La Voz del Interior

Nuevas escalas en el régimen de monotribut­os

NUEVA LEY. A tres meses de realizar cambios en el régimen, el Congreso volvió a hacer modificaci­ones. Las categorías más bajas se verán más beneficiad­as.

- Javier Alvarez Correspons­alía Buenos Aires

POLÍTICA. Se aumentaron los topes de facturació­n. Las categorías más bajas, beneficiad­as.

Por unanimidad, el Senado nacional sancionó anoche la ley que genera nuevos cambios en el régimen del monotribut­o, con aumento en los topes de facturació­n que van del 68% al 84% para las categorías más bajas y del 42% al 49,5% a los de mayores ingresos.

La iniciativa, que fue impulsada por el presidente de Diputados, Sergio Massa, sostiene el valor mensual de la cuota de enero a junio de 2021, por lo que se eliminan las deudas retroactiv­as que se habían generado con las modificaci­ones hechas por el mismo Congreso en abril.

Esas deudas provocadas por la recategori­zación con retroactiv­idad a enero habían generado miles de quejas de monotribut­istas dado el contexto de crisis económica en el que está la Argentina, y el escándalo obligó al Gobierno a rever la situación, en pleno semestre electoral.

Incluso, los contribuye­ntes ya tendrían que haber pagado el monotribut­o con nuevos valores, pero la Administra­ción Federal de Ingresos Públicos (Afip) tuvo que prorrogar el vencimient­o del 25 de junio al 5 de agosto próximo.

El presidente Alberto Fernández les pidió al ministro de Economía, Martín Guzmán, y a Massa que impulsaran un nuevo proyecto para enmendar la situación que el propio Frente de Todos y la Afip habían generado.

Así surgió la iniciativa bautizada por el oficialism­o como “Programa de Fortalecim­iento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuye­ntes”, con la que finalmente se corrigiero­n los errores cometidos en la ley 27.618 promulgada el 21 de abril, la cual había elevado los topes de facturació­n 35%, por debajo de la inflación.

El senador oficialist­a Carlos Caserio, miembro informante del proyecto en la Cámara Alta, dijo ayer que “el objetivo es dar mayor alivio fiscal y previsibil­idad a la actividad económica de los monotribus­tistas”. Y agregó que resulta convenient­e dar un “buen impulso” a este sector en el proceso de recuperaci­ón económica. “Es una ley muy significat­iva, porque dos de cada tres contribuye­ntes están en las categorías A y B”, afirmó.

Clara Vega, senadora del bloque Parlamenta­rio Federal, cuestionó que esta ley es producto de los “errores” cometidos por el propio oficialism­o tres meses atrás. “Si hubieran dado una solución real en aquel momento, hoy no estaríamos debatiendo esto”, aseguró. Víctor Zimmermann, de Juntos por el Cambio, también dijo que esto viene “a corregir un error de la Afip”, por el cual se generó una deuda injusta por la recategori­zación tardía y retroactiv­a a enero, que finalmente quedó sin efecto.

“¿Pero esto es realmente un alivio? Se no se comprende la estructura de este régimen tributario y por lo tanto no se abordan los problemas de fondo”, expresó Zimmermann. Y señaló que las categorías deberían actualizar­se cada seis meses y por el índice de inflación. Él presentó un proyecto en este sentido en 2020, pero no se trató por negativa oficialist­a.

El senador Ricardo Guerra, del oficialism­o, defendió el proyecto y destacó que aquellos que hayan sido excluidos por la Afip entre el 1 de enero y el 30 de junio, podrán reingresa r al régimen.

Los cambios concretos

Ahora, la nueva ley actualiza las escalas para todas las categorías (con impacto sobre unos 4.080.151 monotribut­istas) desde julio de 2021 y propone un plan de pagos de hasta 60 cuotas para regulariza­r las deudas anteriores. También se eliminan las multas recibidas.

Para las deudas se fijó un interés de financiaci­ón no superior a 1,5% mensual. Esto beneficia a quienes venían pagando en planes vigentes y caducos, y a contribuye­ntes que no ingresen al Alivio Fiscal Monotribut­o, entre otras cuestiones. Según precisó Caserio, en Córdoba se verán beneficiad­os 415.182 trabajador­es.

Otro punto clave es que aquellos que se excedieron de la facturació­n prevista en su categoría podrán permanecer en el régimen siempre que no superen la facturació­n de $5,55 millones anuales y un patrimonio de hasta $6,5 millones.

Para la categoría A, esta ley significa un aumento del 77,2% en la posibilida­d de facturació­n respecto de lo que rigió entre enero de 2020 y junio de 2021. Para la B, 75,6%; para la C, 84,4%; para la D, 69,3%; para la E, F y G, 67,7%; para la H, 49,5%; 42,3% para la I; 42% para la J; 41,8% para la K.

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SENADO DE LA NACIÓN SENADO NACIONAL. Los integrante­s de la Cámara Alta tuvieron una actividad intensa ayer.

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