Hernán Mones Ruiz y Guillermo Petersen, ratificó la decisión del juez de Ejecución Penal Nº 1, Claudio Brun, quien rechazó la solicitud realizada por el defensor de Luis Roa (23).
Los camaristas determinaron que uno de los elementos considerados por el magistrado para no hacer lugar al pedido fue el informe elaborado por el Departamento Técnico Criminológico de la Unidad Penal Nº 19.
Los profesionales que evaluaron al detenido sostuvieron que "resulta inviable su incorporación al régimen", sugiriendo que "continúe participando de actividades tratamentales".
También señalaron elementos de tenor cautelar en la evaluación psicológica.
Indicaron que respecto del hecho, Roa manifiesta "una tendencia a proyectar su responsabilidad en la figura de su compañero de causa (un menor de edad)".
Del mismo modo, observaron "dificultades para subjetivizar esta experiencia de encierro" y "rasgos impulsivos presentes en su personalidad, aunada a su consolidada tendencia para tramitar conflictos mediante la acción en detrimento de la palabra".
Por todo ello, no hicieron lugar a la apelación presentada por el defensor oficial Alejandro Daniel Figueroa Prieto y confirmaron la decisión por la cual se negó el beneficio solicitado por el detenido.
El asesinato se produjo el 17 de mayo de 2013. Tras una discusión en un bar, Carlos Alberto Ibarra fue atacado por dos personas y recibió una puñalada.
El caso
En septiembre de 2014, en el marco de un juicio abreviado, la jueza del Tribunal en lo Criminal Nº 3, Daniela Fabiana Castaño, sentenció a Roa por el crimen de Carlos Alberto Ibarra (29).
Se probó que alrededor de las 4 de la madrugada del 17 de mayo de 2013, en el patio de la vivienda ubicada en la calle 4, número 33, de Pedro Luro, el acusado y un menor de edad atacaron a Ibarra con una llave para quitar ruedas y un arma blanca, luego de perseguirlo hasta allí desde el bar El Gauchito, situado a unos cien metros de distancia.
Una puñalada que recibió la víctima en la región torácica le produjo heridas mortales, ya que le interesó el corazón.
La responsabilidad de los imputados fue probada a partir del testimonio de una persona que se encontraba en el local y observó la discusión entre la víctima y sus agresores.
También declaró el dueño de una casa a la que Ibarra habría pretendido ingresar para ponerse a salvo.