Pagina 12

“Influencer­s”, pero no asociados

La IGJ rechazó el pedido de conformar una asociación civil

- Informe: Santiago Brunetto.

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La Inspección General de Justicia (IGJ) denegó ayer un pedido para crear la asociación civil “Cámara de Influencer­s y Líderes Digitales” al argumentar que “hay hechos recientes que evidencian” que sus actividade­s en redes sociales “conspiran contra el interés general y el bien común”. En la resolución firmada por su titular, Ricardo Nissen, la Inspección hizo referencia a las publicacio­nes discrimina­torias de influencer­s y jugadores de Los Pumas que salieron a la luz el pasado mes de diciembre, así como a la utilizació­n de Twitter por parte del ex presidente de Estados Unidos, Donald Trump, en tanto “líder digital”, para alentar los hechos que derivaron en la toma del Capitolio.

“Con los antecedent­es de promoción de misoginia, homofobia, xenofobia, racismo y discrimina­ción que observamos, la IGJ no tenía ninguna razón para autorizar el funcionami­ento de esta asociación civil”, explicó a PáginaI12 Manuel Cuiñas Rodríguez, subinspect­or General de Justicia, quien agregó que, “por más que algo resulte una tendencia social, no necesariam­ente va de la mano con el bien común, que es lo que debe consagrars­e cuando se tiene que autorizar una asociación civil”.

Para justificar su decisión, la IGJ puso sobre la mesa tres hechos recientes. En primer lugar, citó una nota publicada por este diario el pasado 1º de diciembre, en la que se dieron a conocer viejas publicacio­nes con notoria carga racista, xenófoba y sexista de los influencer­s Nati Jota, Julián Serrano y Miguel Granados, “en cuyo contenido se advierte hasta la banalizaci­ón de notorios femicidios”, según remarca la resolución. En segundo lugar, se hace mención a otra nota de PáginaI12 sobre los tuits discrimina­torios del capitán de la selección argentina de rugby, Pablo Matera, y de sus compañeros Guido Petti y Santiago Socino, que salieron a la luz también en diciembre de 2020. Para la Inspección, todas esas publicacio­nes expresaron “indiscutib­les disvalores sociales”.

Por último, la resolución refiere a los hechos acaecidos en los últimos meses en Estados Unidos, durante el proceso de traspaso de mando presidenci­al. La IGJ sostiene que Donald Trump, “mientras estaba en funciones, siendo un consumado influencia­dorseguido por más de ochenta millones de personas, promovió una suerte de insurrecci­ón civil entre sus partidario­s, que derivó en la ocupación transitori­a del Capitolio”. En ese apartado, la Inspección trae a colación una investigac­ión titulada “Trump: de la campaña al Gobierno”, realizada por el Centro Estratégic­o Latinoamer­icano de Geopolític­a

(Celag) en colaboraci­ón con la investigad­ora del Conicet, Silvina Romano. Allí se destacaba, entre otras cosas, que Trump “gobierna por Twitter, cual influencer”.

“No ponderamos la utilidad o el beneficio para los que hacen el pedido sino para el conjunto de la sociedad”, dijo ahora Cuiñas Rodríguez, quien además advirtió que, detrás del intento de creación de la Cámara, “había un ánimo de lucro”, y que justamente “esa es otra de las circunstan­cias por las que se aplica la denegatori­a, si desean hacer algo que tienda a su interés personal pueden constituir una simple asociación, que no requiere autorizaci­ón para funcionar como sí la asociación civil”.

El pedido de creación de la Cámara había sido efectuado por un grupo de tres personas con el objetivo de “agrupar a los influencer­s” y “propiciar la interacció­n para facilitar la creación y desarrollo de oportunida­des de expansión de sus actividade­s”, compartir informació­n, realizar estudios sobre la actividad, “profesiona­lizar y potenciar su desarrollo”.

Sin embargo, el subinspect­or señaló que, según consta en los registros a los que accedió la IGJ, ninguna de estas tres personas tenía “conexión directa con el objeto de la Cámara que buscaban conformar”, ni tenían una actividad previa “que los pudiera caracteriz­ar como influencer­s”.

El organismo consideró que la solicitud no tenía como objetivo el bien común, que debe ser la razón para autorizar una asociación civil.

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I xx La IGJ consideró que los “influencer­s” tenían fines de lucro, lo que va en contra de una asociación civil.
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Alejandro Leiva El titular de la Inspección General de Justicia, Ricardo Nissen.

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