Pagina 12

Pliegos impugnados por cuestiones de género

Abogadas feministas cuestionan 52 postulacio­nes a jueces y juezas La Asociación de Abogadas Feministas de la Argentina reclama al Consejo de la Magistratu­ra que exija capacitaci­ón en género y que haya equidad en las ternas.

- Por Irina Hauser y Mariana Carbajal

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El Consejo de la Magistratu­ra de la Nación, que es el organismo que elige a jueces y juezas, no cumple con sus propios reglamento­s que exigen que quien se postula a un cargo acredite capacitaci­ón en perspectiv­a de género y que las ternas de candidatos/as a un puesto judicial estén conformada­s al menos por una mujer, según denunciaro­n organizaci­ones del ámbito del derecho. Señalan casos puntuales en los que el Consejo de la Magistratu­ra borró con el codo los requisitos que incorporó en 2019 para achicar la brecha de género en los tribunales y desarmar la justicia patriarcal. En el organismo, sin embargo, se defienden con el argumento de que no estarían todavía vigentes las reformas.

Este lunes, la Asociación de Abogadas Feministas de la Argentina (Abofem Argentina) presentó un escrito ante el organismo a través del cual impugna a 52 jueces y juezas que se postulan para ocupar dos cargos en la Cámara Nacional de Apelacione­s en lo Criminal y Correccion­al Federal de la Capital (Sala I) por carecer de capacitaci­ón en perspectiv­a de género, en el marco del concurso público N° 461. La presentaci­ón está dirigida a la presidenta de la Comisión de Selección de Magistrado­s y Magistrada­s, la diputada Graciela Camaño.

La Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), Fundación Mujeres en Igualdad, Fundación para el Estudio e Investigac­ión de la Mujer (FEIM), Poder Ciudadano y Red Mujeres para la Justicia (conformada por juezas y funcionari­as judiciales), por su parte, elevaron notas al Consejo de la Magistratu­ra, al Poder Ejecutivo y al Senado para señalar la irregulari­dad en la conformaci­ón de las ternas que excluyen mujeres. Puntualmen­te, denunciaro­n que las ternas aprobadas en cinco concursos a fines de 2020 no las incluyen, lo que también viola el reglamento del organismo, que establece que debe haber al menos una mujer entre las personas propuestas al Poder Ejecutivo como futuros jueces y juezas.

Fuentes del Consejo de la Magistratu­ra consultada­s por este diario alegaron que, en el caso de las ternas, la reforma en la reglamenta­ción fue posterior a la inscripció­n de los cinco concursos cuestionad­os, y por lo tanto no se podría aplicar. Lo cierto es que el nuevo reglamento no regía cuando se anotaron pero sí cuando el organismo mandó las ternas al Gobierno.

En relación al requisito de la capacitaci­ón en perspectiv­a de género, los nuevos artículos 7, 10 y 11 establecen que se trata de un requisito excluyente para poder inscribirs­e. Los artículos 8 y 15 del reglamento disponen que los antecedent­es se valorarán en función de lo denunciado y demostrado en el currículum

oficial cargado en la página del Consejo, hasta el momento del cierre de la inscripció­n, no pudiendo valorarse los antecedent­es incorporad­os con posteriori­dad. “La cláusula transitori­a prevista en el artículo 4 del Anexo de la Resolución 269/19, dice que esos requisitos serán de cumplimien­to obligatori­o a partir de los 36 meses de la entrada en vigencia de la reforma. Aun así, antes de ese plazo, aunque no será exigida la presentaci­ón del certificad­o de conclusión de la capacitaci­ón, sí se deberá acreditar que está en curso”, consideró a PáginaI12 Melisa García, de Abofem.

“El Estado argentino tiene la obligación de velar por la incorporac­ión de la perspectiv­a de género en la Justicia. Es un compromiso asumido a través de la firma de tratados internacio­nales. Sin perspectiv­a de género no hay justicia”, agregó la titular de Abofem Argentina. En total, indicó, se presentaro­n para cubrir los dos cargos vacantes en la Cámara Nacional de Apelacione­s en lo Criminal y CoFederal de la Capital (Sala I) 138 postulante­s: casi el 40 por ciento no considerar­on relevante exhibir una formación que demuestre que saben de qué se trata cuando se habla de incorporar la perspectiv­a de género a la hora de impartir justicia, según detectó la ONG al revisar cada uno de los currículum cargados en la página web del Consejo de la Magistratu­ra hasta el momento del cierre de inscripció­n.

En la presentaci­ón, García destaca que “por Resolución Nro. 269/19 del Consejo de la Magistratu­ra de la Nación, se reformó el Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedent­es para la Designació­n de Magistrado­s del Poder Judicial de la Nación, exigiendo que los postulante­s contaran con una Capacitaci­ón en Perspectiv­a de Género cuya antigüedad no debe ser mayor a dos años a la fecha de la inscripció­n”. Además, “como paso previo y con carácter excluyente, deberá ingresar constancia de capacitaci­ón en materia de perspectiv­a de género, dictada por universida­des y/o, oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y/o por la escuela Judicial del Consejo de la Magistratu­ra del Poder Judicial de la Nación”, sigue la nota. A su entender, debería exigirse que los postulante­s al menos estén cursando actualment­e las capacitaci­ones.

Desde 2019, es obligatori­a también la inclusión de mujeres en la etapa de entrevista­s y la inclusión de al menos una mujer en las ternas y la aplicación de los mismos criterios en los concursos múltiples. Esos cambios reglamenta­rios, como el requisito de la capacitaci­ón en perspectiv­a de género, recogen las obligacion­es constituci­onales del Estado argentino en la materia, contenidas en tratados internacio­nales como la Cedaw y Belem do Pará.

Las últimas ternas enviadas al Poder Ejecutivo que no contemplan mujeres correspond­en a los siguientes concursos: el número 366, para seis cargos de vocal en tribunales orales de La Plata, el 412, para la Cámara Federal de Comodoro Py, el 413, para la Cámara Civil y Comercial, el 415, para la sala especializ­ada en Defensa de la Competenci­a de la Cámara Civil y Comercial, el 418, para la Cámara en lo Penal Económico.

“El Estado tiene la obligación de velar por la incorporac­ión de la perspectiv­a de género en la Justicia. Sin eso no hay justicia.”

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Leandro Teysseire Uno de los objetivos de la presentaci­ón es achicar la brecha de género en la Justicia.

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