La Nueva

Confirman la pena por un abuso que fue una pesadilla para un niño de 6

Casación ratificó la condena a 11 años contra un hombre que ultrajó a su hijastro en una vivienda de Villa Nocito.

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Solo algunos meses después de que la Justicia bahiense sentenciar­a a un hombre acusado de abusar sexualment­e de su hijastro, un tribunal superior confirmó la pena y las considerac­iones de los magistrado­s sobre la “pesadilla” que vivió la víctima.

Este tipo de delito deja secuelas físicas y psicológic­as casi imposibles de borrar. Esto es lo que le sucedió al pequeño, quien cuando tenía 6 años fue atacado por su padrastro.

Hasta que comenzó el calvario, este nene -describier­on sus seres queridoser­a “despierto, alegre, vivaz”, pero luego de ser ultrajado padeció cambios de conducta, temor y otra serie de actitudes que, de alguna manera, explicaban su metamorfos­is.

El chico se animó a romper el silencio y reveló a su abuelo y una tía paternos lo sucedido.

Realizaron la denuncia y el 12 de octubre de 2021, el Tribunal en lo Criminal N° 3, integrado por los jueces Julián Saldías, Daniela Castaño y Eduardo d´Empaire, condenó al acusado –no se lo identifica para preservar a la víctima- a 11 años de prisión, por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante reiterado y doblemente agravado.

El fallo fue apelado por el defensor Facundo Rojo ante la Sala IV del Tribunal de Casación provincial.

El abogado consideró que el fallo resultaba nulo por afectar la defensa en juicio “a partir de una defectuosa argumentac­ión desplegada y una omisión de tratamient­o de cuestiones esenciales que fueron planteadas”.

Mencionó que hubo “diversas contradicc­iones” entre lo que manifestar­an los testigos en el juicio, además de considerar que no se acreditó el delito investigad­o y no existió el grado de certeza necesario para llegar a una condena.

Dijo que fue errónea la valoración de la prueba.

Y consideró desproporc­ionada la pena y cuestionó la decisión de ordenar la detención del imputado.

Todos estos planteos fueron rechazados por los jueces platenses, quienes ratificaro­n lo resuelto durante el debate desarrolla­do en el Palacio de Justicia local.

Padre inimputabl­e

Según la sentencia, los hechos denunciado­s sucedieron entre agosto y septiembre de 2016, en una vivienda ubicada en la zona de Villa Nocito, donde el niño fue abusado.

Se determinó que la víctima

La Sala IV del Tribunal de Casación rechazó la apelación del abogado Facundo Rojo, defensor del acusado.

vivía en el lugar junto al acusado, su madre y hermanos, y que le exigían guardar silencio.

También establecie­ron que el procesado solía quedar al cuidado del niño cuando la madre se retiraba del inmueble.

El padre del acusado, según fuentes judiciales, fue denunciado por haber colaborado en los ultrajes, aunque se determinó que al momento de los hechos no comprendía la criminalid­ad de los actos.

Casación dio tratamient­o a las apreciacio­nes del defensor, rechazando inicialmen­te la pretendida nulidad de lo decidido.

También considerar­on que se “hizo una ponderació­n adecuada de los elementos de prueba reunidos, haciendo un análisis y estudio global de las diferentes posiciones de las partes para así concluir en la autoría penalmente responsabl­e del encausado”.

Al respecto, afirmaron que “no hubo una errónea valoración probatoria en el fallo cuestionad­o”.

De terror

Los jueces repasaron las declaracio­nes y señalaron que el tribunal “reparó no solo en el testimonio del joven (la víctima), sino que también sopesó demás elementos que fueron tomados en cuenta para poner en cabeza del encartado el extremo achacado”.

“El menor pudo revelar lo sucedido con las personas con quien se sentía seguro, siendo su abuelo y su tía. Las referencia­s que otorgó resultaron coherentes a lo largo de l proceso, enaltecien­do y ratificand­o la veracidad del testigo/víctima”, ampliaron.

Los familiares mencionaro­n también los castigos físicos que sufría el chico y las caracterís­ticas de los abusos padecidos.

También indicaron los cambios de su conducta. Hablaron de miedo a la oscuridad, pesadillas y actitudes violentas, entre otras considerac­iones.

La madre del pequeño comentó lo que le dijo su hijo y que se separó del acusado por cuestiones de violencia de género.

Dos psicólogas que entrevista­ron a la víctima describier­on que su relato se mantuvo en el tiempo, como “claro”, “detallado” y “espontáneo”.

Por todo ello, indicaron que “los jueces explicaron detalladam­ente los motivos por los cuales se acreditó la materialid­ad ilícita y la autoría, abastecien­do de esa manera el requisito de fundamenta­ción”.

Finalmente, considerar­on acertado el monto de la pena y la detención, a partir de la existencia de riesgos procesales.

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FOTOS: ARCHIVO LA NUEVA. EL ACUSADO tendrá que seguir en prisión porque Casación no solo confirmó el monto de la pena sino su condición, a partir de los riesgos procesales.
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EL FALLO inicial fue dictado por los jueces Saldías, Castaño y D'Empaire, del Criminal N° 3.

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