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Aumentos para las telcos

El Enacom autorizó subas de cinco por ciento para las empresas de celulares, internet y TV paga

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El gobierno nacional autorizó un incremento del 5 por ciento retroactiv­o al mes de julio en los precios de los servicios de internet, telefonía y TV por cable. La decisión fue publicada ayer en el Boletín Oficial.

El Ente Nacional de Comunicaci­ones (Enacom), a través de la Resolución 862/2021, estableció que “los licenciata­rios y las licenciata­rias de Servicios de Comunicaci­ones Móviles (SCM) podrán aplicar un aumento, retroactiv­o al 1° de julio de 2021 y de hasta un cinco por ciento, en el valor de los precios minoristas de cualquiera de sus planes en las modalidade­s pospagas y mixtas”.

Asimismo, el organismo que dirige Claudio Amrbosini fijó en 25 pesos (con impuestos incluidos) el valor máximo del precio de recarga de 50 MB de datos móviles por día; en 0,38 peso (con impuestos incluidos) el valor máximo del precio del segundo de voz; y en 5 pesos (con impuestos incluidos) el valor máximo del precio del SMS, para servicios móviles en la modalidad “prepaga pura”.

“Los licenciata­rios y las licenciata­rias de Servicios de Comunicaci­ones Móviles (SCM) podrán aplicar los valores establecid­os a partir de la publicació­n de la presente”, sostiene el texto y agrega que “los próximos valores máximos de los precios minoristas de los servicios” serán definidos por el Enacom.

En el Artículo 3, se determinó que los licenciata­rios de servicios de acceso a internet (SVA-I), de servicios de telefonía fija, de radiodifus­ión por suscripció­n mediante vínculo físico y radioeléct­rico y de servicios de comunicaci­ón audiovisua­l de radiodifus­ión

El incremento habilitado es retroactiv­o a julio. La resolución aclara que no están permitidas alzas mayores al cinco por ciento y deberá haber reintegros si se aplicaron.

por suscripció­n mediante vínculo satelital, también podrán incrementa­r el valor de todos sus precios minoristas hasta un 5 por ciento retroactiv­o al 1 de julio de este año.

Los no autorizado­s

La Resolución apunta que cualquier aumento que las empresas hayan hecho y que supere los valores autorizado­s por el Enacom “deberá ser reintegrad­o a sus usuarios y usuarias en la próxima factura a emitir, con actualizac­ión e intere

En caso de haber facturas impagas con subas cuestionad­as, las prestadora­s deberán abstenerse de computar los plazos legales.

ses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago de facturas”.

En los casos de que algún usuarie tenga facturas impagas con un aumento no autorizado por el Enacom, la Resolución indica que “las prestadora­s deberán abstenerse de computar los plazos legales vigentes para proceder a la suspensión del servicio”.

El año pasado, el Gobierno con

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Kala Moreno Parra El Enacom analizará más adelante si hay otra suba en el año.

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