La definición quedó para febrero
Boudou y su pedido de seguir con arresto domiciliario
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El juez Daniel Obligado, que cumple funciones de ejecución en el Tribunal Oral Federal (TOF) 4, decidió no habilitar la feria judicial para tratar un recurso de apelación de la defensa del exvicepresidente Amado Boudou contra su propia decisión de que vuelva a la cárcel, por lo que el exfuncionario seguirá, como hasta ahora, en prisión domiciliaria.
“No habiendo solicitado expresamente la defensa a cargo de Alejandro Rúa y Graciana Peñafort la habilitación de feria para dar trámite al recurso de casación interpuesto en representación de Boudou, téngase presente el mismo para su oportunidad y estése a los términos de la resolución del pasado 30 de diciembre”, dispuso el magistrado en una breve resolución.
Después del fallo de la Corte del mes pasado y tras el pedido de los fiscales para que el exvición cepresidente vuelva a la cárcel, el juez había resuelto revocar la prisión domiciliaria que él mismo le otorgó a Boudou en abril pasado en medio de la pandemia, teniendo en cuenta que en ese momento su sentencia no estaba firme y los cuidados que el exfuncionario le brinda a sus dos pequeños hijos.
Los defensores de Boudou, Alejandro Rúa y Graciana Peñafort, pidieron a la Casación que revierta la decisión de Obligado, resoluque quedará ahora para después de la feria que se extiende hasta el 31 de enero. En el documento de apelación, les defensores del exfuncionario calificaron la decisión de Obligado como “errada” y “arbitraria”. Consideraron que el magistrado emitió un fallo que no fue “correctamente fundado”.
A principios de diciembre, la Corte Suprema dejó firme la condena a 5 años y 10 meses a Boudou por supuesto cohecho y negociaciones incompatibles con la función pública en la causa Ciccone. Los supremos ni se dignaron a ver lo ocurrido, no emitieron opinión sobre la existencia o inexistencia de delito o sobre las gravísimas irregularidades del expediente y simplemente rechazaron los recursos con un simple “280”, una especie de facultad monárquica que le permite a los supremos rechazar sin dar explicaciones.