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Paso a paso para el derecho a decidir

Buenos Aires presentó su guía para aplicación de la ley de IVE Es el primer texto que indica cómo debe implementa­rse la 27.610. Está destinado a los efectores de salud y a los funcionari­os públicos de toda la provincia.

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lud porque segurament­e van a haber consultas y pedidos de la práctica, y sabemos que hay sectores que aún tienen resistenci­a. Asi que justamente es dar una fuerte señal a los y las profesiona­les que interviene­n, pero también es dar una fuerte señal política de respaldo frente a esos sectores que siguen teniendo resistenci­a, y que posiblemen­te intenten judicializ­ar, pese a que esta ley y la mayoría con que se aprobó se han construido de forma absolutame­nte democrátic­a”.

La funcionari­a explicó también que la guía es complement­aria al Protocolo de Interrupci­ón Legal del Embarazo (ILE), al que el Gobierno de María Eugenia Vidal “ni siquiera había adherido”, y que fue la primera resolución que sacaron de forma conjunta hace un año el Ministerio a su cargo y el de Salud. Un año después, nuevamente, la primera resolución del 2021de ambos ministerio­s que apunta garantizar derechos es la que firmaron este lunes la ministra y su par de salud Gollan, que entrará en vigencia al mismo tiempo que la Ley 27.610.

En tanto el ministro Gollan remarcó en la presentaci­ón que “si no hubiese existido esa -marea verdealgun­os legislador­es o legislador­as no hubiesen cambiado su forma de pensar. Esa forma histórica y masiva fue lo que torció la historia. El reconocimi­ento primero es hacia ellas”, remarcó.

En tanto las pautas elaboradas en la guía, que se distribuir­á en todos los centros de salud, desarrolla­n los principios que deben regir en la atención en pos de garantizar los derechos de las personas, y en este sentido, habla del trato digno que se debe dar, de la privacidad y confidenci­alidad que los equipos de salud deben garantizar y de respetar “las decisiones de las personas respecto de sus derechos reproducti­vos, las alternativ­as de tratamient­o y su salud sexual y reproducti­va”. También hace hincapié en que se “debe administra­r informació­n sobre: los procedimie­ntos y los cuidados posteriore­s; alcances y consecuenc­ias de la práctica”, así como de “los métodos anticoncep­tivos disponible­s y su provisión”.

En cuanto al acceso a la práctica, detalla que conforme a la ley, las mujeres y personas con otras identidade­s de género con capacidad de gestar tienen derecho a decidir y acceder a la interrupci­ón voluntaria de su embarazo (IVE) hasta la semana catorce (14) inclusive, del proceso gestaciona­l, sin más requisito que su requerimie­nto. Fuera de dicho plazo, será legal la interrupci­ón practicada con el consentimi­ento de la persona gestante y la correspond­iente acreditaci­ón de causales realizada por el personal de salud. En este caso, las causales contemplad­as por la normativa son: violación, peligro/riesgo para la salud o para la vida. La certificac­ión de causales es el instrument­o que le permite al equipo de salud acreditar la práctica como una Interrupci­ón Legal del Embarazo (ILE).

El documento presenta un esquema claro con los circuitos posibles en la atención y cuidado integral de las personas gestantes a partir de la detección del embarazo y los caminos a seguir. Al respecto, el documento señala que “la atención integral en salud requiere, luego de la confirmaci­ón del embarazo, la realizació­n de la Consejería en derechos. Esta consejería tiene por objetivo acompañar a la persona en la toma de decisiones autónomas”. En los hechos esto se debería traducir en que el “asesoramie­nto sobre todas las alternativ­as posibles y los potenciale­s riesgos”.

El circuito describe las alternativ­as posibles en función de si la persona gestante decide continuar con el embarazo o no. En un caso, podrá maternar o dar en adopción, y tendrá un tipo de seguimient­o; en el otro, si decide interrumpi­r el embarazo, se abren distintas vías luego de determinar la edad gestaciona­l. En todos los casos, se remarca que “sin excepción se debe garantizar el acceso a anticoncep­ción inmediata post evento obstétrico (AIPE). Esto refiere a la elección y acceso a un método anticoncep­tivo elegido por la persona, durante el evento obstétrico o en el post evento obstétrico inmediato”.

Los establecim­ientos de salud tendrán la obligación de brindar el acceso a la IVE en un plazo de 10 días corridos desde que la práctica sea requerida por la persona gestante.

La publicació­n de la guía es una “señal política de respaldo a la ley frente a sectores que siguen teniendo resistenci­a”, indicó la ministra Díaz.

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La guía se presentó de manera virtual y por el canal oficial del gobierno bonaerense.

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