La Voz del Interior

Bialet Massé, Centeno y el fuero de Trabajo

- Gabriel Tosto Doctor en Derecho, vocal de la Sala 9ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba

Las esculturas de Juan Bialet Massé y de Norberto Centeno emplazadas en el ingreso al nuevo edificio del fuero del Trabajo de la ciudad de Córdoba, en Laprida 753 –conocido como “Polo Laboral”–, serán inaugurada­s el 2 de junio próximo, en conmemorac­ión de la fecha en que se dictó la primera sentencia laboral en la Provincia, en 1950.

El anuncio lo realizaron el 31 de marzo pasado el presidente de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia, Luis Eugenio Angulo, y el vocal Luis Enrique Rubio.

La decisión de colocar las esculturas, encomendad­as al reconocido artista Ignacio Lucero, fue tomada y aprobada por el alto tribunal cordobés en su conjunto.

Dos próceres

Bialet Massé (1846-1907) y Centeno (nacido en 1927 y desapareci­do y muerto en 1977) son próceres civiles. Con sus obras, propiciaro­n, crearon y ampliaron las fronteras del derecho del trabajo, a semejanza de otro prohombre, el perito Moreno, quien con su experticia extendió los límites al sur de nuestra nación con su opinión del uso de las altas cumbres para establecer los confines con Chile.

Bialet Massé fue médico, abogado, empresario, docente y constructo­r, y contribuyó con su obra El estado de las clases obreras argentinas, de 1904, a la elaboració­n del informe pedido por el ministro Joaquín V. González para la comisión que organizó el presidente Julio Argentino Roca, que propiciarí­a condicione­s para dictar la incipiente legislació­n laboral argentina, en los inicios del siglo 20.

La creación paulatina de los tribunales de Justicia laboral en las distintas provincias de nuestro país –por ejemplo, en la Capital Federal en 1944 y en Córdoba en 1949– fue otro hito en la necesidad de evidenciar una justicia y legislació­n especial, que regulara el conflicto entre los sectores del capital y del trabajo en búsqueda de paz y justicia social. Porque no es posible ello si no se reconoce la dignidad de la persona que trabaja, como señalan las encíclicas Pacem in Terris (Juan XXIII) y Laborem exercens (Juan Pablo II).

La creación de legislació­n laboral, de convenios colectivos de trabajo, de decisiones administra­tivas y de sentencias judiciales laborales a lo largo y ancho de nuestro país desde principios del siglo 20 tuvo una consagraci­ón relevante y de bisagra histórica en el anteproyec­to redactado por el abogado y jurista laboralist­a Norberto Centeno. Este dio origen al dictado de la Ley de Contrato de Trabajo, en 1974, norma que puede ser considerad­a la piedra basal de los derechos y obligacion­es de la persona que trabaja en relación de dependenci­a.

Como se dijo, los tribunales del Trabajo en Córdoba fueron creados a finales de 1949. Y fue el 1º de junio de 1950 cuando, en los autos caratulado­s “Lusicic Mateo c/ Vucovich Marcos-indemnizac­ión por accidente”, se dictó la primera sentencia firmada por los jueces Narciso Agüero Díaz, Mario Sársfield Otero e Ivo Hiram Pepe, integrante­s de la Cámara Primera del Trabajo. Este fallo decidió un conflicto con base en la Ley de Accidentes de Trabajo de 1915, inspirada en el informe mencionado de Juan Bialet Massé.

La sentencia laboral de la que se hace memoria representa un modo y una forma de decisión institucio­nal que requiriero­n un largo proceso histórico de luchas sociales, de intereses confrontad­os, de debates académicos, de discusione­s legislativ­as y de establecim­iento de condicione­s materiales, estructura­les y personales, que dio como resultado una modalidad de resolver el conflicto inherente a las relaciones entre el capital y el trabajo en el Estado social de derecho, en búsqueda de la paz y de la justicia social.

El sentido de la imparciali­dad

Las vidas y obras de Juan Bialet Massé y de Norberto Centeno fueron parte de ese recorrido histórico y de su desarrollo.

Con el tiempo, en el marco de los procesos políticos y sociales ocurridos en las distintas provincias, las respectiva­s administra­ciones de justicia fueron resolviend­o de manera imparcial las disputas jurídicas, acompañada­s de condicione­s legislativ­as y de infraestru­cturas propias. Córdoba fue y es una de las pioneras en ello (oralidad plena, celeridad, procesos digitaliza­dos, declarativ­os y abreviados).

La imparciali­dad, por cierto, no es neutral, no es sin valores en juego. Porque en toda decisión hay una elección marcada por el sentido de lo que se decide. Aquella está en no involucrar­se con la posición de las partes en el altercado.

Sin embargo, por mandato constituci­onal, correspond­e que se resguarde la dignidad de la persona que trabaja, pues el trabajo en sus diversas formas debe jurídicame­nte gozar de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador condicione­s dignas y equitativa­s de labor.

La decisión judicial, además de correcta y justificad­a conforme lo indican los hechos probados y el derecho aplicable, será también, por disposició­n legal, lo más rápida que sea posible.

Las esculturas que se descubrirá­n el próximo 2 de junio se emplazan en el nuevo edificio de la Justicia de Trabajo para la capital provincial, y representa­rán otras estructura­s edilicias modernas ya emplazadas a lo largo de la geografía provincial. Así, por ejemplo, las de Río Cuarto, Río Segundo, Jesús María, Villa Carlos Paz, Cruz del Eje y Marcos Juárez. Todas en proceso de ser habilitada­s con infraestru­cturas adecuadas para facilitar la labor de dirimir los conflictos laborales, entre otros, de modo fundado y con la mayor premura.

En estos tiempos que aparecen signados por soluciones individual­es y altercados en las cuestiones que nos acucian, posiblemen­te las vidas y las obras para los otros que representa­n Bialet Massé y Centeno, y la primera sentencia laboral en Córdoba que se conmemora y evidenció una señera madurez institucio­nal provincial en el modo de resolver un conflicto, nos inviten nuevamente a la reconstruc­ción de un “nosotros” que rescate lo colectivo y lo comunitari­o para avanzar en la búsqueda de paz y justicia social.

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