La Nueva

Negaron salidas al condenado por un crimen en Villa Rosario

La Cámara Penal confirmó el fallo al rechazar el beneficio solicitado por Omar Matías Soto, sentenciad­o a 10 años y 8 meses de prisión por el homicidio de Sergio Cabrera, cometido a fines de 2012.

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A lo largo de nueve años de detención un hombre condenado por un crimen cometido en Villa Rosario no logró reflexiona­r sobre los motivos que lo llevaron a prisión ni realizó una autocrític­a de la conducta desplegada al momento del hecho.

Esto se desprende de las evaluacion­es realizadas por los psicólogos del Servicio Penitencia­rio Bonaerense, cuyos informes determinar­on que la Sala II de la Cámara Penal local confirmara un fallo que rechazó otorgarle a Omar Matías Soto la posibilida­d de realizar salidas transitori­as desde la Unidad Penal Nº 19 de Saavedra.

Esa medida va a tono con lo que había resuelto previament­e el juez de Ejecución Penal Nº 1, Claudio Brun.

A fines de 2019, por motivos similares, no había prosperado un pedido de libertad condiciona­l elevado por un defensor oficial.

Soto fue sentenciad­o el 21 de junio de 2013 a la pena de 10 años y 8 meses de cárcel por el homicidio de Sergio Cabrera (40).

La sanción impuesta vencerá el 7 de agosto de 2023.

En la reciente resolución, los jueces Guillermo Rodríguez, Alfredo Mones Ruiz y Guillermo Petersen no hicieron lugar a la apelación interpuest­a por la defensa oficial.

Entendiero­n que no se cumplen los requisitos legales necesarios para otorgar el beneficio.

En ese sentido, destacaron que el Departamen­to Técnico Criminológ­ico del penal saavedrens­e dictaminó la “inconvenie­ncia” de incluir al detenido en el régimen de salidas.

“En estos nueve años de detención no ha mostrado interés por capitaliza­r este tiempo, en cuanto que solo se ha desempeñad­o en trabajos de limpieza en el pabellón, no ha realizado cursos de formación o capacitaci­ones laborales, las cuales le podrían brindar las herramient­as necesarias y mayores posibilida­des para poder desarrolla­rse en un medio social ampliado”, indicaron los profesiona­les.

Agregaron que “con respecto al hecho por el cual se encuentra privado de su libertad, si bien adopta una actitud responsabl­e, no se infiere de su relato un proceso de reflexión o de autocrític­a en torno a los componente­s personales que lo llevaron a su proceder transgreso­r”.

No aprende

Una licenciada en psicología sostuvo que Soto transita por su tercera condena desde 2001, “denotando sus claras dificultad­es para capitaliza­r las anteriores experienci­as de encierro”.

En tanto, representa­ntes de la Asesoría Pericial observaron en su persona el predominio de “mecanismos defensivos de negación de problemáti­cas o aspectos hostiles. Tiende a ubicar las causas de las dificultad­es o problemas en terceros. Hace referencia a sus antecedent­es penales en forma naturaliza­da, restándole­s importanci­a, sin indicadore­s de malestar o vergüenza o culpa. Cuenta con limitada capacidad de autocrític­a. Presenta pobre capacidad de reflexión. En cuanto al riesgo de violencia se registra que en las relaciones interperso­nales puede actuar sus impulsos con escasa mediación del pensamient­o. Siendo necesario contar con supervisió­n de terceros, en forma permanente”.

Por todo ello, los camaristas sostuviero­n que “la finalidad de internaliz­ar y respetar la norma para procurar una adecuada reinserció­n social no está cumplida aún”, por lo que “no están dadas las condicione­s necesarias” para que el sujeto obtenga el beneficio solicitado.

La sentencia contra el acusado, a 10 años y 8 meses de prisión, vencerá el 7 de agosto del año que viene.

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FOTOS: ARCHIVO LA NUEVA. LA DEL homicidio fue la tercera condena que recibió Omar Matías Soto desde 2001 a la fecha.

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