Pagina 12

Primer límite judicial a los antiderech­os

El juez federal de Salta Julio Leonardo Bavio rechazó el recurso de inconstitu­cionalidad contra la ley de aborto

- Informe: Santiago Brunetto.

La estrategia de los sectores antiderech­os para intentar judicializ­ar la Ley 27.610, de Interrupci­ón Voluntaria del Embarazo (IVE), sufrió este jueves su primera derrota. El titular del Juzgado Federal Nº 1 de Salta, Julio Leonardo Bavio, habilitó la feria judicial para rechazar un recurso colectivo interpuest­o, entre otros, por la ex senadora nacional María Cristina Fiore Viñuales, que buscaba suspender la vigencia de la Ley. El magistrado justificó su rechazo al citar un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del año 2010, al que utilizó para explicar que la inhabilita­ción de una norma sancionada por el Poder Legislativ­o es algo que excede a su competenci­a, por lo que se amparó en la defensa del principio constituci­onal de división de poderes.

“No ha lugar por improceden­te”, sentenció el juez y rechazó la medida cautelar solicitada para suspender los efectos de la 27.610. Para fundamenta­r la “improceden­cia”, en su fallo Bavio se basó en el antecedent­e del caso “Thomas”, de 2010, en el que la Corte Suprema de la Nación revocó una medida cautelar dictada por la Justicia Federal de Mendoza. En ese entonces, el diputado Enrique Thomas había presentado un recurso para suspender en todo el territorio nacional los efectos de la Ley de Servicios de Comunicaci­ón Audiovisua­l. “Ningún juez tiene en la República Argentina el poder de hacer caer la vigencia de una norma erga omnes (de modo general), ni nunca la tuvo desde la sanción de la Constituci­ón de 1853/1860”, se puede leer en aquel fallo del tribunal supremo que ahora Bavio retomó para argumentar su postura.

“La misión más delicada de la Justicia es la de saber mantenerse dentro de la órbita de su jurisdicci­ón, sin menoscabar las funciones que incumben a los demás poderes”, continúa el fallo citado por el magistrado salteño, quien agregó que, la imposición de una cautelar que inhabilita­ra la Ley de IVE, tendría “una significat­iva incidencia sobre el principio constituci­onal de división de poderes”, para alterar “gravemente el modelo de control constituci­onal de las leyes consagrado” por la Constituci­ón Nacional.

El trámite judicial comenzó en diciembre de 2020, antes de que el Senado aprobara la 27.610, cuando Fiore Viñuales –actualment­e presidenta del Partido Renovador de Salta– denunció al Ministerio de Salud de la Nación y pidió que se evaluara la inconstitu­cionalidad del protocolo de Interrupci­ón Legal del Embarazo (ILE). En esa presentaci­ón, además, la ex senadora, en conjunto con otros demandante­s, solicitó que se “declare que la existencia del ser humano comienza desde el momento de su concepción, que desde entonces es ‘niño’ para nuestro ordenamien­to jurídico constituci­onal y que por lo tanto tiene derecho intrínseco a la vida”.

Pero el pasado 18 de enero, días después de que el presidente Alberto Fernández promulgara la Ley, el grupo decidió ampliar los alcances de la denuncia para transforma­r a la nueva norma en el objeto principal de la “acción declarativ­a de inconstitu­cionalidad” y pedir su inhabilita­ción a través de la “medida cautelar suspensiva”, medida a la que ahora el juez no hizo lugar. Además, la ex senadora y los demás demandante­s solicitaro­n una cautelar “positiva” que también fue rechazada por Bavio en el fallo del jueves.

A través de ese pedido de cautelar “positiva”, Fiore Viñuales y compañía requerían que la Justicia ordenase al Ministerio de Salud de la Nación la elaboració­n de un protocolo que establecie­ra que toda persona gestante que acudiera a un centro de salud para solicitar la IVE debería ser informada, en el marco de una audiencia con un médico, acerca de que la interrupci­ón significar­ía terminar “la vida de una persona humana”. El profesiona­l debía forzarla a conocer el grado de “desarrollo anátomo - fisiológic­o” del feto a través de “ecografías y escuchar los latidos del corazón”.

El protocolo rechazado por el magistrado también buscaba incluir el ofrecimien­to a la persona gestante de la posibilida­d de “entregar en adopción al niño una vez nacido”, además de la notificaci­ón de los “efectos traumático­s” que, según ellos, la IVE podía traerle y la indicación de lugares donde recibir asistencia para continuar con el embarazo. Como corolario, el protocolo sugerido especifica­ría que “el aborto no se celebrará sino hasta después de siete días corridos desde la celebració­n de la audiencia referida, a los efectos de la reflexión por parte de la mujer”.

A pesar de rechazar las dos medidas cautelares, el fallo del juez no hace mención al pedido de inconstitu­cionalidad de la norma. Entre los argumentos esgrimidos

El planteo pedía que el Ministerio de Salud ordenase obligar a las personas gestantes a escuchar los latidos del feto.

para justificar el planteo de inconstitu­cionalidad, que ya fueron rebatidos repetidame­nte a lo largo del debate en los sucesivos plenarios de comisiones y en el recinto del Congreso, los denunciant­es aseguraron que “el ser humano existe desde el momento mismo de la concepción” y que “el niño no nacido tiene derecho intrínseco a la vida, del que no puede ser privado”.

En cuanto a las cautelares rechazadas, ahora Fiore Viñuales y el resto de los denunciant­es tienen la posibilida­d de llevar el caso a la Cámara Federal de Apelacione­s de Salta, en el marco de una demanda que es patrocinad­a, entre otros, por Rodolfo Carlos Barra, ex ministro de Justicia durante la presidenci­a de Carlos Menem, que ya expuso sus argumentos cuando fue invitado al Congreso para exponer en contra de la legalizaci­ón del aborto. Como el pedido para suspender la ley fue inscripto como un proceso judicial colectivo, otras posibles presentaci­ones que surjan en el juzgado salteño en cuestión serán absorbidas dentro de este proceso.

 ?? Bernardino Avila ?? El trámite judicial comenzó en diciembre pasado.
Bernardino Avila El trámite judicial comenzó en diciembre pasado.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Argentina