A Nu Skin le pintaron la cara
Dura sanción contra la empresa de cosmética
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La imagen se repetía como un déjà vu: una, dos, tres, cinco, diez, veinte, treinta historias de Instagram en las que influencers filmaban videos contando las maravillas que podía hacer en la piel una máquina para limpiarse la cara: “Lumi asegura juventud durarera”; “Nosotras, las mujeres, nos maquillamos todo el tiempo y sacarse el maquillaje aburre pero acá llego la solución”, “Lumi no te arruina la cara, la cuida muchísimo”. La historia siguió en las oficinas del Estado: en mayo, la Secretaría de Comercio Interior imputó de oficio a la empresa de cosméticos y máquinas Nu Skin por violar la Ley de Defensa del Consumidor 24.240 al realizar anuncios que inducen al engaño y la confusión. Luego de ocho meses de investigación, la sancionó con una multa de 2,5 millones de pesos por “utilizar patrones estereotipados de belleza para la promoción de sus productos que asimilan la salud con la estética”, detalla la resolución publicada por el organismo que dirige Paula Español.
Se consideró que la publicidad de la empresa generaba un falso concepto: quienes no cumplen con determinados patrones de belleza pueden tener complicaciones de salud, y el no uso de sus productos puede derivar en distintas afecciones. “Que la sanción haya tenido como fundamento el uso de la belleza estereotipada me parece muy valioso”, opina Lala Pasquinelli, fundadora de Mujeres que no fueron tapa, un proyecto de arte que tiene como objetivo mostrar los estereotipos en los medios, desnaturalizarlos y hacer visibles a las mujeres que lo hacen. “Lo que venden es sumisión: si vos querés ser como yo, que soy hermosa, feliz y tengo una vida maravillosa, tenés que consumir esto. Pero la realidad es que detrás de ese mensaje hay un contrato y plata. El mandato de belleza es el anzuelo y la posición para vendernos cosas”, agrega Pasquinelli.
Por otro lado, la empresa establece cláusulas abusivas en su contrato ya que si el consumidor tuviese algún problema se le induce a reclamar en el estado de Utah, Estados Unidos, que está prohibido por la legislación argentina, por lo que la Secretaría de Comercio la intimó a remover la cláusula.
Además del hecho por el que efectivamente se la multó, al momento de la imputación, la investigación que realizó Comercio Interior determinó que el modelo de venta se presenta como salida laboral, cuando en realidad era un esquema piramidal o multinivel que premia si se consiguen más vendedores del producto.
El modelo de negocios consistía en comercializar un catálogo de productos promocionados por personas con alto grado de exposición en las redes sociales, que venden directamente a los clientes y, con ello, obtienen un margen de ganancia. En caso de vender los productos a través de su sistema de oferta personal, promete la posibilidad de ganar un bono minorista.
En la disposición final no se sancionó sobre este punto, porque quienes adquieren los productos para su posterior reventa no son estrictamente consumidores, y no se encuentran protegidos por la ley 24.240.
“Yo creo que hay una responsabilidad de las personas que la publicitan y ese es el paso que sigue: mirar los contratos entre los influencers y la compañía. La difusión fue posible gracias a esta gente: ¿qué recibieron estas personas a cambio por difundir este producto y aportar a la cosificación de las mujeres, que construyen el relato de que lo más importante que tenemos para aportarle al mundo es encajar en ese envase?”, concluye Pasquinelli. @
El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) publicó este jueves una resolución a través de la cual dio inicio formalmente al procedimiento de adecuación transitoria de tarifas. El objetivo oficial es establecer un esquema provisorio hasta que se arribe a un acuerdo definitivo con las prestarías del servicio de transporte y distribución. Todavía no hay precisiones sobre la fecha en que entrarán en vigencia los nuevos cuadros tarifarios.
En los considerandos de la resolución 16/21, publicada en el Boletín Oficial, se recuerda que el pasado 16 de diciembre el Poder Ejecutivo resolvió a través del decreto 1020/20 el inicio de la renegociación de la Revisión Tarifaria Integral (RTI) vigente.
La última RTI se aprobó durante el gobierno de Mauricio Macri, pero en julio del año pasado el ENRE elevó un informe recomendado su anulación. El informe que elaboró el ente, entonces a cargo de Federico Basualdo, en el marco de las facultades de la Ley 27.541 y el Decreto 277/2020, concluyó que en la RTI “los ingresos extraordinarios reconocidos para las empresas se determinaron de forma poco transparente, se tradujeron en tarifas exorbitantes, y se omitieron los procesos administrativos internos del ente regulador”.
La RTI dejó de cumplirse durante el gobierno de Macri quien no autorizó el aumento previsto para el segundo semestre de 2019. “Queda en evidencia, entre otras cosas, que lo establecido por la RTI tuvo que ser modificado desde el inicio por el gobierno de Cambiemos en tanto su aplicación efectiva resultó insostenible por sus efectos nocivos sobre los ingresos de los usuarios y de los sectores productivos”, sostuvo el informe. En base a los fundamentos ofrecidos por la auditoría del ENRE, el gobierno avanzará ahora en la negociación de nuevas condiciones de prestación de servicio con las distribuidoras del AMBA, adaptado a las nuevas condiciones económicas y a otros objetivos políticos, en materia de justicia tarifaria y accesibilidad a los servicios.
El artículo 3 del decreto 1020/21 encomendó al ENRE encabezar el proceso de renegociación con las eléctricas y dispuso al mismo tiempo prorrogar el congelamiento de tarifas, que vencía en diciembre, por otros 90 días o hasta tanto entren en vigencia los nuevos cuadros tarifarios transitorios.
La resolución señala además que en las adecuaciones tarifarias transitorias se deberá atender a garantizar la continuidad de la normal prestación de los servicios, como así también la implementación de los mecanismos de participación ciudadana correspondientes. A raíz de ello, el artículo 2 de la resolución 16/02 establece que el ENRE facilitará la realización de diversas instancias de participa
Comercio Interior multó con 2,5 millones de pesos a los fabricantes de Lumi, un producto para limpiar la piel, por publicidad engañosa.