Paso a paso para el derecho a decidir
Buenos Aires presentó su guía para aplicación de la ley de IVE Es el primer texto que indica cómo debe implementarse la 27.610. Está destinado a los efectores de salud y a los funcionarios públicos de toda la provincia.
lud porque seguramente van a haber consultas y pedidos de la práctica, y sabemos que hay sectores que aún tienen resistencia. Asi que justamente es dar una fuerte señal a los y las profesionales que intervienen, pero también es dar una fuerte señal política de respaldo frente a esos sectores que siguen teniendo resistencia, y que posiblemente intenten judicializar, pese a que esta ley y la mayoría con que se aprobó se han construido de forma absolutamente democrática”.
La funcionaria explicó también que la guía es complementaria al Protocolo de Interrupción Legal del Embarazo (ILE), al que el Gobierno de María Eugenia Vidal “ni siquiera había adherido”, y que fue la primera resolución que sacaron de forma conjunta hace un año el Ministerio a su cargo y el de Salud. Un año después, nuevamente, la primera resolución del 2021de ambos ministerios que apunta garantizar derechos es la que firmaron este lunes la ministra y su par de salud Gollan, que entrará en vigencia al mismo tiempo que la Ley 27.610.
En tanto el ministro Gollan remarcó en la presentación que “si no hubiese existido esa -marea verdealgunos legisladores o legisladoras no hubiesen cambiado su forma de pensar. Esa forma histórica y masiva fue lo que torció la historia. El reconocimiento primero es hacia ellas”, remarcó.
En tanto las pautas elaboradas en la guía, que se distribuirá en todos los centros de salud, desarrollan los principios que deben regir en la atención en pos de garantizar los derechos de las personas, y en este sentido, habla del trato digno que se debe dar, de la privacidad y confidencialidad que los equipos de salud deben garantizar y de respetar “las decisiones de las personas respecto de sus derechos reproductivos, las alternativas de tratamiento y su salud sexual y reproductiva”. También hace hincapié en que se “debe administrar información sobre: los procedimientos y los cuidados posteriores; alcances y consecuencias de la práctica”, así como de “los métodos anticonceptivos disponibles y su provisión”.
En cuanto al acceso a la práctica, detalla que conforme a la ley, las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a decidir y acceder a la interrupción voluntaria de su embarazo (IVE) hasta la semana catorce (14) inclusive, del proceso gestacional, sin más requisito que su requerimiento. Fuera de dicho plazo, será legal la interrupción practicada con el consentimiento de la persona gestante y la correspondiente acreditación de causales realizada por el personal de salud. En este caso, las causales contempladas por la normativa son: violación, peligro/riesgo para la salud o para la vida. La certificación de causales es el instrumento que le permite al equipo de salud acreditar la práctica como una Interrupción Legal del Embarazo (ILE).
El documento presenta un esquema claro con los circuitos posibles en la atención y cuidado integral de las personas gestantes a partir de la detección del embarazo y los caminos a seguir. Al respecto, el documento señala que “la atención integral en salud requiere, luego de la confirmación del embarazo, la realización de la Consejería en derechos. Esta consejería tiene por objetivo acompañar a la persona en la toma de decisiones autónomas”. En los hechos esto se debería traducir en que el “asesoramiento sobre todas las alternativas posibles y los potenciales riesgos”.
El circuito describe las alternativas posibles en función de si la persona gestante decide continuar con el embarazo o no. En un caso, podrá maternar o dar en adopción, y tendrá un tipo de seguimiento; en el otro, si decide interrumpir el embarazo, se abren distintas vías luego de determinar la edad gestacional. En todos los casos, se remarca que “sin excepción se debe garantizar el acceso a anticoncepción inmediata post evento obstétrico (AIPE). Esto refiere a la elección y acceso a un método anticonceptivo elegido por la persona, durante el evento obstétrico o en el post evento obstétrico inmediato”.
Los establecimientos de salud tendrán la obligación de brindar el acceso a la IVE en un plazo de 10 días corridos desde que la práctica sea requerida por la persona gestante.
La publicación de la guía es una “señal política de respaldo a la ley frente a sectores que siguen teniendo resistencia”, indicó la ministra Díaz.