La Voz del Interior

“Cuidate de la ira de los mansos”

- Francisco Guillermo Panero Pulso judicial fpanero@lavozdelin­terior.com.ar

Muchos psiquiatra­s advierten sobre las reacciones que pueden ocultarse detrás de una personalid­ad de tipo introverti­do. En algunos individuos pueden desencaden­arse episodios de violencia o “pasajes al acto” cuyas consecuenc­ias suelen ser fatales.

Según lo visto durante el juicio y en los peritajes practicado­s durante la instrucció­n, Ricardo Lemos era un hombre sumiso, muy obediente, de personalid­ad muy pasiva y comportami­ento dependient­e. Según lo que se comentó antes de la sentencia, era lo que algunos llaman “un buenudo”. Había establecid­o una relación sumisa con su pareja, aunque en algunas ocasiones él había querido dejarla, en disconform­idad con algunas conductas de ella.

La mujer le había insistido en esas ocasiones que él se quedara. Él había dejado mucho para estar en ese hogar, según constancia­s de la causa, y tenía algunos motivos para que lo que ella le iba a decir ese 4 de noviembre de 2016 le cayera como un balde de agua helada.

“Juntá tus hilachas y andate ya”, fue acaso la frase detonante de una reacción a todas luces desmesurad­a. Las constancia­s sostienen que él no se violentó por el hecho de que ella tuviera un supuesto amante –en el juicio, el joven declaró que sólo lo unía a ella una relación comercial–, sino porque la mujer le había comunicado que debía abandonar repentinam­ente el hogar.

Siempre se habla de las circunstan­cias en las que los individuos están insertos cuando ocurren los fenómenos que pueden cambiar su vida y la de otros. Cuando escuchó esa frase, que sin dudas lo sorprendió, Lemos estaba pelando una naranja. Con un cuchillo. Lo más a mano que tuvo cuando su reacción se tornó desmedida, era un arma blanca. La conducta violenta terminó siendo fatal.

En el debate, la perita oficial Marcela Scaraffia concurrió a declarar para ofrecer mejores detalles de su postura respecto de la conducta que había exhibido el acusado durante el crimen. De acuerdo a su postura, ubicó su reacción en el medio de dos extremos: la disminució­n de la comprensió­n de los actos y el estado de inconscien­cia. En otras palabras, situó el ataque entre la emoción violenta y la no comprensió­n lisa y llana.

En el veredicto del jurado popular, las “circunstan­cias extraordin­arias de atenuación” ubican la reacción en un nivel inferior al de la emoción violenta. Si se hubiera seguido esta idea o el estado de inconscien­cia, la escala punitiva sería inferior a la que plantea entre ocho y 25 años de prisión.

Por otra parte, queda el análisis de por qué no se trató de un crimen de género. Hay que recordar que para la Justicia no todo asesinato de una mujer a manos de un hombre es femicidio. Para configurar esta forma de matar, la óptica jurídica exige un contexto de violencia de género. En este caso, se verificó una “relación asimétrica”, en la que el hombre era el dominado.

PARA LA JUSTICIA, NO TODO ASESINATO DE UNA MUJER A MANOS DE UN HOMBRE SE CONSIDERA FEMICIDIO.

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(RAMIRO PEREYRA) Posiciones. En Tribunales, los debates en torno a los asesinatos de mujeres suelen provocar intensas discusione­s jurídicas.
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