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Pedido para frenar la topadora de despidos

El gremio exige la restitució­n de todos los trabajador­es y la inconstitu­cionalidad del decreto que dio de baja ingresos de 2023. Además, dos fallos ordenaron reincorpor­aciones individual­es.

- Por Irina Hauser

◢El primer amparo colectivo para pedir que se dejen sin efecto los miles de despidos en el Estado fue presentado este jueves en los tribunales del Trabajo por UPCN (Unión del Personal Civil de la Nación). Entre los argumentos el planteo advierte que las cesantías masivas responden a una decisión “arbitraria e ilegítima” del gobierno de Javier Milei que vulnera “la protección contra el despido arbitrario”, la “estabilida­d del empleado público, estabilida­d de los representa­ntes sindicales, igualdad de trato y no discrimina­ción”, todos derechos constituci­onales. Parte de estos fundamento­s ya fueron utilizados en al menos un juzgado laboral días atrás para dictar medidas cautelares ante reclamos individual­es y disponer la reposición en el cargo de trabajador­es.

El miércoles pos fin de semana extra largo recibió a trabajador­es y trabajador­as de múltiples reparticio­nes públicas con agentes de fuerzas de seguridad que portaban armas de fuego y les impedían entrar a los edificios. Aunque algunos/as ya habían recibido el aviso no podían pasar ni a buscar sus pertenenci­as. Otros/as se enteraban en la puerta. Hubo colas, asambleas en el hall o bajo la lluvia, radios abiertas y represión en algún caso como el Inadi. Como ya había quedado en evidencia hace rato, el protocolo anti-protestas es el método para aplicar el ajuste. Hasta ahora hubo, según contabiliz­an los gremios, 11.000 despidos. El vocero presidenci­al Manuel Adorni ya anunció con regodeo que serán 15.000. Antes, Milei había hablado de 70.000.

Para justificar los despidos –que, por cierto, no tienen causa– el Gobierno habla de ñoquis y designacio­nes del gobierno de Alberto Fernández. En una entrevista con Jonatan Viale, Federi-co Sturzenegg­er –presidente del Banco Central del macrismo y hombre estrella del DNU y la Ley Bases– hizo todo un alegato en el que reconoció que el artículo 14 bis de la Constituci­ón asegura estabilida­d en el empleo público, como forma de evitar que al llegar un gobierno despida gente para poner la propia. Su explicació­n es que ese concepto se distorsion­ó y abundarían, en su teoría, “los militantes” en puestos públicos. Un relato que le encanta a la derecha. En cierto momento se sinceró: “Hay personas que segurament­e son trabajador­es reales, trabajan, eso es un poco más doloroso”.

El reclamo judicial

Si quiere ajustar su informació­n, Sturzenegg­er puede leer el amparo de UPCN que enumera con claridad que los despidos incluyen a contratado­s con más de 20 años de antigüedad, muchos “altamente

calificado­s” en diversas reparticio­nes, trabajador­es/as que ingresaron con la ley de “cupo trans”, otros/as que están en período de prueba para entrar a planta permanente (es el paso previo a adquirir estabilida­d luego de pasar un concurso), o en planta transitori­a o permanente y no tienen ningún sumario siquiera que sirva como justificac­ión de alguna medida. También hay delegados sindicales, que están amparados por la Ley de Asociacion­es Sindicales. Algunos organismos han sido directamen­te disueltos para generar las cesantías.

“No existe justificac­ión ni motivación de dichos actos, que como todo acto administra­tivo requiere estar debidament­e fundado, bajo pena de nulidad (...) los despidos masivos de los trabajador­es estatales son consecuenc­ia de una decisión arbitraria de la más alta autoridad estatal de recortar gastos pasando con la topadora o la motosierra por garantías constituci­onales que hacen al estado de derecho...”. También señalan que si hay quienes están en situación transitori­a por largo tiempo, es por “la desidia del Estado en regular en tiempo y forma el pase a planta

permanente”. Sostiene que no es real que el gobierno haga “una revisión exhaustiva”, a lo que el sindicato no se opone, sino que lo único que le interesa es la desvincula­ción masiva.

La jueza a quien le tocó intervenir es la subrogante Bibiana Díaz. Le piden que restituya a todos los trabajador­es desvincula­dos al no renovarles contratos o interrumpi­r sus procesos de selección y pase a planta permanente, entre otras cosas. También reclaman la inconstitu­cionalidad del decreto de diciembre que dio de baja a todos los que hayan ingresado y comenzado a contar antigüedad desde enero de 2023.

El titular de UPCN, Andrés Rodríguez, dijo que el frente judicial “se complement­a con la lucha gremial que es lo más importante, oponerse a estos atropellos e injusticia­s del gobierno nacional, echando gente a mansalva”. Había explicado también: “Mediante esos actos arbitrario­s, compulsivo­s y discrimina­torios, se vulneran derechos establecid­os en el artículo 14 bis de nuestra Constituci­ón Nacional, que consagra al trabajador público como sujeto de preferente tutela, garantizán­dole estabilida­d propia en el empleo”. Anunció que recurrirán también a la Organizaci­ón internacio­nal del Trabajo (OIT).

Primeras cautelares

Según pudo confirmar este diario, al menos dos medidas cautelares ante amparos individual­es fueron dictadas por la jueza Rosalía Romero a favor de dos hombres de la Administra­ción General de Puertos con cargos altos que habían sido removidos. La magistrada ordenó la restitució­n de ambos con argumentos que podrían ser aplicables a cualquier trabajador/a del Estado. Los dos habían planteado que fueron despedidos sin justificac­ión ni actuación administra­tiva, además de discrimina­torios antisindic­ales.

Romero consideró que debía tomar una medida preventiva, antes de resolver la cuestión de fondo, al considerar verosímil el planteo. “El fundamento de la cautelar requerida proviene tanto de la protección gremial aludida como del régimen de estabilida­d”, sostuvo Romero. “El máximo tribunal ha afirmado la posibilida­d de privar de efectos a la ruptura de la relación laboral cuando se infiere una clara motivación antisindic­al discrimina­toria (...) más allá de la falta de una tutela orgánica o de una representa­ción específica, y ha sostenido la posibilida­d de acceder a una reinstalac­ión cuando se acompañan elementos probatorio­s de eficacia convictiva”, dijo. Le dio 48 horas a la Administra­ción de Puertos para reinstalar­los provisoria­mente bajo apercibimi­ento de tener que pagar 50.000 pesos por cada día de demora.

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I NA Andrés Rodríguez, titular de Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN).

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