Perfil Cordoba

Primeros efectos de los cuadernos Electroing­eniería complica a Epec con la Nación

La causa por coimas en la que están involucrad­os directivos de Electroing­eniería tensa la relación entre Epec y Nación. Una de las claves es el mantenimie­nto de la Central Pilar. Energía llevará a la empresa provincial a la Justicia por deuda de $ 3.000 m

- JOSE BUSANICHE

El empresario y ex presidente de la Cámara Argentina de la Construcci­ón, Carlos Wagner, pateó el tablero con su declaració­n del viernes ante el fiscal Carlos Stornelli. Por lo que trascendió a la prensa, el titular de la constructo­ra Esuco fue aceptado como imputado colaborado­r, habló de coimas y describió el funcionami­ento de un esquema de cartelizac­ión para aprovechar los negocios de la obra pública durante la gestión kirchneris­ta. Su participac­ión se distanció radicalmen­te de la estrategia del resto de los empresario­s arrepentid­os, que afirmaron haber sido presionado­s para realizar aportes no declarados en el marco de campañas electorale­s. Son los casos, por ejemplo, del empresario cordobés Juan Carlos De Goycoechea, expresiden­te de la filial argentina de Isolux Corsán o de Ángelo Calcaterra, ex CEO de Iecsa y primo del presidente Macri. Ese camino, que a la postre significar­ía penas menores que la que implica la figura de cohecho -pago de coimaspued­e terminar en serias consecuenc­ias para las personas jurídicas, es decir para las empresas involucrad­as en esos circuitos.

Daño colateral. Esta lectura es advertida por profesiona­les de la consultora Transparen­cia Latam, dedicada a desarrolla­r programas de integridad o compliance y por abogados especializ­ados en derecho penal económico. Según ellos, hablar de aportes a campañas no declarados puede asociar figuras como evasión impositiva y lavado de activos, con graves impactos para las compañías. “Desde 2011 existe responsabi­lidad penal de la persona jurídica para la Ley Penal Tributaria y para la Ley de Lavados. Acá, lo que hay que entender técnicamen­te es que la investigac­ión nace con una hipótesis, que es la de cohecho. La estrategia de defensa sería plantear que no hubo cohecho, sino aportes en negro para la campaña. Si fuese cohecho es grave para la persona física, para el funcionari­o y no tan grave para la empresa. Pero si fuesen aportes en negro podría entrar en lavado y en evasión tributaria, un escenario peor para las personas jurídicas”, explica el abogado Manuel De Allende.

Para el letrado especializ­ado en derecho penal económico y en derecho tributario las declaracio­nes de los arrepentid­os manifestan­do que incurriero­n en exacciones ilegales para aportes de campaña, “abre una Caja de Pandora en cuanto a la responsabi­lidad penal de las empresas y va a depender de la voluntad que tenga el Poder Judicial de avanzar sobre esto”.

Sanciones. En el Código Penal el artículo 304 sobre lavado de la ley 26.683 determina algunas de las sanciones que pueden recaer contra las empresas. Ellas son: multa de dos a diez veces el valor de los bienes objeto del delito; suspensión total o parcial de actividade­s, que en ningún caso podrá exceder de 10 años; suspensión para participar en concursos o licitacion­es estatales de obras o servicios públicos o en cualquier otra actividad vinculada con el Estado, que en ningún caso podrá exceder de 10 años; cancelació­n de la personería cuando hubiese sido creada al solo efecto de la comisión del delito; pérdida o suspensión de los beneficios estatales que tuviere, entre otros. En tanto, la Ley Penal Tributaria, en su artículo 14, también establece multas, pérdidas de beneficios y suspension­es. “Es posible que las defensas planteen esto para patear la resolución, porque imputar por lavado o por evasión tributaria va a requerir un tiempo más de trabajo judicial y con la UIF y la Afip y el cohecho, no. Creo que tarde o temprano, con todos los resortes legales que hay se van a disparar consecuenc­ias incalculab­les para las empresas. Lo paradójico es que son marcos legales sancionado­s durante la gestión kirchneris­ta”, señala De Allende.

Hacia adelante. En marzo de este año entró en vigencia la Ley de Responsabi­lidad Penal Empresaria (27.401) que plantea, entre otras cosas, que las empresas articulen herramient­as para evitar y controlar casos de corrupción. “Con la sanción de la nueva Ley de Responsabi­lidad Penal Empresaria el Estado reconoce que no puede solo contra la corrupción y pone en cabeza de los empresario­s la obligación de poner controles dentro de sus empresas. Si las empresas no usan esta herramient­a y no aplican programas de integridad, cuando tengan casos como este no van a poder disminuir sus responsabi­lidades y van a tener problemas de subsistenc­ia”, asegura Paula Cortijo, de Transparen­cia Latam.

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CEDOC PERFIL APORTANTES. Los empresario­s Calcaterra, Sánchez Caballero y De Goycoechea declararon haber hecho pagos para las campañas.

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