La Voz del Interior

Ganancias. El nuevo esquema tributario que busca la aprobación en el Congreso

Habrá un grupo de empleados que empezará a pagar el impuesto, aunque con montos bajos. Se eliminaría el tributo cedular y volverían a habilitars­e las deduccione­s.

- Paula Martínez Especial

Si el Congreso nacional aprueba el proyecto de reformas fiscales que fue enviado esta semana por el Poder Ejecutivo, los empleados y jubilados volverán a tener un cambio importante en el pago del Impuesto a las Ganancias.

El texto de la iniciativa denominada “Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” incluye un título que modifica el impuesto que había sido cambiado a instancias de Sergio Massa en octubre y que comenzó a aplicarse el 1° de enero de 2024.

El proyecto da marcha atrás con esas modificaci­ones, eliminando el impuesto cedular creado en ese momento, y volviendo a la forma de cálculo original de Ganancias, con la escala progresiva de alícuotas del 5% al 35%. Para esto, se modifican los valores de la ganancia mínima no imponible y las deduccione­s que conforman el piso a partir del cual se comienza a tributar.

Si los cambios se aprueban, las personas comenzarán a pagar desde un nivel de ingreso menor al vigente a partir de enero de 2024, pero empezarán tributando un monto muy bajo (en los primeros tramos, es menos del 1% del sueldo). Retoman así la progresivi­dad del impuesto.

Salvo excepcione­s (puestos jerárquico­s y directivos), los empleados y jubilados tributan hoy con la figura de un Impuesto cedular, que tiene una deducción única de 180 salarios mínimos, vitales y móviles por año.

En promedio, son 15 salarios mínimos por mes (incluyendo el proporcion­al de aguinaldo), a valores de enero. Esto es, un sueldo bruto de $ 2.340.000.

Si a este monto se le saca la 12° parte del aguinaldo y se le descuentan los aportes obligatori­os, el piso para comenzar a pagar Ganancias está hoy en $ 1.792.800 de salario neto.

Además, esos 15 salarios mínimos son la única deducción permitida por la ley de Ganancias. Por lo tanto, no se pueden realizar deduccione­s de cargas de familia ni otras, con la excepción del servicio doméstico y aportes a Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) que están en leyes específica­s.

Ahora, el proyecto de reforma elimina el impuesto cedular y prevé para el año fiscal 2024 una ganancia no imponible anual de $ $ 3.091.035, una deducción especial para empleados de $ 14.836.968 al año y una deducción equivalent­e al aguinaldo. Así, un asalariado comenzaría a tributar a partir de un sueldo neto de $ 1.494.000 ($ 1.800.000 bruto).

De esta manera, una vez que se aprueben los cambios, quienes cobren de bolsillo entre $ 1.494.000 y $ 1.792.800 van a empezar a pagar el impuesto desde el mes que rija la nueva ley.

Si bien el Impuesto a las Ganancias es un gravamen anual (que se va pagando mes a mes) y las nuevas condicione­s se aplicarían desde el 1° de enero, los empleados que no tributaron por estos meses no tendrán un pago retroactiv­o.

Es que el texto de la ley aclara, expresamen­te, que se podrá computar una deducción especial equivalent­e a la diferencia por la aplicación de la ley vigente y la nueva ley, generada entre el 1° de enero de 2024 y el último día del mes anterior a la entrada en vigencia de las modificaci­ones.

La modificaci­ón propuesta por el nuevo proyecto vuelve a darle progresivi­dad al impuesto a las Ganancias, con una escala de alícuotas desde el 5% al 35%.

Esto es un cambio importante respecto al impuesto cedular que dejaba en cero a quienes estaban por debajo del mínimo no imponible y aplicaba una tasa desde el 27% (hasta el 35%) a quienes estaban apenas por encima.

La modificaci­ón propuesta vuelve a habilitar las deduccione­s personales que cada uno puede incluir en su declaració­n (vía Siradig, en el caso de empleados y jubilados) para reducir la base imponible y alivianar la carga del impuesto. Prevé una deducción anual de $ 1.468.096 por cada hijo menor de 18 años (o el doble si fuera discapacit­ado, sin límite de edad) y, además, $ 2.911.135 por año por cónyuge o convivient­e, siempre y cuando este no tenga ingresos superiores a $ 3.091.035 por año.

Arranque. Un trabajador con dos hijos pagaría el impuesto a las Ganancias a partir de un sueldo neto de $ 1.738.682 por mes y si, además, tiene una pareja convivient­e con ingresos bajos, tributará a partir de $ 1.981.277.

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LA VOZ/ARCHIVO IMPACTO. Si el Congreso lo aprueba, un trabajador con dos hijos pagaría Ganancias a partir de un sueldo neto de $ 1.738.682 por mes.

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