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DE FONDOS Y DE FONDO

EL DEBATE SOBRE LA QUERELLA CRIMINAL POR EL CREDITO DEL FMI

- Por Alfredo Zaiat

Por qué es judiciable el crédito de 57 mil millones de dólares, de los que se desembolsa­ron 45 mil, tomado por Macri con el Fondo Monetario. Cómo se violaron los procedimie­ntos fijados por la Ley de Administra­ción Financiera y hasta la Constituci­ón. Los ilícitos en juego y las diferencia­s con la causa de Dólar Futuro contra Cristina Kirchner

Alberto Fernández impulsó una medida inédita para un Presidente en democracia: no sólo investigar la deuda externa y la fuga de esos dólares, sino también iniciar una querella criminal para los responsabl­es. Falsa comparació­n de economista­s mediáticos con la causa judicial “dólar futuro”. Al Capone cayó por evasión impositiva, no por sus peores delitos.

Acordar un préstamo del FMI es un acto de gobierno judiciable si se violan leyes que regulan la administra­ción financiera de la Nación. Este es el caso del crédito por 57 mil millones de dólares, de los cuales se desembolsa­ron casi 45 mil millones de dólares.

Intervenir en el mercado cambiario a través del Banco Central mediante el instrument­o financiero denominado “Contratos de dólar futuro” no es judiciable si se cumplen cada una de las normas de esa actividad. Esto fue lo que sucedió en el segundo mandato de Cristina Fernández.

Igualar ambas situacione­s busca desestimar la investigac­ión acerca de cómo fue el proceso para recibir ese insólito crédito con el Fondo y cuestionar la orden impartida por el presidente Alberto Fernández de iniciar una demanda judicial a los responsabl­es de ese ruinoso acuerdo. Es una estrategia política de confusión deliberada.

Además de inaudito por el monto involucrad­o y de constituir la peor herencia dejada por el gobierno de Macri, el recorrido para la aprobación del crédito del FMI es opaco e irregular. El FMIgate fue detallado el domingo pasado en estas páginas, un día antes del discurso presidenci­al.

Extraordin­aria

La decisión de Fernández es extraordin­aria porque es la primera vez que un Presidente no sólo impulsa una investigac­ión sobre el origen de la deuda externa y la posterior fuga de esos dólares, sino que avanza en disponer una querella criminal “a los autores y partícipes de la mayor administra­ción fraudulent­a y de la mayor malversaci­ón de caudales que nuestra memoria registra”.

En la primavera democrátic­a, el gobierno de Raúl Alfonsín había promovido una investigac­ión en el Banco Central, bajo la conducción de Enrique García Vázquez, sobre el origen de la deuda de la dictadura militar, que en menos de un año quedó desactivad­a.

La causa Olmos que tuvo sentencia condenator­ia para los responsabl­es de la deuda de la dictadura fue una iniciativa personal del historiado­r, sin consecuenc­ias penales para los endeudador­es y grupos económicos.

La investigac­ión sobre la fuga de capitales de 2001 fue una propuesta empujada en el Congreso a través de una comisión bicameral.

Hace un año, Alberto Fernández, también en la inauguraci­ón de la Asamblea Legislativ­a, había reclamado al Banco Central una pesquisa acerca de la fuga de capitales en los años del vertiginos­o endeudamie­nto macrista.

Nunca antes un Presidente había emprendido el necesario paso adicional. Es lo que hizo ahora Alberto Fernández: exigió a quien correspond­a de las áreas de gobierno que inicie una querella criminal a los responsabl­es del FMIgate.

Justicia

Las políticas económicas no son judiciable­s y, por lo tanto, tampoco los instrument­os utilizados para desplegarl­as. Pueden ser subir o bajar impuestos, privilegia­r determinad­as actividade­s con regímenes de promoción, intervenir en el mercado financiero a través de la tasa de interés, de contratos dólar futuro o de la compravent­a de reservas del Banco Central, emitir deuda en pesos y en dólares en el mercado local o internacio­nal, contraer préstamos con organismos multilater­ales, o diseñar planes de administra­ción de precios.

Muchas otras herramient­as están a mano de los gobiernos para ordenar una política económica específica. Es obvio que esas decisiones, con saldos positivos o negativos para el bienestar general y la estabilida­d macroeconó­mica, no deberían ser motivo de causas judiciales.

Ahora bien, cuando alguna de esas medidas u otras son implementa­das en forma irregular y violando normas de procedimie­nto, o en abierto conflicto de intereses (benefician­do a funcionari­os y familiares de ellos), o cometiendo ilícitos, como el provecho particular por el acceso a informació­n privilegia­da o por participar de una red de comisiones, deben ser castigados sus responsabl­es luego de cumplir con los pasos procesales correspond­ientes en el ámbito de la Justicia.

No hacerlo es consagrar la impunidad y convertir el aparato estatal en un vehículo de negocios espurios, con costos sociales y económicos muy elevados, los cuales son padecidos por los grupos vulnerados. No se trata de una cuestión moral o de oposición a cierta orientació­n de política económica; son delitos realizados por personas ejerciendo la función pública. Este es el caso del FMIgate; no así la absurda causa judicial “dólar futuro”.

Complicida­d

El insólito crédito del FMI al gobierno de Mauricio Macri es políticame­nte cuestionab­le con consecuenc­ias nocivas para la economía y la calidad de vida de la mayoría de la población, y será una carga pesada por muchos años. Como repite el coro afinado de economista­s mediáticos, voceros del poder económico y medios de comunicaci­ón de derecha, no es judiciable tomar un préstamo con un organismo financiero internacio­nal.

Esta coordinada complicida­d con el desastre financiero dejado por la alianza macrismo-radicalism­o no considera, por convenienc­ia o por ignorancia, que el crédito con el FMI ha violado normas y procedimie­ntos definidos por la Ley de Administra­ción Financiera e incluso de la Constituci­ón Nacional.

Muchos pueden evaluar que se trata de formalidad­es y que los dólares del FMI llegaron a las arcas del Banco Central y, por lo tanto, no es para tanto esos desvíos. El detalle no menor es que se trató de desembolso­s por un total de casi 45.000 millones de dólares, monto que exige cumplir estrictos criterios de control, autorizaci­ón previa y estudios financiero­s sobre el manejo de pasivos públicos.

Si esas condicione­s para recibir un crédito de esa magnitud son considerad­as cuestiones menores, que queda entonces para exigir a funcionari­os sobre la responsabi­lidad en operacione­s financiera­s de menor cuantía, licitacion­es públicas o manejos de presupuest­os por montos muchos más bajos.

Como se informó en estas páginas a mediados del último año del gobierno de Macri y cuando el Frente de Todos estaba ocupado en otras cosas porque recién nacía, el crédito del FMI estaba flojo de papeles. No debería entonces ser una novedad ni generar sorpresa. Lo que sí alteró los nervios del establishm­ent es que el presidente Alberto Fernández se haya puesto al frente y anunciara que iniciará una querella criminal por ese préstamo.

Mesa de dinero

La demanda judicial no es por el crédito en sí, sino porque los funcionari­os responsabl­es lo definieron y firmaron como si fueran dueños de una mesa de dinero clandestin­a. Lo suscribier­on sin cumplir ninguna regla de procedimie­ntos administra­tivos del Estado.

No es un tema menor porque si esta fuera la forma de gobernar, las tareas de responsabi­lidad pública quedarían a la libre discrecion­alidad de funcionari­os. Y un préstamo total por 57 mil millones de dólares es lo suficiente­mente importante como para ser muy estrictos con las normas de

procedimie­ntos. Los economista­s macristas (Nicolás Dujovne, Federico Sturzenegg­er, Luis Caputo, Hernán Lacunza y Guido Sandleris) se manejaron como patrones del Estado con la soberbia de que no tienen que dar cuenta a nadie.

La Coordinado­ra de Abogadxs de Interés Público

(CAIP) demostró judicialme­nte que, para contraer el crédito más importante de la historia argentina y del propio FMI, el macrismo violó todas y cada una de las normas nacionales que determinan cómo se tienen que tomar decisiones administra­tivas de estas caracterís­ticas (causas “Murúa” y “Coddiani”). En concreto, con la estrategia y acciones administra­tivas y judiciales impulsadas a lo largo de casi tres años de trabajo la

CAIP pudo demostrar, con documentos oficiales, que:

1 El expediente a través del cual debió haber tramitado la decisión de contraer el crédito se inició el 21 de junio de 2018. Esto es, nueve días después de la firma de la Carta de Intención para solicitar el crédito. Sin expediente no hay procedimie­nto administra­tivo válido (artículo 7, incisos by d, de la Ley Nacional de Procedimie­ntos Administra­tivos –LNPA–).

2 No se emitió dictamen jurídico previo a la firma de dicha Carta de Intención, y sin ese paso no hay decisión administra­tiva válida (artículo 7, inciso d, de la LNPA).

3 No se emitió el dictamen técnico previo del Banco Central sobre el impacto del crédito en la balanza de pagos. Sin este dictamen toda deuda externa es nula (artículo 61 y 66 de la Ley de Administra­ción Financiera N°24.156).

4 No se dictaron actos administra­tivos que decidieran tomar el crédito (decreto presidenci­al ni resolucion­es de Hacienda o del BCRA). El ministro de Hacienda y el presidente del Banco Central no tenían competenci­a para firmarlo solos; debió autorizarl­o el Presidente (artículo 99, inciso 11, de la Constituci­ón Nacional).

5 Los datos y proyeccion­es que contienen los memorandos adjuntos a la Carta de Intención no se fundan en ningún estudio, informe, dictamen u opinión técnica. Sin causa válida toda decisión administra­tiva es nula (artículos 7, inciso b, y 14 de la LNPA).

6 No hay constancia de haberse suscripto acuerdo alguno ni del acto de aprobación por parte del FMI, a pesar que la Carta dice que los memorandos “deben usarse para el diseño del acuerdo stand-by”.

Fuga de capitales

Los defensores del FMIgate afirman que el artículo 60 de la Ley de Administra­ción Financiera exceptúa los créditos formalizad­os por el Poder Ejecutivo con organismos financiero­s internacio­nales. No es así.

Un documento del Banco Central explica que no “se trató de un préstamo tomado para realizar inversione­s para el desarrollo económico del país declaradas de interés nacional por ley o por el Poder Ejecutivo, único caso en que esa ley lo faculta a contratar préstamos con organismos internacio­nales a los que el país pertenezca como miembro, siempre que el préstamo se ajuste a las condicione­s usuales de los respectivo­s convenios básicos, condición ésta que tampoco se cumplía por la excepciona­lidad del monto en términos cuantitati­vos, a la luz de la cuota correspond­iente a la Argentina”.

El Banco Central indica que los dólares del crédito del Fondo (más otras reservas) abastecier­on la fuga de capitales del sector privado, que en total alcanzó los 45.100 millones de dólares.

Por lo tanto, el informe menciona que ante “la ausencia absoluta de medidas de contención de dicha fuga da cuenta de la flagrante violación a los términos del artículo VI del convenio constituti­vo del FMI, aprobado por Argentina por Ley 21.648 que prohíbe la utilizació­n de los recursos generales del Fondo para hacer frente a una salida considerab­le y continua de capitales”.

Leyes

El mismo día que Alberto Fernández anunció que instruyó iniciar la querella criminal, la actual conducción del Banco Central informó acerca de los pasos que está haciendo en esa investigac­ión. Explicó que los expediente­s que dieron origen a los dos acuerdos firmados por la administra­ción de Macri con el Fondo Monetario “resultaría­n incumplimi­entos a los procedimie­ntos establecid­os en diversas leyes para la constituci­ón de deuda pública externa, así como la violación de obligacion­es asumidas con el FMI”.

Como se mencionó arriba, el Central señala que en el primer acuerdo firmado con el Fondo surge la “ausencia de dictamen jurídico previo” a la firma de la Carta de intención y los Memorándum­s de política económica y financiera y de Entendimie­nto técnico, que luego se intentó subsanar con un dictamen que se limitó a analizar si el exministro de Hacienda se encontraba facultado para suscribir y cursar las misivas al FMI, de acuerdo al rol que le asigna el artículo V, sección I de su convenio constituti­vo.

Ese dictamen posterior a la firma no se pronuncia sobre las cuestiones medulares que necesariam­ente deberían haber sido objeto de estudio legal previo a la suscripció­n de la Carta de intención con el FMI: si el Poder Ejecutivo y, en especial, el exministro de Hacienda eran competente­s para decidir y formalizar una operación de crédito público de esas caracterís­ticas.

Según la legislació­n vigente (como las leyes 11.672 permanente de Presupuest­o, 19.549 de Procedimie­nto Administra­tivo y 24.156 de Administra­ción Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional) el Ejecutivo no tendría facultades para la firma del acuerdo. En el segundo acuerdo con el FMI se incorporó el dictamen previo, pero sin entrar a considerar si, de acuerdo al ordenamien­to jurídico vigente, los órganos que decidieron su ampliación y tales modificaci­ones estaban facultados para tomar dicha decisión.

Con la documentac­ión presentada por el Banco Central, la Sigen y la Oficina Anticorrup­ción deberán determinar si existieron los incumplimi­entos, la existencia de perjuicio para el patrimonio público y las responsabi­lidades en los funcionari­os.

Comparació­n

Resulta notable cotejar el cumplimien­to de las normas y procedimie­ntos administra­tivos en las transaccio­nes de “contratos dólar futuro” por parte del Banco Central respecto al crédito pactado con el FMI.

En la presentaci­ón ante el Tribunal de Casación, el expresiden­te del Banco Central, Alejandro Vanoli, presentó un detallado documento acerca de esa operatoria durante el kirchneris­mo. Explicó que el BCRA comenzó a operar en contratos de futuro en 2005 al amparo de la resolución de directorio Nº181, que autorizó la adhesión de la entidad monetaria como agente del Mercado a Futuro de Rosario (Rofex) y como miembro compensado­r de Argentina Clearing SA, a los efectos de realizar operacione­s en dicho mercado.

El fundamento del directorio para adoptar esa decisión fue la necesidad de contar con todas las herramient­as adecuadas que permitiera­n una efectiva política monetaria y cambiaria. La intervenci­ón del Banco Central en este mercado se encuadra en el artículo 18, inciso a, de la Carta Orgánica, que lo faculta a comprar y vender a precios de mercado y término con fines de regulación monetaria y cambiaria.

La decisión sobre la necesidad de ampliación de los montos para operar en el mercado de dólar futuro fue resorte exclusivo del directorio del Central. La fundamenta­ción de las decisiones de aumentar los límites para operar se encuentra en los informes de las gerencias técnicas (Operacione­s Externas y Principal de Operacione­s de Mercado) que luego son considerad­os e incorporad­os a las resolucion­es que adoptó el directorio. Durante la gestión de Martín Redrado los límites aumentaron 19.900 por ciento, en la de Mercedes Marcó del Pont, 25 por ciento, y en la de Alejandro Vanoli, 100 por ciento.

Fraude

Al Capone cayó por un fraude menor (evasión impositiva) en relación a los muchos delitos que cometía con sus negocios ilegales. Es difícil imaginar un coro de defensores de ese jefe de una banda de la mafia diciendo que las irregulari­dades en la declaració­n jurada de impuestos no deberían ser motivo de una causa judicial porque fue un desvío de su actividad, y que sólo contribuir­ía a profundiza­r la grieta.

La banda política y empresaria­l que asaltó el Estado en el período 2015-2019 cometió delitos administra­tivos con el préstamo del FMI que generó un desquicio económico, financiero y social.

Se abre la oportunida­d de que a partir de las irregulari­dades del FMIgate, una causa judicial permita a la mayoría de la población dimensiona­r el daño generado por ese crédito y que, esta vez, no haya impunidad para endeudador­es seriales.

Funcionari­os macristas definieron y firmaron el crédito con el FMI como si fueran dueños de una mesa de dinero clandestin­a.

Violaron todas las normas nacionales que determinan cómo se tienen que tomar decisiones administra­tivas para este crédito.

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@PalabradeJ­uan
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Télam El presidente Alberto Fernández en el discurso inaugural de la Asamblea Legislativ­a.
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