ABUSO Y MANIPULACIÓN
El abuso sexual infantil constituye una forma de abuso de poder por la cual un adulto se impone a un niño para obtener su participación en actividades sexuales perturbando su desarrollo, su socialización y su preparación para la vida adulta. El abusador despliega su agresión manipulando el poder a partir de la relación jerárquica que impone, para la satisfacción de deseos propios. La coerción y la asimetría de poder y la vulnerabilidad del niño constituyen factores decisivos en el abuso sexual. No hay grises. No existe el consentimiento en el abuso sexual infantil. Poder, asimetría, coerción, vulnerabilidad, son la contracara del consentimiento. La edad de consentimiento es la que debe tener una persona para que se la considere legalmente capaz de consentir una relación de contenido sexual. En Argentina, hasta los 16 años se establece que no puede existir consentimiento.
En la franja hasta los 18 años, la ley permite discutir si pudo haberlo, en vínculos entre personas en que una tenga 16 o 17 y se vincule con personas de 18, 19 o 20 años; rangos en los que la asimetría aparece atenuada y podría en ciertos casos constituirse en un vínculo de paridad. Así como en otros, demostrarse que existió un abuso de poder o un aprovechamiento de la inmadurez de la víctima. Pero entre un menor de edad y un adulto casi dos décadas mayor, no existe paridad. Existe una brutal asimetría, una evidente vulnerabilidad del niño y una relación de preeminencia que posibilitan abusos que marcarán al niño con un balazo en su aparato psíquico por años. La romantización de la pedofilia en que se refiere a relaciones con niños como amorosas, develan una peligrosa tendencia a justificar socialmente prácticas aberrantes. Lo presente en estos perfiles es la falta de empatía con la víctima; el goce está puesto, no en el acto sexual con el niño, sino en el sometimiento y en el aprovechamiento de su vulnerabilidad.