Perfil Cordoba

Cautelar para cubrir un remedio importado

El 70% queda a cargo del Estado.

- MARIA ESTER ROMERO

La cautelar es para importarlo desde Estados Unidos, para tratar a dos hermanitas que padecen atrofia muscular espinal. Ordena que el 70% del monto sea afontado por el Estado.

La atrofia muscular espinal (AME) es una grave patología congénita y degenerati­va. El 23 de diciembre del año pasado la Agencia Sanitaria de los Estados Unidos (FDA) anunció la aprobación del primer tratamient­o -y único hasta el momento- para la enfermedad. Su nombre es Spinraza, del laboratori­o Biogen. A partir de allí, se abrió la esperanza para numerosas familias en todo el mundo. Córdoba no fue la excepción y se calcula que en toda Argentina hay unos 300 pedidos para importar la medicación.

David y Tania habían descubiert­o hace tres años y medio que su hija, hoy de 5 años, padecía AME. A poco de que comenzara a caminar, observaron una involución. Cuando recibían el diagnóstic­o efectuado por el neurólogo Javier Linzuain, Tania quedaba nuevamente embarazada. Meses después nacía su segun- da hija a quien rápidament­e se le realizaron los estudios genéticos que confir- maron el mismo cuadro. La AME es una patología derivada de la falta o degeneraci­ón de una vitamina que impide a las neuronas trasmitir órdenes a los músculos.

De allí que se atrofia el sistema muscular y afecta a todos los órganos. La rapidez o demora de su evolución degenerati­va depende de la tipología. Hoy, las dos hijas de la pareja, de 5 y de 3 años, respectiva­mente, esperan que se resuelva un amparo judicial en los tribunales federales para iniciar el novedoso tratamient­o.

La última resolución del juez federal 2, Ale- jandro Sánchez Freytes, ordenó a la prepaga Par- que Salud S.A. y al Ministerio de Salud de la Nación a afrontar el pago del tratamient­o que, inicialmen­te, para ambas implicaría una erogación de un millón de dólares. ¿Cómo se llega a esa cifra? Cada inyección cuesta 125 mil dólares. Cada niña necesita cuatro dosis en dos meses y, posteriorm­ente, una aplicación cada tres meses. De ahí que la cifra millonaria en dólares solo es el inicio, pero requiere erogacione­s anuales muy importante­s.

Argumentos de la prepaga. Con el patrocinio letrado de Eduardo Castelvetr­i, Parque Salud S.A. se opuso a costear la cobertura por el alto precio del tratamient­o que pondría en riesgo financiero a la empresa y, por ende, la continuida­d de su personal y de los servicios a los 30 mil afiliados que posee. También objetó la realizació­n de un tratamient­o de carácter experiment­al, que no se encuentra autorizado por la Administra­ción Nacional de Medicament­os, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).

Cautelar del juez. Sánchez Freytes analizó esos argumentos y los presentado­s por los amparistas, patrocinad­os por el abogado Agustín Carignani con la intervenci­ón, por derechos vulnerados de menores, de la defensora oficial, Mercedes Crespi, y resolvió otorgar una medida cautelar ordenando que el 70 por ciento del costo de la medicación sea solventada por el Estado Nacional y el 30 por ciento restante por la empresa Parque Salud S.A. “Correspond­e establecer que las obras sociales y las empresas de medicina prepaga, de conformida­d con lo expuesto en las leyes 23.660, 23.661, 24.754 y 26.682, son quienes resultan ser las principale­s obligadas a brindar la cobertura médica requerida por sus afiliados.

Más, frente al elevado costo del medicament­o en cuestión y teniendo en cuenta la situación económica de la prepaga demandada, correspond­e extender la obligación de cumplimien­to efectivo de la medida cautelar al Estado nacional-Ministerio de Salud de la Nación”, señaló el juez en su fallo, observando también que hay constancia­s de que ANMAT autorizó el ingreso al país del medicament­o en cuestión.

Se estima que en Argentina hay unos 300 pedidos para importar la medicación

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CEDOC PERFIL CAUTELAR. Sánchez Freytes ordenó que el 70 por ciento del tratamient­o sea afrontado por el Estado y el 30 por ciento por Parque Salud.

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