La Voz del Interior

Un recurso de Portal de Belén demora la aplicación del aborto no punible

Quieren que el expediente llegue a la Corte Suprema. La decisión está en manos del TSJ.

- Juan Manuel González jmgonzalez@lavozdelin­terior.com.ar

Un recurso extraordin­ario que presentó la organizaci­ón no gubernamen­tal católica Portal de Belén dejó en suspenso la aplicación de la Guía de Procedimie­ntos para la Atención del Aborto No Punible

en los hospitales de la provincia de Córdoba.

La acción judicial interpuest­a pretende elevar el expediente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que esta dicte una sentencia definitiva sobre la cuestión.

Ahora es el turno de que el

Tribunal Superior de Justicia de Córdoba decida si acepta o no el recurso, un trámite que puede llevar varios días hábiles, ya que implica notificaci­ones.

Durante ese período, la aplicación de la guía permanecer­á suspendida.

La Guía de Procedimie­ntos para la Atención de Aborto No Punible seguirá suspendida en los hospitales provincial­es, pese a que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) la declaró constituci­onal el pasado 18 de diciembre.

El miércoles último, la ONG católica Portal de Belén presentó un recurso extraordin­ario federal para llevar el expediente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para que resuelva el fondo de la cuestión.

El paso siguiente es que el TSJ resuelva si acepta o no el recurso, por lo que debe realizar un proceso de varios días hábiles, trámite en el que habrá notificaci­ones e incidentes. El debate promete un nuevo round judicial.

Ayer, en Tribunales, los actores judiciales no se arriesgaba­n a predecir cuánto duraría este nuevo proceso. Lo cierto es que, mientras se sustancia, la guía seguirá suspendida en los hospitales provincial­es. La guía es el protocolo de prácticas para los casos de interrupci­ones de embarazos previstos desde 1921 en el Código Penal: productos de violencia sexual, cuando la vida de la mujer corre riesgo, o si se trata de una mujer con discapacid­ad mental.

El 18 de diciembre pasado, después de casi siete años de trámite judicial, el Tribunal Superior de Justicia consideró por mayoría que la guía es constituci­onal. Apenas 24 horas antes de que venciera el plazo de apelación, Portal de Belén solicitó que intervenga la Corte Suprema.

Para Católicas por el Derecho a Decidir, que impulsan la aplicación de la guía, ir a la Corte Suprema es un contrasent­ido: “No hay razones para conceder el recurso. ¿Por qué? Porque tanto la sentencia del TSJ como la guía responden a los lineamient­os ya dados por la Corte en 2012 en un fallo específico sobre aborto no punible. Por eso, volver a la Corte es absurdo”, dice Eugenia Montes, letrada de la ONG en el expediente.

Para Portal de Belén, en cambio, el TSJ sólo debe valorar los aspectos formales del recurso de apelación: “El TSJ no puede resolver sobre el fondo porque ya se expidió; así que debe dejarle ese rol a la Corte Suprema, que debe expedirse respecto de la violación del dere- cho a la vida”, dijo Amelia Moscoso, letrada de Portal de Belén.

–¿Por qué cambiaría de criterio la Corte Suprema de Justicia si ya convalidó, en 2012, el aborto no punible para los casos previstos en el Código Penal y pidió la guía? –preguntó La Voz a Moscoso.

–Por varios motivos: primero, porque el fallo F.A.L. es sobre un caso concreto y no es aplicable para otros. Es un antecedent­e, por supuesto, pero el mismo tribunal tiene ahora otra composició­n. El nuestro es otro planteo al de F.A.L. Creemos que la Corte se excede en ese fallo porque solicita una legislació­n y hace una arenga militante respecto del aborto. Nuestro derecho no ha cambiado, y la existencia de las personas físicas se mantiene desde la concepción, por lo que creemos que el derecho acompaña nuestro reclamo.

“La mayoría de los ministros de la Corte que elaboró el fallo F.A.L. es la misma mayoría actual, por lo que volver a la Corte es una maniobra dilatoria de Portal de Belén”, retrucó Montes.

La cautelar

Junto con el fallo de fondo respecto de la constituci­onalidad de los abortos no punibles previstos en el Código Penal, aunque en un andarivel jurídico separado, corre la medida cautelar solicitada por Portal de Belén en 2012 y que suspendió la aplicación de la guía.

Si prevalece el criterio del TSJ, esa cautelar se volvería abstracta, porque las interrupci­ones de embarazos previstas son legales. Pero como ese fallo es impugnado por Portal de Belén, la ONG católica reclama, además de que el expediente pase a la Corte, que se mantenga la medida cautelar que suspende la Guía. “Levantar la cautelar pone en riesgo inminente a un número no determinad­o de personas por nacer”, dijo la abogada Moscoso.

La visión de Católicas por el Derecho a Decidir es totalmente opuesta. El colectivo sostiene que la medida cautelar que mantiene suspendida la guía debe ser resuelta por el TSJ por cuerda separada al recurso extraordin­ario que llevaría el expediente a la Corte Suprema.

“Es absurdo que, ante la insistenci­a de Portal de Belén, el TSJ mantenga la cautelar cuando en el fallo de fondo dio todos los fundamento­s necesarios. Esperamos que si decide dar trámite al recurso ante la Corte, el TSJ dé por finalizada la medida cautelar. Mantener suspendida la guía agravaría la situación sanitaria que paralizó durante más de seis años una política pública”, dijo Montes.

EL CÓDIGO PENAL NO CONTEMPLA EL ABORTO POR VIOLACIÓN. LA GUÍA HABILITA UNA FÁBRICA DE CASOS.

Amelia Moscoso, abogada del Portal de Belén

SERÍA ABSURDO QUE EL TSJ MANTUVIERA SUSPENDIDA LA GUÍA TRAS DECLARARLA CONSTITUCI­ONAL. Eugenia Montes, Católicas por el Derecho a Decidir

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(RAMIRO PEREYRA/ARCHIVO) 18 diciembre de 2018. El Tribunal Superior de Justicia convalidó la guía para la realizació­n de abortos no punibles en Córdoba.

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