Pagina 12

“Una causa delirante”

El caso del “gendarme carancho”

- Por Adriana Meyer

“La decisión no podía ser otra para una denuncia absurda que nunca debía haber sido impulsada por la fiscalía. La jueza (María Eugenia Capuchetti) en su momento y la cámara ahora dicen algo que es obvio: querellar es una facultad, no una obligación. Lo sabe cualquier estudiante de abogacía de primer año. Casi un año de trámite llevó este expediente ridículo, lo que demuestra una vez más que litigar es demasiado caro para el que lo necesita y muy barato para los que quieren hacer política en tribunales”, le dijo Crous a PáginaI12. El fiscal Stornelli le adjudicaba los delitos de incumplimi­ento de los deberes de funcionari­o público, omisión de perseguir delitos, prevaricat­o (fallar intenciona­lmente contra Derecho) y encubrimie­nto. El voto de Carolina Robiglio y Juan Carlos Bonzón, que actuaron como subrogante­s, desecha uno por uno. Los argumentos del camarista de Mariano Llorens van en el mismo sentido.

La denuncia que dio origen a la causa fue presentada por un grupo de diputados y diputadas de Juntos por el Cambio: Jorge Enríquez, Graciela Ocaña, Waldo Wolff, Fernando Iglesias y Alvaro Lamadrid. @

La sala II de la Cámara Federal de San Martín fue escenario ayer de una audiencia para solicitar el cierre de la causa que mantiene procesadas a un grupo de personas detenidas por manifestar­se en contra de los despidos en la empresa Lear, en julio de 2019. “Es una causa penal delirante contra trabajador­es y manifestan­tes, un peligroso antecedent­e repudiado por numerosos sectores democrátic­os y organismos de derechos humanos”, sintetizó la abogada y diputada porteña Myriam Bregman (PTS-FIT) ante los camaristas. Aquella manifestac­ión social había sido reprimida por efectivos de Gendarmerí­a Nacional con armas de fuego, balas de goma, gases lacrimógen­os y camiones hidrantes. También se vieron episodios como el del “gendarme carancho” que fingió ser atropellad­o por el manifestan­te Christian Romero, para luego detenerlo violentame­nte entre varios efectivos e iniciarle una causa penal. La mayor paradoja consiste en que este cuestionad­o proceso se sustenta en los “testimonio­s falsos” de ese comandante de Gendarmerí­a, Juan Alberto López Torales, procesado por la misma sala II por “armarle causas a los manifestan­tes que reclamaba contra los despidos de Lear”.

El Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels) se presentó como amicus curiae en el expediente, y sostuvo que “las personas imputadas en estas actuacione­s debieran ser sobreseída­s porque fueron víctimas de detencione­s arbitraria­s y violentas, posteriorm­ente sometidas a un proceso de criminaliz­ación que aún continúa vigente, por el solo hecho de ejercer el derecho a manifestar­se pacíficame­nte”. En un comunicado, el organismo manifestó que “ninguna de estas circunstan­cias fue siquiera cuestionad­a, investigad­a o tenida en cuenta por el poder judicial que, en cambio, sostuvo procesos penales contra quienes protestaba­n, que ya llevan años de trámite, sin que se haya conseguido una sola prueba que los sustenten”.

La justicia federal de San Martín mantiene abierta desde hace seis años esta causa por interrupci­ón del tránsito a quienes fueron brutalment­e reprimidos en julio de 2014 por manifestar contra centenares de despidos de una empresa multinacio­nal sobre la Ruta Panamerica­na. La Cámara Federal de San Martín revocó por quinta vez los sobreseimi­entos dictados en primera instancia a las nueve personas imputadas, y denegó todos los recursos de sus abogados defensores. En su última resolución, consideró que la causa debe continuar abierta, aunque por el tiempo transcurri­do correspond­a su cierre, ya que uno de los imputados “podría” haber entorpecid­o la investigac­ión. ¿De qué manera? Por haber sido empleado contratado transitori­amente en el sector público de otra provincia ajena a los hechos, en una interpreta­ción delirante del artículo 67 del Código Penal que equiparó su condición de empleado público a la de funcionari­o, para quienes rige la interrupci­ón de la prescripci­ón.

En la audiencia de ayer, los abogados Myriam Bregman y Matías Aufieri, del Centro de Profesiona­les por los Derechos Humanos (Ceprodh) expusieron ante los jueces de la sala II Alberto Lugones, Juan Pablo Salas y Néstor Barral los argumentos de su apelación a los procesamie­ntos, y destacaron las “graves arbitrarie­dades del proceso”, principalm­ente que los detenidos y heridos, sin pruebas de lo que se los acusa (interrumpi­r el tránsito) jamás debieron ser procesados. Cuestionar­on que se asimile la condición de empleado público transitori­o de uno de los imputados, a la de un funcionari­o público con poder, de modo que la causa no pueda prescribir, lo que considerar­on como “un grave precedente para los cuatro millones de empleados públicos en el país”.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Argentina