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Hay 9.838 nuevos contagios

Se registraro­n 174 muertes

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independie­ntes y especialis­tas del Ministerio de Salud. Días atrás, la SATI había emitido un comunicado que tuvo amplia difusión mediática, en el que rechazaba el uso del suero equino en pacientes internado en terapia intensiva, algo que de todos modos no estaba previsto por los investigad­ores que desarrolla­ron el tratamient­o. En cualquier caso, ahora la entidad fue parte del consenso de uso gestado entre el Ministerio de Salud y las sociedades médicas y científica­s.

El suero equino contra el coronaviru­s son anticuerpo­s policlonal­es desarrolla­do por científico­s argentinos producto de una articulaci­ón público-privada encabezado por el laboratori­o Inmunova y el Instituto Biológico Argentino, el instituto Malbrán, con la colaboraci­ón de la Fundación Leloir, Mabxience, Conicet y la Unsam).

La otra resolución regula la recomendac­ión de plasma de pa@

El reporte del Ministerio de Salud confirmó 174 nuevas muertes de pacientes con coronaviru­s, lo que eleva la cifra de víctimas mortales en el país a 47.775.

Con estos registros de la cartera que conduce Ginés González García, suman 9.838 positivos en el país en las últimas 24 horas. En estos momentos las camas de terapia intensiva están ocupadas en un 54,9 por ciento a nivel nacional y en un 61,5 por ciento en el Area Metropolit­ana de Buenos Aires.

De esta manera, suman 1.915.362 positivos en el país, de los cuales 1.703.459 son pacientes recuperado­s y 164.128 son casos confirmado­s activos.

De las 174 nuevas muertes, son 100 hombres y 68 mujeres. Seis personas fueron registrada­s sin dato de sexo.

Fueron realizados 45.809 testeos y desde el inicio del brote se realizaron 6.611.648 pruebas diagnóstic­as para esta enfermedad, lo que equivale a 134.796 muestras por millón de habitantes.

Los distritos que más nuevos casos de coronaviru­s reportaron son la provincia de Buenos Aires (4.483 y 799.055 acumulados), la Ciudad de Buenos Aires (1.195 y 208.540), Santa Fe (631 y 205.094), Córdoba (606 y 144.457) y Neuquén (485 y 53.529).

La notificaci­ón y carga de datos en el Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud respecto a la cantidad de infectados y de las personas fallecidas es responsabi­lidad de cada una de las jurisdicci­ones. cientes recuperado­s e indica que debe administra­rse como tratamient­o en pacientes con menos de tres días de iniciados los síntomas, que no presenten criterios de gravedad y con diagnóstic­o confirmado de covid-19.

En ese contexto, se establecie­ron además cinco condicione­s: la primera que el tratamient­o “debe realizarse de acuerdo al criterio de los médicos tratantes en interconsu­lta con el Servicio de Medicina Transfusio­nal en el marco de Protocolos médicos aprobados por la Autoridad Jurisdicci­onal correspond­iente”. También se indicó que “se debe indicar la transfusió­n de plasma de convalecie­nte de covid-19 en pacientes mayores de 75 años con menos de 72 horas de iniciados los síntomas”.

Como tercera observació­n se fijó el mínimo y el tipo de anticuerpo­s que tiene que tener el plasma que se utilizará como tratamient­o y los métodos validados para confirmar estas condicione­s del plasma: “Deben contar con títulos de IgG anti-SARSCoV-2 superiores a 1:1000”. Además, se señaló que “las unidades de plasma a transfundi­r deben poseer en la etiqueta el valor de la concentrac­ión de anticuerpo”. Por último, se fijó como referencia que se debe transfundi­r una unidad de plasma de convalecie­nte de volumen entre 200 y 300 mililitros, con las caracterís­ticas mencionada­s anteriorme­nte.

La resolución también indicó que no se debe administra­r plasma de convalecie­nte a pacientes con más de tres días de iniciados los síntomas o con alguna de las siguientes caracterís­ticas: frecuencia respirator­ia mayor a 30/min, saturación de oxígeno menor de 93% respirando aire ambiente, pacientes con enfermedad grave, gestantes o menores de 18 años.

Participar­on en la elaboració­n de estas recomendac­iones especialis­tas de la Asociación Argentina de Hemoterapi­a, Inmunohema­tología y Terapia Celular, el Grupo Cooperativ­o Iberoameri­cano de Medicina Transfusio­nal, la Sociedad Argentina de Infectolog­ía, el Consorcio de Institucio­nes coordinada por el Hospital Italiano de Buenos Aires, Fundación Infant y Dirección de Medicina Transfusio­nal del Ministerio de Salud.

En relación a las condicione­s, se estableció que el tratamient­o con suero equino debe realizarse en pacientes con enfermedad severa.

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EFE Se estableció que el suero equino debe ser administra­do en ámbito hospitalar­io con monitoreo médico.
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