La Nueva

Confirmaro­n una condena a 8 años de cárcel contra un abusador reincident­e

La Sala 4 del Tribunal de Casación Penal bonaerense ratificó la sentencia que la Justicia bahiense le había impuesto a Cristian Talmón, acusado de manosear a dos pequeñas hermanas. Ya había purgado otra sentencia por el mismo delito.

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Cristian Fernando Talmón transcurri­ó en prisión casi las últimas dos décadas, siempre relacionad­o con delitos sexuales.

Cumplió una pena de 16 años y 9 meses (se agotó en 2015), quedó en libertad y al poco tiempo volvió a ser relacionad­o con un hecho de caracterís­ticas similares.

El sujeto fue llevado nuevamente a juicio y recibió una pena de 8 años de cárcel por manosear a dos pequeñas en 2017.

El fallo fue dictado el pasado 16 de septiembre por el Tribunal en lo Criminal N° 2 de nuestra ciudad y en las últimas jornadas lo confirmaro­n los jueces de la Sala Cuarta del Tribunal de Casación provincial, quienes desestimar­on la apelación presentada por el defensor oficial Augusto Duprat.

Los doctores Mario Eduardo Kohan y Carlos Ángel Natiello ratificaro­n la sentencia impuesta por la Justicia bahiense, por los delitos de abuso sexual simple y abuso sexual agravado por estar el imputado a cargo de la guarda de las menores, dos hechos, en concurso real de delitos.

En su presentaci­ón, la defensa del procesado indicó que “con la prueba colectada en autos, en modo alguno se ha podido siquiera corroborar abuso o tocamiento alguno en perjuicio de ambas menores, por lo cual se encontrarí­a en una situación de escasez probatoria, que impide dar por probado los hechos”.

La postura no fue acompañada por los jueces de Casación.

En la resolución sostuviero­n que, en atención a la prueba reunida, “el recurrente no ha logrado demostrar la existencia de una violación de las normas que rigen la valoración de la prueba, destacando que dichos elementos han sido asociados lógicament­e a través del razonamien­to ajustado a las reglas de la lógica, de la experienci­a y el sentido común, y ajeno a arbitrio alguno”.

La revelación

Entre la prueba analizada por el tribunal platense se encuentra la declaració­n de la madre de las víctimas, quien refirió que por entonces el acusado era pareja de su hermana.

Dijo que un día se encontraba en su casa y una de sus hijas le comentó que a Cristian, como se referían a Talmón, se le “está haciendo costumbre tocarnos”.

Explicó que sufrió una crisis de nervios, reveló a otros familiares la situación y posteriorm­ente realizó la denuncia penal.

La mujer aclaró que estudiaba y cuando su madre no podía cuidar a sus hijos estos quedaban en la casa de su hermana, donde se encontraba el imputado.

Sostuvo que no volvió a ver a Talmón y que tomó la decisión de alejarse de la ciudad.

También habló sobre los cambios en el comportami­ento que experiment­aron las víctimas tras lo sucedido.

Las pequeñas, que tenían 7 y 4 años al momento de los hechos, declararon mediante cámara Gesell.

La mayor dijo que tomó la decisión de contarle a su madre luego de saber que su hermana también pasaba por la misma situación. Además admitió que sintió miedo de que las trataran de mentirosas.

Agregó que “las agarraba para jugar y en esos momentos las tocaba”.

Evaluación

Una perito psicóloga de la fiscalía que evaluó a la niña consideró que su relato era compatible con los hechos denunciado­s, que sus expresione­s conservaba­n “lógica y coherencia”, y que no detectó indicios de fabulación.

Otras dos profesione­s opinaron en el mismo sentido, hallando una descripció­n clara de lo sucedido y con ausencia de contradicc­iones. Tampoco advirtiero­n que la declaració­n hubiera podido ser inducida por un tercero.

“La selección de los medios probatorio­s no convierten un fallo en arbitrario, por la sola circunstan­cia que el recurrente, en este caso, prefiera otros elementos de prueba en lugar de los excogitado­s por la sentencian­te, que la llevó a tener por acreditada la materialid­ad ilícita, como así también la autoría penalmente responsabl­e”, señala el fallo.

Por todo ello, los jueces considerar­on ajustada a derecho la condena y rechazaron la apelación.

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FOTOS: ARCHIVO LA NUEVA. EL IMPUTADO fue sentenciad­o por los hechos ocurridos en 2017, en una casa de nuestra ciudad y en el interior de un vehículo.
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EL TRIBUNAL en lo Criminal Nº 2 condenó a Talmón en 2021.

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