La Voz del Interior

Multas de hasta $ 240 mil por exceso de carga

- Ary Garbovetzk­y agarbovetz­ky@lavozdelin­terior.com.ar

Los camiones que viajen con sobrecarga serán sancionado­s con multas que podrán superar los 240 mil pesos, y no sólo recaerán sobre el chofer, sino, en forma solidaria, sobre quien despachó la carga, el dueño del vehículo y quien espera el envío, según una modificaci­ón de la Ley Provincial de Tránsito que ya entró en vigencia luego de su publicació­n en el Boletín Oficial.

Las sanciones previstas para quienes se excedan con la carga autorizada parten, ahora, de una multa 200 a 400 unidades de multa por un exceso de mil a dos mil kilos (unos ocho mil a 16 mil pesos) a un monto que va de siete mil a ocho mil unidades de multa (de 200 a 240 mil pesos) cuando el exceso supere los 25 mil kilos.

Como siempre, el infractor tiene la posibilida­d de pago voluntario, cubriendo un 50 por ciento del mínimo previsto en el codificado­r. En el caso más grave, 100 mil pesos.

“Conducir un camión con una sobrecarga de 43 mil kilos es un acto criminal. Lleva la carga de dos camiones encima. Y es una competenci­a desleal para las empresas de transporte de cargas que cumplen las leyes. Es por eso que, por acta acuerdo, esta reforma sale con el respaldo de la Cámara Empresaria del Autotransp­orte de Cargas (Cedac), la Federación Cordobesa de Transporte Automotor de Cargas (Fecotac), el Sindicato de Camioneros, la Cámara de Mineros, Vialidad de la Provincia, Ministerio de Transporte y el Ministerio Público Fiscal”, valoró el director General de Prevención de Accidentes de Tránsito de la Provincia, Miguel Rizzotti.

En los últimos meses, la Policía Caminera detectó casos de camiones que viajaban con 43 mil y 39 mil kilos de exceso. Lo hacían de noche, para esquivar controles, saliendo de campos y caminos rurales. “Un camión que va con ese exceso de carga no puede frenar. Y anda a 20 o a 30, que es un peligro adicional en ruta”, explicó el funcionari­o.

Una de las mayores novedades legales que tiene la reforma es que se establece “la responsabi­lidad solidaria entre infractor, transporti­sta, propietari­o de la unidad, cargador y consignata­rio cuando se constate la infracción en el acto de la recepción”, según explica Rizzotti. “No queremos caerle al conductor del camión, que muchas veces sigue indicacion­es del dueño del camión o de quien es el dador de la carga; y si no cumple, se queda sin el trabajo”, reflexionó el funcionari­o. Tendrán una formación ad hoc para conducir patrullero­s.

La reforma de la Ley de Tránsito incorpora la potestad de emitir licencias especiales para la Provincia. La Policía será una de las primeras en hacerlo para implementa­r exámenes de manejo específico­s para agentes.

La reforma de la Ley de Tránsito habilita dos figuras para el transporte de carga que no existían: los bitrenes y los escalables. Eleva el máximo permitido de carga a 75 toneladas, porque se trata de transporte­s con otra tecnología y seguridad. Pero como se trata de vehículos muy largos, que hacen muy peligroso el sobrepaso, sólo se los autoriza a circular en autopistas y autovías, con sus enlaces a lugares de descarga.

Ya San Luis, Santa Fe y Buenos Aires habían autorizado la circulació­n de bitrenes y de escalables. Córdoba, al no tener legislació­n, se había convertido en “un tapón” para el transporte de cargas en estos megavehícu­los.

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(LA VOZ / ARCHIVO) En la balanza. La Policía Caminera incorporó balanzas electrónic­as portables para hacer controles sorpresivo­s en rutas.

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