La Voz del Interior

Protocolo no punible, suspendido

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Este mes se cumplen seis años de la suspensión del protocolo no punible en Córdoba.

La “Guía de procedimie­nto para la atención de pacientes que soliciten prácticas de aborto no punible” fue dictada por el Ministerio de Salud de la Provincia a fines de marzo de 2012, en forma acorde con el fallo F.A.L. de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En ese fallo, la Corte había determinad­o que toda mujer cuyo embarazo fuera producto de una violación, podía acceder en forma legal a un aborto con una declaració­n jurada y sin autorizaci­ón judicial ni denuncia previa. También se instó a las autoridade­s a implementa­r protocolos de actuación en los hospitales para garantizar el acceso al aborto no punible. Con su decisión, la Corte había permitido zanjar la interpreta­ción restrictiv­a del artículo 86 del Código Penal, que lo limitaba a la violación de discapacit­adas mentales, además de cuando el embarazo pone en riesgo la vida o la salud de la mujer. El 13 de abril de 2012, el juez provincial del fuero Civil Federico Ossola suspendió la guía provincial al hacer lugar a un recurso de amparo de la asociación civil Portal de Belén contra el Ministerio de Salud. La medida fue ratificada por la Cámara 3ª de Apelacione­s en lo Civil. Se espera la resolución del TSJ.

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