“No es no”: confirmaron la preventiva de un hombre acusado de abuso sexual
El hecho sucedió en septiembre pasado, durante una fiesta en una localidad cercana a Tres Arroyos. El procesado tiene 41 años y la víctima, 15. Cuando estaban a punto de mantener relaciones consentidas, la chica se negó pero fue forzada.
El 19 de septiembre pasado, dos amigas de 15 años fueron voluntariamente a una fiesta en la casa de un hombre mayor.
Música, tragos, charla, todo transcurría con cierta normalidad hasta que uno de los concurrentes, de 41 años, quiso intimar con una de las chicas.
La menor primero dijo que no, aunque después de sufrir cierta presión psicológica aceptó, pero ya en una habitación, cuando estaban desnudos, fue forzada a tener relaciones.
Su amiga, en una pieza contigua, escuchó las quejas y "la rescató". Ya en la cocina, la víctima lloró con desconsuelo y luego de superar el primer trauma permanecieron un rato más en la vivienda, aunque cuando se retiraron, finalmente, hicieron la denuncia.
C.H.P. fue detenido y acusado de violación.
El hombre no tiene relación de parentesco con la joven aunque no se lo identifica en la nota para preservar a ella, porque el hecho sucedió en una localidad pequeña y la difusión de datos puede generar perjuicios en la víctima.
La justicia de Garantías dictó la prisión preventiva de C.H.P. y en los últimos días la Cámara Penal de Bahía Blanca rechazó una apelacion y confirmó esa medida.
El acusado, de ser condenado, podría recibir de 6 a 15 años de prisión.
La defensora Elisa Hospitaleche recurrió la decisión de la jueza subrogante de Tres Arroyos, Verónica Vidal, y pidió la libertad de su asistido.
Dijo que no se probó la materialidad del delito y que se había hecho uso, como medio de prueba, de mensajes de WhatsApp del acusado sin repestar su derecho a la intimidad.
Por último, planteó que en caso de ser imputado el hecho debía encuadrarse como estupro y que, en definitiva, "no se trataría de una situación de abuso sino de gusto" por lo cual la chica desistió de mantener relaciones.
Audios delatores
Los camaristas Pablo
Soumoulou y Gustavo Barbieri, de la Sala I, desacreditaron los argumentos de la defensa.
En principio consideraron que la transcripción de los mensajes de WhatsApp de C.H.P. a un amigo que también había concurrido a la fiesta -mediante los cuales admitía el encuentro sexual- "no ha implicado una afectación al derecho a la privacidad".
Es que la justicia había autorizado a la fiscalía secuestrar el celular y conocer las comunicaciones relacionadas con el hecho que era investigado y, por otro lado, al momento de ser indagado, acompañado por su defensa, nada se planteó al respecto.
Sobre el contenido, la Cámara opinó que se trata de "manifestaciones espontáneas, voluntarias y sinceras que surgen de una charla con un amigo".
"...se quedaron en la cocina hablando y lloraba la loquita esta...así que me cortó el p..., no, no pude c..., o sea un rato nomás, no pude terminar de c...(risas), qué calentura", mencionó en un audio el procesado.
Al día siguiente volvió a comunicarse con su amigo para volver a referirse al tema: "5 minutos se la puse a la loca, no es que, eh, no es que coso, que estuve media hora c...qué pruebas va a tener de mi? Es la palabra de ella contra la mía, también me la pone doblada porque es menor...".
"Resultan contundentes los audios donde el imputado expresamente manifestó haber accedido carnalmente a la joven (...) y le expresó a su amigo (...) su preocupación por las resultas de este proceso judicial", sostuvieron los camaristas.
"Aquí el punto central no se encuentra en la edad de la víctima o su inmadurez, sino en la rotunda negativa de...(la víctima) a mantener relaciones sexuales con el imputado, quien no acató la voluntad de la víctima y ejerció violencia psicológica y física sobre ella para cometer el abuso", explicaron.
Y aludió a antecedentes de la Suprema Corte de Justicia bonaerense.
"El consentimiento no podrá inferirse del silencio o de la falta de resistencia de la víctima a la supuesta violencia sexual" y "la credibilidad, la honorabilidad o la disponibilidad sexual de la víctima o de un testigo no podrán inferirse de la naturaleza sexual del comportamiento anterior o posterior de la víctima o de un testigo".
Por otro lado, el informe médico realizado tras la denuncia marca que la chica presentaba "angustia" y que tenía "lesiones compatibles con contacto sexual reciente".
La psicóloga que la entrevistó, en tanto, consideró su discurso "coherente" y que demuestra "preocupación y malestar en cuanto a la actitud de 'la gente' de su ciudad luego de la denuncia".
Probado el delito y la autoría, y teniendo en cuenta la pena en expectativa, la justicia dispuso que C.H.P. continúe preso, al menos hasta el juicio.