Nuevas penas en el Juicio a los Jueces
Ajustaron las condenas por delitos de lesa humanidad en Mendoza
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Al cabo de dos meses de debate, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de Mendoza anuló absoluciones, dictó nuevas sentencias y elevó penas de varios represores que habían sido acusados y juzgados en 2017 por delitos de lesa humanidad en la provincia en lo que se conoció como el Juicio a los Jueces. Uno de los magistrados cómplices de la última dictadura militar, el exfiscal federal Otilio Romano, volvió a recibir la pena de prisión perpetua por un hecho en que había quedado absuelto. También se aumentaron penas a varios represores. La nueva sentencia, que se conoció el viernes pasado, fue parte de lo resuelto por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación, que hizo lugar a las apelaciones de las partes acusadoras y la Fiscalía frente al histórico fallo de 2017 y ordenó revisar las condenas y absoluciones dictadas por aquel tribunal.
La jueza Gretel Diamante y los jueces Alberto Carelli y Daniel Doffo desarrollaron una nueva etapa del debate en el que fueron condenados miembros de fuerzas armadas y de seguridad y exmagistrados de Mendoza por la comisión de crímenes de lesa humanidad. Revisaron las absoluciones que el fallo original había dictado a tres policías ajustaron penas dictadas a otros miembros de las fuerzas.
La nueva sentencia impuso penas a tres expolicías de la seccional 16° de Mendoza: Juan Carlos Ponce, Héctor Camargo y Miguel Angel Ponce. Los dos primeros fueron condenados a cuatro años por los delitos de encubrimiento y asociación ilícita, mientras que el último tuuvo una pena de dos años y seis meses, por encubrimiento. Como estuvieron con prisión preventiva a la espera de este proceso, el tribunal les dictó, el mismo día, el cumplimiento de la pena.
Luego, los jueces elevaron las penas de otros cinco represores que habían sido hallados responsables de diversos delitos de lesa humanidad en aquel juicio. A los exoficiales sub-ayudantes de la comisaría 7ma, Antonio Indalecio Garro y José Antonio Lorenzo, los consideraron autores de los delitos de asociación ilícita, privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas en perjuicio de tres víctimas, imposición de tormentos agravados en tres casos y de abuso deshonesto en dos. Les elevaron las penas de tres a seis años de prisión.
Para el exagente penitenciario Oscar Bianchi consideraron una nueva pena de nueve años de prisión, mientras que para su colega Pedro Linares el recálculo arrojó siete años y seis meses (en 2017 habían recibido seis). Al ex segundo jefe del Departamento de Informaciones de Mendoza (D2), le sumaron dos años de encierro: de diez a 12 años de cárcel. Por otro lado, el TOCF consideró al exfiscal federal Otilio Romano responsable penalmente como partícipe necesario del delito de privación abusiva de la libertad agravada en perjuicio de Irma Zamboni de Ander Egg.
Por último, el tribunal realizó ajustes a las calificaciones y responsabilidades otorgadas por sus colegas hace cuatro años a los represores condenados, sobre todo en relación con delitos de índole sexual. Este punto fue destacado por los representantes del Ministerio Público fiscal, uno de los orígenes de las apelaciones que posibilitaron la reapertura del debate. Según un análisis preliminar, ya que aún falta conocer los fundamentos de la nueva sentencia, el Tribunal “recogió los criterios propiciados por la fiscalía con relación a los delitos contra la integridad sexual” ya que calificó como violaciones “los hechos en los cuales la integridad de las víctimas había sido vulnerada mediante objetos, bajo la premisa de que en esos supuestos se verificaba el acceso carnal exigido por el tipo penal de violación”. “También supone convalidar la acusación fiscal, en cuanto cuestionaba que la sentencia original había descartado abusos sexuales por considerarlos absorbidos por el delito de violación, en supuestos donde ambas figuras debían concurrir realmente por haber sufrido las víctimas ambos delitos en momentos distintos”, difundieron desde la Procuración General. @
A tres años del asesinato por la espalda de Rafael Nahuel, por parte de un integrante del grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina, la investigación judicial sigue sorteando obstáculos hacia el demorado juicio oral y la comunidad Lafken Winkul Mapu permanece, como en aquel momento, en zozobra por otra orden de desalojo. Esta vez promovida no por Parques Nacionales, sino por el Obispado de San Isidro. En estos días el abogado del prefecto Francisco Javier Pintos, principal imputado por la muerte de Rafita, pidió que se suspenda el tercer peritaje sobre el proyectil que mató al joven mapuche el 25 de noviembre de 2017 en la incursión represiva con disparos de balas de plomo que hicieron los prefectos en el territorio que había sido brutalmente desalojado dos días antes, en Villa Mascardi. “El ejercicio del poder debería tener límites infranqueables que derivan de que los derechos humanos son atributos inherentes a la dignidad humana. En tres años se han transgredido todos los límites y cada vez más cobra fuerza que será solo en juridicciones internacionales donde encontraremos alguna respuesta”, dijo a PáginaI12 Sebastián Feudal, abogado querellante en la causa.
“A la ejecucion extrajudicial por parte el estado de un ciudadano se le sucedieron una serie de actos jurídicos y políticos que agravaron la frustración y el dolor. La investigación ha sido torpe y manipulada, el poder político solo ha procurado justificar la barbarie que no cesa”, agregó el abogado. Feudal recordó que la pericia había empezado a principios de este año, pero se suspendió a mediados de marzo tras una acordada de la Corte Suprema que dispuso la restricción de actividades como parte de las medidas sanitarias por el avance del coronavirus. Dijo que no tenían por ahora la fecha para reanudar la pericia, pero todo indica que será en el corto plazo, con la participación de los peritos de parte. Contó que ya se dio la orden judicial para que los expertos retomen las peritaciones de las armas. “Y estamos todos de acuerdo, menos la defensa de (Francisco Javier) Pintos”, sostuvo Feudal, miembro de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos.
Esta medida fue ordenada por la Cámara Federal de Apelaciones de Roca para determinar de qué arma salió el proyectil que causó la muerte de Rafael, porque hay dos pericias que arribaron a conclusiones contradictorias. Los peritos oficiales Roberto Nigris y Karina Uribe concluyeron en 2019, con la adhesión de la perito designada por la querella, que la bala calibre 9 milímetros que extrajeron del cuerpo de la vícti
En una revisión de lo dictado en el histórico fallo de 2017, el exfiscal federal Otilio Romano volvió a recibir perpetua.