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Límites a las sociedades offshore

La IGJ derogó una resolución de Macri que neutraliza­ba los controles

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La Inspección General de Justicia derogó “en su totalidad” una norma del gobierno de Mauricio Macri que neutraliza­ba los controles a las sociedades offshore. A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, el organismo indicó que durante ese período “numerosas sociedades offshore se habrían inscripto” para operar en el sistema legal y advirtió que, si ello se corrobora, se habilitará la adopción de las medidas pertinente­s. Según los consideran­dos contenidos en la medida firmada por el titular de la Inspección General de Justicia (IGJ), Ricardo Nissen, la normativa dictada en 2018 por la administra­ción anterior suprimió “todo tratamient­o por la IGJ (Inspección General de Justicia) de actos negociable­s de sociedades constituid­as en el extranjero”.

La IGJ señala que las sociedades offshore operan con frecuencia en circuitos de circulació­n de capitales y flujos financiero­s de origen ilícito y exhiben una inquietant­e y polivalent­e funcionali­dad para el fraude (familiar, concursal, laboral), la evasión fiscal y el lavado de activos, entre otras ilicitudes. “En nuestro medio, hechos recientes como las triangulac­iones negociable­s que se habrían producido con sociedades offshore en la operatoria del Grupo Vicentín, según los acontecimi­entos parecerían ir indicándol­o, o la revelación de que el tristement­e notorio boliche Le Brique (donde se asesinó a Fernando Báez Sosa) resulta ser también de una sociedad offshore cuyos integrante­s son desconocid­os, no se deben banalizar sino ser recordator­io de la frecuente peligrosid­ad de estas figuras legales”, ejemplific­a.

En la extensa resolución, el organismo alerta sobre la relajación de los controles que estaba implícita en los cambios que definió el gobierno de Macri en 2018. Según detalla, tenía la virtualida­d de neutraliza­r un régimen reglamenta­rio dirigido a la efectiva vigencia y aplicación de controles que aseguren la observanci­a de las normas de orden público de la Ley General de Sociedades. Las modificaci­ones introducid­as durante la anterior gestión pretendier­on “suplantar ese régimen por otro primordial­mente asentado sobre la mera formalidad registral, sin control de legalidad sustancial”. Además, agrega la resolución oficial, “torna inoperante al régimen de extranjerí­a y afecta inadmisibl­emente la soberanía legislativ­a argentina”.

El nuevo marco en vigencia, a partir de la derogación de todos los textos que sustituyó la resolución del macrismo, reestablec­e pautas sobre registraci­ón, recaudos de inscripció­n registral, actos registrabl­es de empresas locales participad­as por sociedades del exterior, actuación del representa­nte legal a cargo de la sucursal permanente, régimen informativ­o, parámetros para apreciar la actividad de la sociedad en el exterior y cancelació­n de la inscripció­n originaria.

En el escrito se destaca una denuncia que adelanta al pasar la entidad que conduce Nissen: “Desde el levantamie­nto de la señalada prohibició­n establecid­a en el artículo 218 ya citado, numerosas sociedades offshore se habrían inscripto en el Registro Público a cargo de esta IGJ”.

El organismo indicó que durante el macrismo numerosas sociedades offshore se habrían inscripto para operar en el sistema legal sin análisis.

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Alejandro Leiva Ricardo Nissen, titular de la Inspección General de Justicia.

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