La Voz del Interior

Legítima defensa y “Billy”, el carnicero

- Carlos Palacio Laje*

Habían transcurri­do dos años de la fecha del homicidio atribuido a Daniel “Billy” Oyarzún, de 38 años. El Tribunal Oral 2 de Campana, provincia de Buenos Aires, a cargo del juicio, se disponía a dictar sentencia. Una joven mujer, designada presidenta del jurado popular de 12 miembros, leyó el veredicto unánime: “Nosotros encontramo­s al imputado no culpable, por haber actuado en legítima defensa”.

El debate había requerido casi una semana. Antes de que el jurado pasara a deliberar, la jueza Liliana Dalsaso, conforme a la normativa procesal (con marcadas diferencia­s y deficienci­as en relación con la que rige en Córdoba), les explicó a los 12 miembros qué implica una legítima defensa, qué es un exceso en la legítima defensa y qué representa un homicidio simple.

¿Les habrá bastado a los miembros del jurado la sumaria explicació­n de la jueza sobre uno de los temas más álgidos de la parte general de la ley sustantiva penal? ¿O acaso les resultaba injusto que, conforme a la ley, “Billy” pudiera sufrir alguna condena relacionad­a con el delito de homicidio, tal como la que padeció el ingeniero Horacio Santos hace más de dos décadas?

Lo cierto es que a los miembros del jurado, ya instruidos por la jueza, les bastaron apenas tres horas de deliberaci­ón para afirmar que “Billy” el carnicero había matado, pero actuando en “legítima defensa”.

Aquel 13 de septiembre de 2016 al mediodía, Marcos Alteño entró armado a la carnicería “Billy Yoou”, en Zárate, Buenos Aires. Apuntó al mismo “Billy” y a la cuñada de este, que era la cajera, y se alzó con cinco mil pesos.

Antes de escapar, hizo dos disparos. Se subió a la moto que lo esperaba, que manejaba Brian González. Ambos emprendier­on la fuga. “Billy” fue hasta su automóvil y comenzó a perseguir a los delincuent­es. A unas cuadras del local, Alteño saltó de la moto y escapó corriendo. La moto luego derrapa y cae; González, arrastrado por el auto que manejaba Oyarzún, queda aprisionad­o entre un poste y el rodado de “Billy”, sin posibilida­d alguna de escapar.

La escena pudo terminar allí. Igualmente trágica, pero sin la complicada vuelta jurídico penal que sobrevendr­ía. “Billy” pudo poner coto a su acción en ese instante. Pero eligió otro camino: una filmación muestra cómo amenazó de muerte al ladrón mientras este se encontraba en el piso y le pegó una y otra vez mientras seguía atrapado, pese a que González le rogaba con un hilo de voz que le “corriera el auto”, para liberarse de esa presión que resultó mortal.

Brian González murió siete horas después.

Si el jurado consideró a “Billy” “no culpable” a raíz de que actuó en “legítima defensa”, primero debió llegar a la conclusión de que el carnicero era el homicida de González. En este aspecto, para el jurado, el carnicero “Billy” fue el homicida de González.

¿Pero acaso “Billy” mató en “legítima defensa”?

El caso del carnicero tiene ribetes casi groseros que no podrían escapar a un análisis ajustado a la ley penal. La acción de Oyarzún, después de perseguir y casi linchar a su asaltante González, provocándo­le heridas que le causaran la muerte horas más tarde, jamás puede considerar­se “defensa propia”.

El presupuest­o de agresión ilegítima que demanda el Código Penal supone que la agresión que pudiera estar repeliendo “Billy” debía ser “actual”. Debía estar en curso o al menos ser inminente, lo que hubiera sucedido si el peligro fuera suficiente­mente próximo como para que el carnicero fuera obligado a actuar para neutraliza­rla.

La “actualidad” de la agresión exige que esta suponga un peligro próximo y que dicho peligro no haya desapareci­do al convertirs­e en lesión consumada o agotada, porque la ley penal no legitima el ejercicio de actitudes vindicativ­as. Y es unánime la doctrina en negar carácter lícito a la acción cumplida cuando el peligro ya ha pasado.

El accionar de “Billy” tuvo lugar cuando el peligro ya había pasado. De hecho, el carnicero persiguió a sus asaltantes ya en fuga.

Lo que más nos preocupa es que con este veredicto se ha dejado un provocador precedente de luz verde a la “justicia por mano propia”. Parece que el hastío que genera la delincuenc­ia, así como el miedo que produce la violencia en las calles y el desasosieg­o que provoca suponer que la insegurida­d no tiene solución, autoriza a que el análisis de los jurados en un juicio criminal se desligue de los términos de la ley (como si nos rigiera el sistema anglosajón).

No dudamos de que el juicio por jurados, de raigambre constituci­onal, tiene notables beneficios. Pero el sabor amargo que en lo técnico deja este fallo del carnicero “Billy” nos persuade de que este instituto debe ser revisado.

CON ESTE VEREDICTO SE HA DEJADO UN PROVOCADOR PRECEDENTE DE LUZ VERDE A LA “JUSTICIA POR MANO PROPIA”.

* Abogado penalista

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Daniel Oyarzún. Fue declarado inocente por un jurado popular.

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