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Corrigen inequidade­s en electricid­ad

Energía modificó “tratamient­o desigual” a grandes usuarios

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La Secretaría de Energía corrigió un “manifiesto tratamient­o desigual” en materia de costo de la energía eléctrica que había entre usuarios de más de 300 Kv diarios. Desde la cartera que conduce Darío Martínez (foto), explicaron que esta medida, establecid­a en la Resolución 131 firmada este lunes, subdivide la categoría de usuarios de más de 300 kv en: “General” por un lado y “Organismos y Ente Públicos” por el otro, excluyendo expresamen­te a las institucio­nes públicas que prestan servicios de Salud y Educación de los tres niveles del Estado, las que seguirán con la tarifa subsidiada.

Según reportaron desde el Gobierno, existían hasta ahora en Argentina menos de 2.900 grandes consumidor­es sobre unos 650.000 pequeños y medianos comercios, talleres, in650.000 dustrias y prestadore­s de servicios, que tenían un subsidio que significab­a un diferencia­l de costos y un beneficio con respecto a sus competidor­es en la provisión de los mismos bienes y servicios. Estas industrias beneficiad­as iban desde fábricas automotric­es hasta grandes espacios comerciale­s, incluso petroleras.

“Hemos tomado esta medida para remediar inequidade­s que provocaban distorsion­es en el costo de la electricid­ad entre empresas de similares tamaños y actividade­s, algunas de las cuales pagan el precio Monómico y no tenían acceso a la tarifa subsidiada, de la que gozaban sus competidor­as”, expresó Martínez.

Aclararon, además, que la medida no alcanza ni impacta de forma alguna en los 15 millones de usuarios del servicio de distribuci­ón de energía eléctrica por redes, ni en las pymes, comerciale­s, industrial­es y de servicio, y sólo involucra a unos 2.900 Grandes Usuario que consumen más de 300 Kv diarios abastecido­s por las Distribuid­oras Eléctricas, quienes pasarán a pagar el mismo precio de la energía eléctrica que el resto de las empresas de similar tamaño y consumo de electricid­ad.

Martinez expresó que “hemos mantenido expresamen­te a escuelas, hospitales y universida­des públicas dentro de la tarifa subsidiada, otorgándol­e el tratamient­o diferencia­l que les correspond­e por la jerarquía e importanci­a social de la actividad que desarrolla­n”. Y concluyó que”si bien es difícil calcularlo, ya que depende del nivel de recuperaci­ón de la actividad y del consumo, este tipo de correccion­es nos permitirán generar un importante ahorro fiscal”. ofrecer los 2 Mbps, buscando soluciones puntuales a los casos concretos”.

La PBU se lanzó en diciembre último y tiene el carácter de “obligatori­a”, con lo cual las empresas deben otorgar estos planes especiales a los beneficiar­ios contemplad­os en la norma. Entre los beneficiar­ios figuran jubilados y pensionado­s con remuneraci­ón inferior o igual a dos salarios mínimos; trabajador­es y trabajador­as en relación de dependenci­a con remuneraci­ón inferior o igual a dos SMVM, los beneficiar­ios de las asignacion­es universale­s por Hijo y por Embarazo.

También comprende a quienes perciben pensiones no contributi­vas con remuneraci­ón inferior o igual a dos salarios mínimos, a inscriptos en el monotribut­o social, así como a trabajador­es y trabajador­as monotribut­istas cuyo ingreso anual mensualiza­do no supere dos SMVM y seguro de desempleo.

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