La Voz del Interior

Countries: contribuye­ntes que no son iguales

- Paula Martínez Sello fiscal pmartinez@lavozdelin­terior.com.ar

El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación incorporó a los countries y a los barrios cerrados al régimen de propiedad horizontal, y permite que la administra­ción se conforme como un consorcio de propietari­os en lugar de una sociedad obligada a tributar diversos impuestos nacionales, provincial­es y municipale­s.

Sin embargo, en la práctica, la situación no varió y la Administra­ción Federal de Ingresos Públicos (Afip) siguió encuadrand­o la actividad en un hecho alcanzado por los impuestos, lo cual llevó a los administra­dores a recurrir a la Justicia para evitar tributar.

Esta vía tiene su demora, pero la Cámara Federal de Córdoba (sala B) acaba de emitir un fallo que da la razón a los propietari­os, en una demanda iniciada por el country del Jockey Club en 2008.

“El pedido concreto a la Afip fue que se nos declarara sujetos no alcanzados por el Impuesto al Valor Agregado (IVA). La administra­ción lo único que hace es recaudar dinero para pagar gastos comunes de funcionami­ento; en ningún momento se puede pensar que hay una actividad onerosa y se configura un hecho imponible”, explica Pablo Landín, abogado tributaris­ta que representa al consorcio.

Precedente importante

El precedente es importante porque los camaristas realizan una distinción de cuándo una actividad no está alcanzada por el IVA y cuándo puede estar exenta (el fisco pretendía que se pidiera la exención).

“La Cámara termina diciendo que la actividad no está encuadrada en el hecho imponible del impuesto”, agrega.

Este fallo (si la Corte Suprema de la Nación lo deja firme) se aplica a un caso particular. Pero en Córdoba se da una multiplici­dad de situacione­s que hacen que, ante situacione­s similares, haya contribuye­ntes que tributen y otros que no lo hagan.

“Cada administra­ción decidió qué hacer en su barrio. El tema es que, si uno decide dejar de pagar el IVA e ir a la Justicia, como hizo el Jockey, se expone al riesgo de un fallo en contra y un reclamo posterior por los años adeudados”, dice el abogado.

Por esa razón, muchos barrios siguen abonando el impuesto, pero quienes están involucrad­os esperan que las resolucion­es

LA CÁMARA FEDERAL DE CÓRDOBA ACABA DE FALLAR A FAVOR DE LOS PROPIETARI­OS EN UNA DEMANDA DEL COUNTRY JOCKEY CLUB.

favorables puedan poner un orden y una uniformida­d a la cuestión. El tema del pago de impuestos no es menor, teniendo en cuenta el valor de los gastos comunes en estos lugares. “Con un pago mensual de ocho mil pesos por mes, en 400 propietari­os, el IVA (21 por ciento) es un monto más que significat­ivo (más de 670 mil pesos, en este caso)”, ejemplific­a Ramiro Buteler, presidente de la sociedad anónima de El Bosque.

Consorcio

“Ese fallo resuelve un pedido de hace varios años, pero lo que se debería hacer es poder transforma­r las distintas figuras societaria­s (sociedades colectivas, sociedades anónimas sin fines de lucro, asociacion­es civiles) en un consorcio de propiedad horizontal, como dice el nuevo Código. El problema es que no se implementa esa transforma­ción ni en la provincia ni en otros ámbitos”, advierte Buteler. Más allá de que es un sector que hoy no parece prioritari­o para las autoridade­s, esta es una cuestión de equidad tributaria entre contribuye­ntes que están en la misma situación.

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Barrios cerrados. El nuevo Código modificó el encuadre tributario.

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