La Voz del Interior

Causa por Uber es de competenci­a federal

En una acción declarativ­a de certeza, la Cámara Federal opinó que la Justicia provincial no debe intervenir. Fue por un reclamo de un usuario cordobés que utiliza este servicio en distintos lugares.

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La Cámara Federal de Córdoba resolvió que la Justicia de la Provincia no tiene competenci­a para entender en un conflicto derivado del uso de la plataforma de viajes Uber. La presentaci­ón fue realizada por un abogado cordobés que no pudo utilizar el servicio.

El reclamo de un abogado cordobés que no pudo utilizar el servicio de Uber en distintas ciudades del país y en el extranjero derivó en un antecedent­e que empieza a dibujar el mapa de la judicializ­ación de Uber: la Cámara Federal de Córdoba resolvió que la Justicia provincial no tiene competenci­a para intervenir en un conflicto derivado del uso de esa plataforma y sentó un importante precedente en un tema conflictiv­o.

Los vocales de la Sala B, Abel Sánchez Torres, Liliana Navarro y Luis Rueda, revocaron una resolución del juez federal de primera instancia Alejandro Sánchez Freytes, quien había opinado que los reclamos por la imposibili­dad de usar Uber en Córdoba eran competenci­a de los tribunales locales.

El caso

Se trata de un recurso interpuest­o por el usuario cordobés de Uber Manuel Godoy Luque, quien utiliza el servicio en distintas partes del mundo y se vio afectado por un fallo de la Justicia de la ciudad de Buenos Aires en el que se dispuso que se bloquee Uber, tanto la aplicación como el sitio web, y se ordenó a tarjetas de crédito y a otros medios que se abstuviera­n de facturar por ese servicio de transporte no regulado.

Manuel Godoy Luque reclamó porque el fallo de la Justicia con- travencion­al porteña le impidió tomar un Uber en Tailandia y en distintas localidade­s de Argentina.

El usuario sostuvo, y la Cámara Federal le dio la razón, que la jurisdicci­ón en la que debe dirimirse los planteos por Uber es la federal.

En ese marco, el vocal Abel Sánchez Torres, a cargo de elaborar el fallo, citó tres leyes nacionales que regulan el derecho humano a las comunicaci­ones, a la búsqueda, recepción y difusión de informació­n de toda índole y al acceso de la totalidad de los argentinos a los servicios de la informació­n y las comunicaci­ones en condicione­s sociales y geográfica­s equitativa­s.

“Si la solución de la causa depende esencialme­nte de la aplicación e interpreta­ción de normas de derecho federal, debe tramitar ante la Justicia federal”, señaló el juez en su voto, con el aval de los otros miembros de la Cámara.

Sin embargo, luego de declararse competente, la Cámara consideró que el reclamo del abogado cordobés se tornó abstracto, porque el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires consideró que hubo un exceso en el fallo de primera instancia que bloqueó Uber en todo el país.

En efecto, el máximo tribunal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires argumentó que la medida de los tribunales inferiores lesiona “innecesari­a y desproporc­ionadament­e” el derecho de acceso e intercambi­o de informació­n.

Manuel Godoy Luque explicó ayer a La Voz que su planteo tenía tres solicitude­s: que se le permita ingresar desde sus computador­as y dispositiv­os móviles a sitios vinculados a Uber.com, poder pagar con sus tarjetas de crédito el servicio de Uber en cualquier parte del mundo y que no se le impida a Google ofrecer la aplicación Uber.

“Ahora puedo acceder a Uber Argentina, porque el Tribunal Superior de Buenos Aires dejó sin efecto esa parte del fallo de primera instancia del juez contravenc­ional, pero en la práctica se mantiene el bloqueo en los medios de pago: podría contratarl­o, pero no se permite a la tarjeta la operación de pago y quedaría como deudor de Uber”, dijo Godoy Luque, quien anticipó que apelará el fallo porque se mantienen las restriccio­nes que violan sus derechos.

“La Cámara no puede determinar que el reclamo es abstracto porque subsiste la prohibició­n de la Justicia porteña hacia mis medios de pago para cancelar obligacion­es con Uber”, agregó.

De acuerdo con su reclamo, se le cercena su libertad de contratar Uber en lugares en los que el servicio está habilitado, como por ejemplo San Pablo, adonde viaja por cuestiones laborales.

Cómo sigue

Según fuentes de la Justicia federal cordobesa, este fallo de la Cámara no invalida la postergada discusión respecto de la reglamenta­ción de Uber en Córdoba, que tiene un round irresuelto en el Concejo Deliberant­e.

Sin embargo, indicaron las mismas fuentes judiciales, cuando surja un planteo judicial, el expediente recaería en la Justicia federal, según este antecedent­e de la Sala B de la Cámara Federal.

Entre varias leyes, hay dos puntos clave a favor de los usuarios: los 56 y 57 de la ley 27.078, citados por el juez federal Sánchez Torres en el fallo.

El primero “garantiza a cada usuario el derecho a acceder, utilizar, enviar, recibir u ofrecer cualquier contenido, aplicación, servicio o protocolo a través de internet sin ningún tipo de restricció­n, discrimina­ción, bloqueo, interferen­cia (o) entorpecim­iento”.

El segundo señala que “los prestadore­s no podrán bloquear, interferir (...) o restringir la utilizació­n, envío, recepción, ofrecimien­to o acceso a cualquier contenido, aplicación, servicio o protocolo, (ni) limitar el derecho de un usuario a utilizar cualquier hardware o software”.

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(RAMIRO PEREYRA ) Resistenci­a. Taxistas y remiseros son la avanzada contra Uber en Córdoba.

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